I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. Subvenciones. (BOE-A-2021-7692)
Decreto-ley 2/2021, de 1 de marzo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones dirigidas al mantenimiento de la actividad de personas trabajadoras autónomas y pequeñas y medianas empresas, de los sectores más afectados por la crisis derivada de la COVID-19.
55 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 111
Lunes 10 de mayo de 2021
Sec. I. Pág. 55983
c) Estar al corriente en las obligaciones tributarias estatales, autonómicas y con la
Seguridad Social o, en su caso, con la Mutualidad profesional, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 24 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
aprobado mediante el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
d) Que los costes fijos subvencionables no están cubiertos con las ayudas recibidas
cualquiera que sea su naturaleza para los mismos costes y período y que la ayuda que
solicita no excede al 100% de los mencionados costes subvencionables.
e) Las ayudas temporales relativas a los mismos gastos subvencionables que en
aplicación del Marco Nacional Temporal, o en aplicación del Marco Temporal Europeo,
haya recibido durante el ejercicio fiscal en curso.
Artículo 12.
Documentación a acompañar a la solicitud.
1. Las personas y entidades interesadas deberán acompañar la solicitud de
subvención con la declaración responsable que figura en los modelos normalizados de
solicitud que se incorporan en los anexos 1 y 2 del presente Decreto-ley, en la que la
persona o entidad solicitante manifieste los siguientes extremos:
a) Las ayudas recibidas con arreglo al del Marco Nacional Temporal o en aplicación
del Marco Temporal Europeo.
b) Que no se halla incursa en las causas de prohibición para ser beneficiario,
establecidas en el presente Decreto-ley.
c) Que no ha sido sancionada o condenada mediante resolución administrativa o
sentencia, ambas firmes, por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas
discriminatorias por razón de sexo o de género en los últimos dos (2) años.
d) Que no es deudora por resolución firme de procedencia de reintegro de
subvenciones.
e) Que se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias del
Estado y de la Comunidad Autónoma Canaria y frente a la Seguridad Social o, en su
caso, con la Mutualidad profesional.
f) Que ha procedido a la correcta justificación de las subvenciones concedidas con
anterioridad por los órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma en
los términos establecidos en el Decreto 36/2009, de 31 de marzo.
g) Que los datos que en ella figuran son ciertos y mantienen su vigencia en el
momento de la presentación de la solicitud.
h) Que se compromete a aportar los documentos probatorios o los datos
adicionales que le sean requeridos, así como a comunicar de forma inmediata a la
Administración cualquier variación que afecte a la documentación aportada.
i) Que cumplen los requisitos para ser considerada como entidad que no está en
situación de crisis a 31 de diciembre de 2019, conforme a lo establecido en el artículo 2,
apartado 18 del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
2. Además de la declaración responsable a que se refiere el apartado anterior, las
personas y empresas interesadas deberán acompañar la siguiente documentación:
Línea 1 de subvenciones:
a) Modelo de alta en el Censo del Impuesto General Indirecto Canario
(modelo 400), así como sus sucesivas modificaciones.
b) En el caso de profesionales que por normativa tengan la obligación de estar
colegiados, Certificado del Colegio profesional indicando períodos de altas y bajas en el
mismo, concretando situación de ejerciente o no ejerciente, así como situación en el
pago de cuotas.
c) En su caso, certificado de alta en la Mutualidad profesional, indicando períodos
de altas y bajas en la misma y situación en el pago de cuotas.
d) En caso de que la persona o empresa solicitante no esté dado de alta en la Base de
Datos de Terceros del Sistema Económico-Financiero y Logístico de Canarias (SEFLogiC),
cve: BOE-A-2021-7692
Verificable en https://www.boe.es
A)
Núm. 111
Lunes 10 de mayo de 2021
Sec. I. Pág. 55983
c) Estar al corriente en las obligaciones tributarias estatales, autonómicas y con la
Seguridad Social o, en su caso, con la Mutualidad profesional, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 24 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
aprobado mediante el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
d) Que los costes fijos subvencionables no están cubiertos con las ayudas recibidas
cualquiera que sea su naturaleza para los mismos costes y período y que la ayuda que
solicita no excede al 100% de los mencionados costes subvencionables.
e) Las ayudas temporales relativas a los mismos gastos subvencionables que en
aplicación del Marco Nacional Temporal, o en aplicación del Marco Temporal Europeo,
haya recibido durante el ejercicio fiscal en curso.
Artículo 12.
Documentación a acompañar a la solicitud.
1. Las personas y entidades interesadas deberán acompañar la solicitud de
subvención con la declaración responsable que figura en los modelos normalizados de
solicitud que se incorporan en los anexos 1 y 2 del presente Decreto-ley, en la que la
persona o entidad solicitante manifieste los siguientes extremos:
a) Las ayudas recibidas con arreglo al del Marco Nacional Temporal o en aplicación
del Marco Temporal Europeo.
b) Que no se halla incursa en las causas de prohibición para ser beneficiario,
establecidas en el presente Decreto-ley.
c) Que no ha sido sancionada o condenada mediante resolución administrativa o
sentencia, ambas firmes, por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas
discriminatorias por razón de sexo o de género en los últimos dos (2) años.
d) Que no es deudora por resolución firme de procedencia de reintegro de
subvenciones.
e) Que se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias del
Estado y de la Comunidad Autónoma Canaria y frente a la Seguridad Social o, en su
caso, con la Mutualidad profesional.
f) Que ha procedido a la correcta justificación de las subvenciones concedidas con
anterioridad por los órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma en
los términos establecidos en el Decreto 36/2009, de 31 de marzo.
g) Que los datos que en ella figuran son ciertos y mantienen su vigencia en el
momento de la presentación de la solicitud.
h) Que se compromete a aportar los documentos probatorios o los datos
adicionales que le sean requeridos, así como a comunicar de forma inmediata a la
Administración cualquier variación que afecte a la documentación aportada.
i) Que cumplen los requisitos para ser considerada como entidad que no está en
situación de crisis a 31 de diciembre de 2019, conforme a lo establecido en el artículo 2,
apartado 18 del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
2. Además de la declaración responsable a que se refiere el apartado anterior, las
personas y empresas interesadas deberán acompañar la siguiente documentación:
Línea 1 de subvenciones:
a) Modelo de alta en el Censo del Impuesto General Indirecto Canario
(modelo 400), así como sus sucesivas modificaciones.
b) En el caso de profesionales que por normativa tengan la obligación de estar
colegiados, Certificado del Colegio profesional indicando períodos de altas y bajas en el
mismo, concretando situación de ejerciente o no ejerciente, así como situación en el
pago de cuotas.
c) En su caso, certificado de alta en la Mutualidad profesional, indicando períodos
de altas y bajas en la misma y situación en el pago de cuotas.
d) En caso de que la persona o empresa solicitante no esté dado de alta en la Base de
Datos de Terceros del Sistema Económico-Financiero y Logístico de Canarias (SEFLogiC),
cve: BOE-A-2021-7692
Verificable en https://www.boe.es
A)