III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Delegación de competencias. (BOE-A-2021-7938)
Orden AUC/462/2021, de 28 de abril, por la que se fijan los límites para administrar gastos y de delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 114

Jueves 13 de mayo de 2021

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becas, subvenciones y ayudas públicas hasta el límite de 500.000,00 euros, junto con la
aprobación y compromiso del gasto y el reconocimiento de las obligaciones y propuesta
de pago, así como cuantas otras actuaciones se deriven de la misma.
En materia de ayudas consulares, de acuerdo con lo dispuesto en la orden
reguladora de las ayudas de protección y asistencia consular en el extranjero, se
delegan las siguientes competencias:
a) En la persona titular de la Subdirección General de Protección y Asistencia
Consular, la aprobación de gastos y la concesión de ayudas cuyo importe individual sea
superior a 300 euros e inferior a 30.000 euros.
b) En las Jefaturas de Consulado General o Consulado o en las Jefaturas de Misión
de las Embajadas de España con Sección Consular la competencia para la aprobación
de gastos y la concesión de ayudas cuyo importe individual no exceda de 300 euros. En
el caso de ayudas periódicas a detenidos españoles internados en centros penitenciarios
en el extranjero, bien por razón de sentencia firme o en prisión preventiva, en espera de
juicio, las Jefaturas de Consulado General o Consulado o en las Jefaturas de Misión de
las Embajadas de España con Sección Consular tendrán además competencia para la
aprobación de gastos y la concesión de ayudas, cuyo importe mensual no exceda de 120
euros, hasta un máximo anual de 1.440 euros. Dichos importes máximos ascenderán
a 200 euros mensuales y 2.400 euros anuales en el caso de que existan menores a
cargo de la persona solicitante.
Decimonoveno.
1.

Delegación de competencias en materia de recursos humanos.

En materia de recursos humanos.

a) Se delegan en la persona titular de la Dirección General del Servicio Exterior las
siguientes competencias:
1.º La aprobación del Plan de Formación y el Plan de Acción Social del
Departamento.
2.º La convocatoria y resolución de las pruebas selectivas de personal laboral.
3.º La autorización de pasaportes diplomáticos.
4.º La constitución de fondos sociales y de prevención del personal destinado en el
extranjero.
b) Se delega en la persona titular de la Subdirección General de Personal las
siguientes competencias:
1.º La autorización de pasaportes de servicio.
2.º La resolución de las solicitudes de la indemnización por educación a la que
hace referencia el artículo 6.1. del Real Decreto 6/1995, de 13 de enero, por el que se
regula el Régimen de Retribuciones de los Funcionarios destinados en el extranjero.
2.

En materia de indemnizaciones por razón del servicio.

1.º En las personas que ostente la titularidad de la Secretaría de Estado para la
Unión Europea o de su Dirección del Gabinete, indistintamente, respecto al personal
destinado en dicha Secretaría de Estado, y en la persona que ostente la titularidad de
Representante Permanente de España ante la Unión Europea, respecto al personal
destinado en dicha Representación Permanente.
2.º En las personas titulares de la Secretaría de Estado de Cooperación
Internacional o de su Dirección del Gabinete, indistintamente, respecto al personal
destinado en dicha Secretaría de Estado.

cve: BOE-A-2021-7938
Verificable en https://www.boe.es

a) La designación de las comisiones de servicio se delega en los siguientes
órganos: