I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional. Títulos académicos. (BOE-A-2021-7555)
Real Decreto 261/2021, de 13 de abril, por el que se establece el Curso de especialización en Desarrollo de videojuegos y realidad virtual y se fijan los aspectos básicos del currículo, se modifican diversos reales decretos por los que se establecen cursos de especialización y los aspectos básicos del currículo y se corrigen errores del Real Decreto 283/2019, de 22 de abril y del Real Decreto 402/2020, de 25 de febrero, por los que establecen los títulos y los aspectos básicos del currículo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 109
Viernes 7 de mayo de 2021
Disposición adicional segunda.
Sec. I. Pág. 54552
Oferta a distancia de este curso de especialización.
Los módulos profesionales que forman las enseñanzas de este curso de especialización
podrán ofertarse a distancia, siempre que se garantice que el alumnado pueda conseguir
los resultados de aprendizaje de estos, de acuerdo con lo dispuesto en este real decreto.
Para ello, las administraciones educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias,
adoptarán las medidas necesarias y dictarán las instrucciones precisas.
Disposición adicional tercera.
de especialización.
Accesibilidad universal en las enseñanzas de este curso
1. Las administraciones educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias,
incluirán en el currículo de este curso de especialización los elementos necesarios para
garantizar que las personas que lo cursen desarrollen las competencias incluidas en el
currículo en «diseño para todas las personas».
2. Asimismo, dichas administraciones adoptarán las medidas necesarias para que
este alumnado pueda acceder y cursar dicho curso de especialización en las condiciones
establecidas en la disposición final segunda del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de
noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las
personas con discapacidad y de su inclusión social.
Disposición adicional cuarta.
Titulaciones habilitantes a efectos de docencia.
1. A los efectos del artículo 11.2 de este real decreto, y de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 95.2 de la Ley Orgánica, 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y en
la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que
se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, habilitarán
excepcionalmente a efectos de docencia en centros de titularidad pública las titulaciones
recogidas en el anexo III B) de este real decreto para las distintas especialidades del
profesorado.
2. A los efectos del artículo 11.6 de este real decreto, y de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 95.2 de la Ley Orgánica, 2/2006, de 3 de mayo y en la disposición
adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, excepcionalmente
habilitarán a efectos de docencia para impartir módulos profesionales en centros de
titularidad privada, de otras administraciones distintas a la educativa las titulaciones
recogidas en el anexo III D) de este real decreto.
Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 93/2019, 1 de marzo, por el que
se establece el Curso de especialización en cultivos celulares y se fijan los aspectos
básicos del currículo, y se modifica el Real Decreto 74/2018, de 19 de febrero, por el
que se establece el título de Técnico en montaje de estructuras e instalación de
sistemas aeronáuticos y se fijan los aspectos básicos del currículo.
«Artículo 10.
Módulos profesionales.
2. Las administraciones educativas podrán implantar de manera íntegra el
curso de especialización objeto de este real decreto en cuanto a diseño curricular y
duración. En caso de optar por complementar el currículo básico en el marco de sus
competencias se regirán por lo dispuesto en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación.»
cve: BOE-A-2021-7555
Verificable en https://www.boe.es
El artículo 10.2 del Real Decreto 93/2019, 1 de marzo, por el que se establece el Curso
de especialización en cultivos celulares y se fijan los aspectos básicos del currículo, y se
modifica el Real Decreto 74/2018, de 19 de febrero, por el que se establece el título de
Técnico en montaje de estructuras e instalación de sistemas aeronáuticos y se fijan los
aspectos básicos del currículo, queda redactado de la siguiente manera:
Núm. 109
Viernes 7 de mayo de 2021
Disposición adicional segunda.
Sec. I. Pág. 54552
Oferta a distancia de este curso de especialización.
Los módulos profesionales que forman las enseñanzas de este curso de especialización
podrán ofertarse a distancia, siempre que se garantice que el alumnado pueda conseguir
los resultados de aprendizaje de estos, de acuerdo con lo dispuesto en este real decreto.
Para ello, las administraciones educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias,
adoptarán las medidas necesarias y dictarán las instrucciones precisas.
Disposición adicional tercera.
de especialización.
Accesibilidad universal en las enseñanzas de este curso
1. Las administraciones educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias,
incluirán en el currículo de este curso de especialización los elementos necesarios para
garantizar que las personas que lo cursen desarrollen las competencias incluidas en el
currículo en «diseño para todas las personas».
2. Asimismo, dichas administraciones adoptarán las medidas necesarias para que
este alumnado pueda acceder y cursar dicho curso de especialización en las condiciones
establecidas en la disposición final segunda del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de
noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las
personas con discapacidad y de su inclusión social.
Disposición adicional cuarta.
Titulaciones habilitantes a efectos de docencia.
1. A los efectos del artículo 11.2 de este real decreto, y de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 95.2 de la Ley Orgánica, 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y en
la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que
se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, habilitarán
excepcionalmente a efectos de docencia en centros de titularidad pública las titulaciones
recogidas en el anexo III B) de este real decreto para las distintas especialidades del
profesorado.
2. A los efectos del artículo 11.6 de este real decreto, y de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 95.2 de la Ley Orgánica, 2/2006, de 3 de mayo y en la disposición
adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, excepcionalmente
habilitarán a efectos de docencia para impartir módulos profesionales en centros de
titularidad privada, de otras administraciones distintas a la educativa las titulaciones
recogidas en el anexo III D) de este real decreto.
Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 93/2019, 1 de marzo, por el que
se establece el Curso de especialización en cultivos celulares y se fijan los aspectos
básicos del currículo, y se modifica el Real Decreto 74/2018, de 19 de febrero, por el
que se establece el título de Técnico en montaje de estructuras e instalación de
sistemas aeronáuticos y se fijan los aspectos básicos del currículo.
«Artículo 10.
Módulos profesionales.
2. Las administraciones educativas podrán implantar de manera íntegra el
curso de especialización objeto de este real decreto en cuanto a diseño curricular y
duración. En caso de optar por complementar el currículo básico en el marco de sus
competencias se regirán por lo dispuesto en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación.»
cve: BOE-A-2021-7555
Verificable en https://www.boe.es
El artículo 10.2 del Real Decreto 93/2019, 1 de marzo, por el que se establece el Curso
de especialización en cultivos celulares y se fijan los aspectos básicos del currículo, y se
modifica el Real Decreto 74/2018, de 19 de febrero, por el que se establece el título de
Técnico en montaje de estructuras e instalación de sistemas aeronáuticos y se fijan los
aspectos básicos del currículo, queda redactado de la siguiente manera: