III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-7525)
Resolución de 15 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Fundación Bancaria Caixa d'Estalvis i Pensions de Barcelona "La Caixa".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 108

Jueves 6 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 54394

interesada. El establecimiento y determinación en cada momento de las condiciones de
la mencionada póliza en la cobertura de las contingencias antedichas, así como la
contratación de la misma, serán potestad y correrán a cargo de la Fundación Bancaria
«la Caixa».
Artículo 39. Ayudas para estudios profesionales y de idiomas de los trabajadores.
1. La Dirección de la Fundación Bancaria «la Caixa» tendrá la facultad de otorgar a
su personal becas de estudios con una asignación económica de hasta el 100 % de la
matrícula o de los gastos de inscripción, debidamente justificados, cuando supongan una
formación que se considere necesaria para el ejercicio de su actividad o el desarrollo
profesional dentro de la empresa. Por lo tanto, todo trabajador o trabajadora podrá
solicitar la beca correspondiente a la Dirección de la Fundación Bancaria «la Caixa»,
siendo de libre decisión de esta dirección su concesión.
2. Los trabajadores en activo que acrediten al menos un año de prestación de
servicios podrán beneficiarse de becas para cursar estudios de idiomas.
El coste máximo de la subvención será de 1.500 euros brutos por trabajador o
trabajadora y año, y se deberá aportar justificante del importe del coste del curso para
percibir la beca en el importe que proceda. El centro en el que el trabajador o trabajadora
curse sus estudios será de libre elección. En cualquier caso, el máximo de horas
subvencionadas por idioma será de 400. Por otra parte, el trabajador o trabajadora
deberá acreditar un mínimo del 70 % de aprovechamiento del curso, y se tomarán como
referencia las horas realizadas en relación con las horas programadas para poder
solicitar en años sucesivos una nueva beca.
Únicamente se podrá repetir una sola vez un curso del mismo nivel.
Anticipos para necesidades diversas.

La Fundación Bancaria «la Caixa» concederá a los trabajadores que lo soliciten
anticipos por el importe máximo de doce mensualidades o hasta 20.000 euros, con el fin
de hacer frente a gastos por acontecimientos familiares extraordinarios (bodas,
nacimiento de hijos o hijas, defunciones…); gastos de la primera vivienda (derivados de
compras, fianzas de alquiler, mejoras, reformas o mudanzas); gastos extraordinarios o
imprevistos de carácter personal o familiar, y siniestros en general, así como
intervenciones quirúrgicas y gastos médicos, previa justificación de la causa que motiva
la petición.
En aquellos casos de trabajadores con contrato temporal, se concederá la cantidad
máxima proporcional a la duración del contrato.
No será concedido un nuevo anticipo cuando exista uno previo pendiente de
amortizar.
En ambos casos, dichos anticipos se amortizarán sin intereses a base de
deducciones a razón del 7 % de cada una de las mensualidades del trabajador o
trabajadora.
A título individual, se podrá pactar con el trabajador o trabajadora la posibilidad de
retornar el anticipo a razón del 5 % en el supuesto de que se encuentre en una situación
difícil y perentoria.
Cuando durante el periodo de amortización del anticipo el trabajador cause baja
definitiva en la Fundación Bancaria «la Caixa» por cualquier motivo, esta amortización
puede ser objeto de compensación contra el último recibo de salario, la liquidación
correspondiente y/o la indemnización por finalización de contrato.
Artículo 41.

Ayuda de guardería: P0, P1 y P2.

Durante la vigencia del presente convenio colectivo, se establece una ayuda para los
trabajadores con hijos inscritos en P0, P1 o P2 de guardería consistente en la entrega
mensual de un tique guardería.

cve: BOE-A-2021-7525
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 40.