III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios. (BOE-A-2021-7639)
Resolución de 27 de abril de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal y la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España, para el desarrollo del Programa de Formación Profesional en la Empresa 2021-2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 109

Viernes 7 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 55396

iii. Presentar conjuntamente con la Cámara de España las actuaciones
desarrolladas realizadas tanto al tejido empresarial como a las Comunidades
Autónomas.
Cuarta.

Difusión de acciones.

En todas las acciones de desarrollo del presente Convenio se hará mención expresa
al Programa Formación Profesional en la Empresa del Fondo Social Europeo. Figurarán
de forma destacada el nombre y logo de todas las instituciones cofinanciadoras en todos
los elementos de promoción y difusión (inserciones en prensa, folletos, comunicaciones,
etc.) y en cuanta documentación se genere, de acuerdo con el Real Decreto 1465/1999,
de 17 de septiembre, por el que se establecen criterios de imagen institucional y se
regula la producción documental y el material impreso de la Administración General del
Estado y cualesquiera otras normas que resulten de aplicación.
Asimismo, las partes se comprometen al cumplimiento de lo dispuesto en la
normativa de la Unión Europea en todo lo relativo a las obligaciones de información y
publicidad.
La Cámara de Comercio de España se compromete, igualmente, a exigir el
cumplimiento de esta cláusula a las Cámaras de Comercio que participen en este
Programa, así como al cumplimiento del plan de difusión y sensibilización empresarial
que se acuerde.

El presupuesto total de las acciones que configuran el objeto de este Convenio
asciende a un millón seiscientos cincuenta mil euros (1.650.000,00 €), distribuido entre el
Servicio Público de Empleo Estatal que aporta cuatrocientos cincuenta mil euros
(450.000,00 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 19.101.241B.227.99 de su
presupuesto de gastos para 2021 y 2022 en el que existe crédito adecuado y suficiente,
y la Cámara de Comercio de España que aporta un millón doscientos mil euros
(1.200.000,00 €).
La aportación de la Cámara de Comercio de España procede de la cofinanciación del
Fondo Social Europeo (FSE), Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación
(POEFE), Eje 1 al Programa de Formación Profesional en la Empresa y Eje 8 Asistencia
Técnica, que alcanza el 80% o el 50% del coste dependiendo de las regiones,
suponiendo esto la cantidad de un millón doscientos mil euros (1.200.000,00 €). El resto
es aportación pública.
Para el desarrollo de las actividades, el Servicio Público de Empleo Estatal anticipará
a la Cámara de España el 10 por ciento de la cuantía señalado anteriormente (es
decir 45.000,00 €), a partir de fecha de eficacia del presente Convenio establecida en la
cláusula decimotercera, para la realización de las operaciones preparatorias que resulten
necesarias para realizar las actuaciones financiadas, de acuerdo con lo previsto en el
artículo 21.3 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. El importe
restante se abonará a la finalización de las actuaciones, previa justificación de las
mismas y hasta el importe justificado, sin que en ningún caso pueda ser superior a la
aportación del Servicio Público de Empleo Estatal prevista en las cláusulas quinta y
séptima.
En todo caso, la aportación del Estado de anualidades futuras estará condicionada a
la existencia de crédito en los correspondientes presupuestos, tal y como establece la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en su
artículo 49.d).
En el marco del Programa de Formación Profesional en la Empresa y en relación con
los gastos en los que incurran las Cámaras de Comercio, la aportación del Servicio
Público de Empleo Estatal tendrá la consideración de cofinanciación pública nacional. De
la misma forma, se considerará cofinanciación pública nacional la aportación del Servicio
Público de Empleo Estatal relacionada con los gastos de Asistencia Técnica de Cámara

cve: BOE-A-2021-7639
Verificable en https://www.boe.es

Quinta. Financiación.