III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2021-7753)
Resolución de 29 de abril de 2021, del Consorcio Barcelona Supercomputing Center-Centro Nacional de Supercomputación, por la que se publica el Convenio con la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación, para el tratamiento de datos de carácter personal en el marco de las convocatorias que gestiona la agencia.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 111
Lunes 10 de mayo de 2021
Sec. III. Pág. 56399
3.6 El BSC-CNS se compromete a colaborar con la AGAUR en los siguientes
puntos:
a) Comunicar de forma inmediata a la AGAUR, en un plazo máximo de 24 horas,
las incidencias de seguridad que detecten y que puedan afectar a la integridad o
confidencialidad de los datos, enviando un correo electrónico a lopd.agaur@gencat.cat.
b) Mantener una relación actualizada de los propios trabajadores con acceso
autorizado al BOGA. Las contraseñas deberán almacenarse de forma ininteligible.
c) Mantener los datos facilitados actualizados y comunicar a la AGAUR las
solicitudes de ejercicio de derechos que puedan recibir por parte de los interesados
cuyos datos estén contenidos en el BOGA.
d) Comunicar a la AGAUR lo antes posible los cambios de personas con perfil de
administrador, así como el cambio de la persona representante legal del BSC-CNS o
cualquier dato que le afecte, de acuerdo con el modelo adjunto, Anexo 2.
Cuarta.
Régimen económico.
De este convenio no se derivan obligaciones de contenido económico ni patrimonial
para las partes.
Quinta. Obligaciones de la AGAUR.
La AGAUR, como responsable de la aplicación BOGA, declara:
a) Cumplir la normativa en vigor en materia de protección de datos en lo que respecta
a la adopción de las medidas técnicas y organizativas necesarias para garantizar la
seguridad, integridad y confidencialidad de la información contenida en el BOGA.
b) Haber realizado un análisis de los posibles riesgos que conlleva la gestión de las
solicitudes de ayudas y becas, y haber implementado las medidas de seguridad
adecuadas para garantizar la seguridad de la información tratada y que incluirán, entre
otros:
a. Seudonimización y/o cifrado en la transmisión de datos personales a través del
BOGA.
b. Las medidas necesarias para garantizar la disponibilidad y resiliencia
permanentes del BOGA.
c. Las medidas necesarias para garantizar la confidencialidad e integridad de la
información contenida en el BOGA.
d. Los procedimientos regulares de verificación, evaluación y valoración de la
eficacia de las medidas técnicas que garanticen la seguridad de los datos contenidos en
el BOGA.
c) Proporcionar los datos necesarios al BSC-CNS para la realización de auditorías
por parte de personal propio o por un tercero, siempre que tales informaciones tengan
relación con los ficheros objeto de este acuerdo.
d) Tratar y gestionar las violaciones de seguridad que le sean comunicadas en los
plazos y forma contemplados en la normativa de protección de datos.
6.1 El BSC-CNS se compromete a adquirir, instalar, configurar y mantener el
hardware, software o sistemas de comunicación necesarios para acceder al BOGA. Para
el correcto funcionamiento de la plataforma se requiere conexión a Internet y los
servicios de comunicación que la AGAUR ponga a disposición del BSC-CNS. El servicio
requiere que el BSC-CNS disponga de acceso a internet y que las estaciones de trabajo
de sus gestores dispongan de navegadores actualizados, software ofimático básico y
lectores de documentos pdf.
cve: BOE-A-2021-7753
Verificable en https://www.boe.es
Sexta. Acceso a la aplicación informática BOGA.
Núm. 111
Lunes 10 de mayo de 2021
Sec. III. Pág. 56399
3.6 El BSC-CNS se compromete a colaborar con la AGAUR en los siguientes
puntos:
a) Comunicar de forma inmediata a la AGAUR, en un plazo máximo de 24 horas,
las incidencias de seguridad que detecten y que puedan afectar a la integridad o
confidencialidad de los datos, enviando un correo electrónico a lopd.agaur@gencat.cat.
b) Mantener una relación actualizada de los propios trabajadores con acceso
autorizado al BOGA. Las contraseñas deberán almacenarse de forma ininteligible.
c) Mantener los datos facilitados actualizados y comunicar a la AGAUR las
solicitudes de ejercicio de derechos que puedan recibir por parte de los interesados
cuyos datos estén contenidos en el BOGA.
d) Comunicar a la AGAUR lo antes posible los cambios de personas con perfil de
administrador, así como el cambio de la persona representante legal del BSC-CNS o
cualquier dato que le afecte, de acuerdo con el modelo adjunto, Anexo 2.
Cuarta.
Régimen económico.
De este convenio no se derivan obligaciones de contenido económico ni patrimonial
para las partes.
Quinta. Obligaciones de la AGAUR.
La AGAUR, como responsable de la aplicación BOGA, declara:
a) Cumplir la normativa en vigor en materia de protección de datos en lo que respecta
a la adopción de las medidas técnicas y organizativas necesarias para garantizar la
seguridad, integridad y confidencialidad de la información contenida en el BOGA.
b) Haber realizado un análisis de los posibles riesgos que conlleva la gestión de las
solicitudes de ayudas y becas, y haber implementado las medidas de seguridad
adecuadas para garantizar la seguridad de la información tratada y que incluirán, entre
otros:
a. Seudonimización y/o cifrado en la transmisión de datos personales a través del
BOGA.
b. Las medidas necesarias para garantizar la disponibilidad y resiliencia
permanentes del BOGA.
c. Las medidas necesarias para garantizar la confidencialidad e integridad de la
información contenida en el BOGA.
d. Los procedimientos regulares de verificación, evaluación y valoración de la
eficacia de las medidas técnicas que garanticen la seguridad de los datos contenidos en
el BOGA.
c) Proporcionar los datos necesarios al BSC-CNS para la realización de auditorías
por parte de personal propio o por un tercero, siempre que tales informaciones tengan
relación con los ficheros objeto de este acuerdo.
d) Tratar y gestionar las violaciones de seguridad que le sean comunicadas en los
plazos y forma contemplados en la normativa de protección de datos.
6.1 El BSC-CNS se compromete a adquirir, instalar, configurar y mantener el
hardware, software o sistemas de comunicación necesarios para acceder al BOGA. Para
el correcto funcionamiento de la plataforma se requiere conexión a Internet y los
servicios de comunicación que la AGAUR ponga a disposición del BSC-CNS. El servicio
requiere que el BSC-CNS disponga de acceso a internet y que las estaciones de trabajo
de sus gestores dispongan de navegadores actualizados, software ofimático básico y
lectores de documentos pdf.
cve: BOE-A-2021-7753
Verificable en https://www.boe.es
Sexta. Acceso a la aplicación informática BOGA.