III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Delegación de competencias. (BOE-A-2021-7938)
Orden AUC/462/2021, de 28 de abril, por la que se fijan los límites para administrar gastos y de delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 114

Jueves 13 de mayo de 2021

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relativas a los contratos menores, dentro de los límites autorizados por los servicios
centrales, y que se gestionen a través del sistema de pagos «a justificar», así como la
aprobación del gasto y la ordenación de los pagos.
Decimoquinto. Delegación de competencias en materia de subvenciones, premios,
becas y ayudas públicas.
Se delegan en las personas titulares de las Direcciones Generales, dentro de su
respectivo ámbito de competencias, las facultades relativas a la concesión de premios,
becas, subvenciones y ayudas públicas hasta el límite de 500.000,00 euros, junto con la
aprobación y compromiso del gasto y el reconocimiento de las obligaciones y propuesta
de pago, así como cuantas otras actuaciones se deriven de la misma.
Decimosexto.

Delegación de competencias en materia de recursos humanos.

En materia de recursos humanos, se aprueba la delegación de competencias de la
persona titular de la Secretaría de Estado en los siguientes órganos:
a) En la persona titular de la Subsecretaría, el acuerdo de nombramiento y
separación de los Subdirectores Generales de la Secretaría de Estado.
b) En la persona titular de la Dirección General del Servicio Exterior, la autorización
de las comisiones de servicio con derecho a indemnización por cuantía exacta para los
altos cargos dependientes de la Secretaría de Estado.
CAPÍTULO VII
Competencias delegadas por la persona titular de la Subsecretaría de Asuntos
Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Decimoséptimo. Delegación de competencias en materia de gestión económica,
financiera y presupuestaria.
Se delegan en las personas que ostenten la titularidad de las Direcciones Generales,
Subdirecciones Generales y asimiladas, dentro de su respectivo ámbito de competencia,
para importes inferiores a 500.000,00 euros:

Sin perjuicio del apartado anterior, se delegan en los Jefes de las Misiones
Diplomáticas o Representaciones Permanentes, Delegaciones y Oficinas Consulares y
en la persona titular de la Dirección de la Academia de España en Roma, conforme se
definen en la Ley 2/2014 de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado,
la aprobación de los gastos inferiores a 5.000,00 euros, dentro de los límites autorizados
por los servicios centrales, a excepción de los incluidos en el concepto
presupuestario 162 «gastos sociales», así como la ordenación de todos los pagos de sus
representaciones.
Decimoctavo. Delegación de competencias en materia de subvenciones y demás
ayudas públicas.
Se delegan en las personas titulares de las Direcciones Generales, dentro de su
respectivo ámbito de competencias, las facultades relativas a la concesión de premios,

cve: BOE-A-2021-7938
Verificable en https://www.boe.es

a) La aprobación de los expedientes de gasto, la autorización de su compromiso, el
reconocimiento y la propuesta de pago de las obligaciones económicas, así como la
expedición y firma de los documentos contables correspondientes a los mismos.
b) La aprobación de los gastos, así como la ordenación de los pagos realizados y la
aprobación de las cuentas justificativas de las obligaciones satisfechas, por el sistema de
anticipo de caja fija y pagos «a justificar», así como la expedición y firma de los
documentos contables correspondientes a los mismos.