I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional. Títulos académicos. (BOE-A-2021-7686)
Real Decreto 279/2021, de 20 de abril, por el que se establece el Curso de especialización en Inteligencia Artificial y Big Data y se fijan los aspectos básicos del currículo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 111
Lunes 10 de mayo de 2021
Sec. I. Pág. 55851
j) Determinar la documentación técnica y normativa vigente de los procedimientos
de protección de datos para ejecutar el sistema de explotación de datos cumpliendo con
los principios legales y éticos.
k) Determinar la solución de Inteligencia Artificial y Big Data para configurar las
herramientas y lenguajes específicos.
l) Aplicar técnicas Big Data para gestionar los datos de la organización y obtener
conocimiento a partir de ellos.
m) Analizar y utilizar los recursos y oportunidades de aprendizaje relacionados con la
evolución científica, tecnológica y organizativa del sector y las tecnologías de la información
y la comunicación, para mantener el espíritu de actualización y adaptarse a nuevas
situaciones laborales y personales.
n) Desarrollar la creatividad y el espíritu de innovación para responder a los retos que
se presentan en los procesos y en la organización del trabajo y de la vida personal.
ñ) Evaluar situaciones de prevención de riesgos laborales y de protección ambiental,
proponiendo y aplicando medidas de prevención personal y colectiva, de acuerdo con la
normativa aplicable en los procesos de trabajo, para garantizar entornos seguros.
o) Identificar y proponer las acciones profesionales necesarias, para dar respuesta a la
accesibilidad universal, al «diseño para todas las personas», así como para evitar posibles
sesgos de género en el desarrollo y aplicaciones de Inteligencia Artificial y Big Data.
p) Identificar y aplicar parámetros de calidad en los trabajos y actividades realizados
en el proceso de aprendizaje, para valorar la cultura de la evaluación y de la calidad y ser
capaces de supervisar y mejorar procedimientos de gestión de calidad.
Artículo 9. Módulos profesionales.
1.
Los módulos profesionales de este curso de especialización:
a) Quedan desarrollados en el anexo I de este real decreto, cumpliendo lo previsto
en el artículo 10.3 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la
ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.
b) Son los que a continuación se relacionan:
5071.
5072.
5073.
5074.
5075.
Modelos de Inteligencia Artificial.
Sistemas de aprendizaje automático.
Programación de Inteligencia Artificial.
Sistemas de Big Data.
Big Data aplicado.
2. Las administraciones educativas podrán implantar de manera íntegra el curso de
especialización objeto de este Real Decreto en cuanto a diseño curricular y duración. En
caso de optar por complementar el currículo básico en el marco de sus competencias se
regirán por lo dispuesto en el artículo 6.3 y 6.4 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo,
de Educación.
Espacios y equipamientos.
1. Los espacios necesarios para el desarrollo de las enseñanzas de este curso de
especialización son los establecidos en el anexo II de este real decreto.
2. Los espacios dispondrán de la superficie necesaria y suficiente para desarrollar las
actividades de enseñanza que se deriven de los resultados de aprendizaje de cada uno de
los módulos profesionales que se imparten en cada uno de los espacios. Además, deberán
cumplir las siguientes condiciones:
a) La superficie se establecerá en función del número de personas que ocupen el
espacio formativo y deberá permitir el desarrollo de las actividades de enseñanza
aprendizaje con la ergonomía y la movilidad requeridas dentro del mismo.
b) Deberán cubrir la necesidad espacial de mobiliario, equipamiento e instrumentos
auxiliares de trabajo.
cve: BOE-A-2021-7686
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 10.
Núm. 111
Lunes 10 de mayo de 2021
Sec. I. Pág. 55851
j) Determinar la documentación técnica y normativa vigente de los procedimientos
de protección de datos para ejecutar el sistema de explotación de datos cumpliendo con
los principios legales y éticos.
k) Determinar la solución de Inteligencia Artificial y Big Data para configurar las
herramientas y lenguajes específicos.
l) Aplicar técnicas Big Data para gestionar los datos de la organización y obtener
conocimiento a partir de ellos.
m) Analizar y utilizar los recursos y oportunidades de aprendizaje relacionados con la
evolución científica, tecnológica y organizativa del sector y las tecnologías de la información
y la comunicación, para mantener el espíritu de actualización y adaptarse a nuevas
situaciones laborales y personales.
n) Desarrollar la creatividad y el espíritu de innovación para responder a los retos que
se presentan en los procesos y en la organización del trabajo y de la vida personal.
ñ) Evaluar situaciones de prevención de riesgos laborales y de protección ambiental,
proponiendo y aplicando medidas de prevención personal y colectiva, de acuerdo con la
normativa aplicable en los procesos de trabajo, para garantizar entornos seguros.
o) Identificar y proponer las acciones profesionales necesarias, para dar respuesta a la
accesibilidad universal, al «diseño para todas las personas», así como para evitar posibles
sesgos de género en el desarrollo y aplicaciones de Inteligencia Artificial y Big Data.
p) Identificar y aplicar parámetros de calidad en los trabajos y actividades realizados
en el proceso de aprendizaje, para valorar la cultura de la evaluación y de la calidad y ser
capaces de supervisar y mejorar procedimientos de gestión de calidad.
Artículo 9. Módulos profesionales.
1.
Los módulos profesionales de este curso de especialización:
a) Quedan desarrollados en el anexo I de este real decreto, cumpliendo lo previsto
en el artículo 10.3 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la
ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.
b) Son los que a continuación se relacionan:
5071.
5072.
5073.
5074.
5075.
Modelos de Inteligencia Artificial.
Sistemas de aprendizaje automático.
Programación de Inteligencia Artificial.
Sistemas de Big Data.
Big Data aplicado.
2. Las administraciones educativas podrán implantar de manera íntegra el curso de
especialización objeto de este Real Decreto en cuanto a diseño curricular y duración. En
caso de optar por complementar el currículo básico en el marco de sus competencias se
regirán por lo dispuesto en el artículo 6.3 y 6.4 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo,
de Educación.
Espacios y equipamientos.
1. Los espacios necesarios para el desarrollo de las enseñanzas de este curso de
especialización son los establecidos en el anexo II de este real decreto.
2. Los espacios dispondrán de la superficie necesaria y suficiente para desarrollar las
actividades de enseñanza que se deriven de los resultados de aprendizaje de cada uno de
los módulos profesionales que se imparten en cada uno de los espacios. Además, deberán
cumplir las siguientes condiciones:
a) La superficie se establecerá en función del número de personas que ocupen el
espacio formativo y deberá permitir el desarrollo de las actividades de enseñanza
aprendizaje con la ergonomía y la movilidad requeridas dentro del mismo.
b) Deberán cubrir la necesidad espacial de mobiliario, equipamiento e instrumentos
auxiliares de trabajo.
cve: BOE-A-2021-7686
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Artículo 10.