II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2021-7576)
Resolución 452/38146/2021, de 6 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante la forma de ingreso directo, con y sin exigencia de titulación universitaria previa, para la incorporación como militar de carrera o adscripción como militar de complemento a las Escalas de Oficiales de los Cuerpos Generales, del Cuerpo de Infantería de Marina y del Cuerpo de la Guardia Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 109
Viernes 7 de mayo de 2021
Sec. II.B. Pág. 54843
Sector Público, cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la
citada Ley y lo previsto en el artículo 13 del Reglamento.
Como órganos asesores y de apoyo, dependientes del Órgano de Selección, se constituirá
una Junta de Reconocimiento Médico y una Junta de Educación Física, y se nombrarán
asesores en la prueba de lengua inglesa y en aquellas otras materias que se consideren.
Igualmente, se constituirá una Secretaría para la gestión de cada proceso de selección.
Se constituirá un Tribunal Médico Militar de Apelación, con la finalidad de resolver las
revisiones de los resultados del reconocimiento médico que los aspirantes,
expresamente, pudieran solicitar ante el Órgano de Selección. Su composición se
establece en el apéndice 5.
Finalmente, existirán diversos órganos de apoyo de carácter técnico, administrativo o
de servicios, que contribuirán al correcto desarrollo del proceso de selección.
La Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar será el órgano
responsable del desarrollo de los procesos de selección, de la aprobación y publicación
de las listas de admitidos y excluidos a las pruebas y de la relación de aspirantes
propuestos para ingresar como alumnos en los centros docentes militares de formación.
Dependiente de ella, se constituirá una Secretaría de Procesos de Selección para dirigir,
coordinar y verificar el desarrollo de los procesos de selección, compuesta por asesores
especialistas que actúan en auxilio de los Órganos de Selección para publicar o notificar
sus actos, así como para apoyo (de personal y material) y coordinación entre dichos
Órganos de Selección, Tribunal Médico Militar de Apelación, órganos asesores y órganos
de apoyo. Dicha Secretaría también se encargará de hacer efectiva la reposición de
bajas o no presentaciones a la fase de acogida y periodo de orientación y adaptación a
la vida militar de los aspirantes, cuando corresponda.
Séptima.
Orden de actuación.
En aquellas pruebas que lo requieran, el orden de actuación de los aspirantes se
iniciará por aquéllos cuyo primer apellido comience por la letra «B», según lo establecido
en la Resolución de 21 de julio de 2020, (BOE número 201, de 24 de julio), de la
Secretaría de Estado de Función Pública, o conforme se determine de acuerdo a lo
establecido en el artículo 17 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración
General del Estado.
Octava. Fase de concurso.
1. Proceso sin exigencia de titulación universitaria previa: para el cálculo de la nota de
admisión se fijan los siguientes parámetros de ponderación para las dos calificaciones
superadas en la EvAU, de entre la troncal general de modalidad de ciencias y las troncales de
opción de esa modalidad, que proporcionen mejor puntuación final de concurso, conforme a
la Instrucción 17/2011, de 24 de marzo, de la Subsecretaría de Defensa:
– Matemáticas II: 0,2.
– Física: 0,2.
– Resto de las materias de opción: 0,1.
cve: BOE-A-2021-7576
Verificable en https://www.boe.es
La fase de concurso consistirá en la comprobación y valoración de los méritos
aportados por los aspirantes admitidos y en el establecimiento de su orden de prelación.
Se realizará conforme a lo que establecen los anexos I y II de la Orden DEF/792/2010,
de 25 de marzo, siendo modificado el anexo II por la disposición adicional segunda de la
Orden DEF/689/2012, de 30 de marzo, y el anexo I por la Orden DEF/1486/2012, de 4
de julio y por la Instrucción 18 /2017, de 4 de mayo, de la Subsecretaría de Defensa. Los
resultados se expresarán con tres cifras decimales, redondeadas a la milésima.
Las asignaturas o estudios superados se valorarán una sola vez, y no serán
consideradas por el Órgano de Selección las convalidaciones de los mismos estudios en
otros centros de enseñanza.
Núm. 109
Viernes 7 de mayo de 2021
Sec. II.B. Pág. 54843
Sector Público, cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la
citada Ley y lo previsto en el artículo 13 del Reglamento.
Como órganos asesores y de apoyo, dependientes del Órgano de Selección, se constituirá
una Junta de Reconocimiento Médico y una Junta de Educación Física, y se nombrarán
asesores en la prueba de lengua inglesa y en aquellas otras materias que se consideren.
Igualmente, se constituirá una Secretaría para la gestión de cada proceso de selección.
Se constituirá un Tribunal Médico Militar de Apelación, con la finalidad de resolver las
revisiones de los resultados del reconocimiento médico que los aspirantes,
expresamente, pudieran solicitar ante el Órgano de Selección. Su composición se
establece en el apéndice 5.
Finalmente, existirán diversos órganos de apoyo de carácter técnico, administrativo o
de servicios, que contribuirán al correcto desarrollo del proceso de selección.
La Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar será el órgano
responsable del desarrollo de los procesos de selección, de la aprobación y publicación
de las listas de admitidos y excluidos a las pruebas y de la relación de aspirantes
propuestos para ingresar como alumnos en los centros docentes militares de formación.
Dependiente de ella, se constituirá una Secretaría de Procesos de Selección para dirigir,
coordinar y verificar el desarrollo de los procesos de selección, compuesta por asesores
especialistas que actúan en auxilio de los Órganos de Selección para publicar o notificar
sus actos, así como para apoyo (de personal y material) y coordinación entre dichos
Órganos de Selección, Tribunal Médico Militar de Apelación, órganos asesores y órganos
de apoyo. Dicha Secretaría también se encargará de hacer efectiva la reposición de
bajas o no presentaciones a la fase de acogida y periodo de orientación y adaptación a
la vida militar de los aspirantes, cuando corresponda.
Séptima.
Orden de actuación.
En aquellas pruebas que lo requieran, el orden de actuación de los aspirantes se
iniciará por aquéllos cuyo primer apellido comience por la letra «B», según lo establecido
en la Resolución de 21 de julio de 2020, (BOE número 201, de 24 de julio), de la
Secretaría de Estado de Función Pública, o conforme se determine de acuerdo a lo
establecido en el artículo 17 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración
General del Estado.
Octava. Fase de concurso.
1. Proceso sin exigencia de titulación universitaria previa: para el cálculo de la nota de
admisión se fijan los siguientes parámetros de ponderación para las dos calificaciones
superadas en la EvAU, de entre la troncal general de modalidad de ciencias y las troncales de
opción de esa modalidad, que proporcionen mejor puntuación final de concurso, conforme a
la Instrucción 17/2011, de 24 de marzo, de la Subsecretaría de Defensa:
– Matemáticas II: 0,2.
– Física: 0,2.
– Resto de las materias de opción: 0,1.
cve: BOE-A-2021-7576
Verificable en https://www.boe.es
La fase de concurso consistirá en la comprobación y valoración de los méritos
aportados por los aspirantes admitidos y en el establecimiento de su orden de prelación.
Se realizará conforme a lo que establecen los anexos I y II de la Orden DEF/792/2010,
de 25 de marzo, siendo modificado el anexo II por la disposición adicional segunda de la
Orden DEF/689/2012, de 30 de marzo, y el anexo I por la Orden DEF/1486/2012, de 4
de julio y por la Instrucción 18 /2017, de 4 de mayo, de la Subsecretaría de Defensa. Los
resultados se expresarán con tres cifras decimales, redondeadas a la milésima.
Las asignaturas o estudios superados se valorarán una sola vez, y no serán
consideradas por el Órgano de Selección las convalidaciones de los mismos estudios en
otros centros de enseñanza.