III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-7525)
Resolución de 15 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Fundación Bancaria Caixa d'Estalvis i Pensions de Barcelona "La Caixa".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 108

Jueves 6 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 54395

El importe del tique guardería se cifra en 115 euros mensuales para los años 2021,
2022 y 2023.
Este tique no se recibirá durante el mes de agosto ni en los meses en que el hijo no
asista a la guardería.
Los trabajadores con hijos que no asistan a la guardería recibirán una ayuda por hijo
o hija de 600 euros brutos anuales.
El año en que el hijo o hija inicie P3, se recibirá la ayuda de los 600 euros brutos
anuales prevista en el artículo 42 del presente convenio colectivo. Esta ayuda se
abonará en un solo pago durante el mes de agosto. La percepción del tique guardería
interrumpe el derecho a percibir la citada ayuda de 600 euros y, en este caso, el importe
de dicha ayuda es proporcional a los meses en que el niño o niña no asista a la
guardería.
En caso de que tanto el padre como la madre trabajen en la Fundación Bancaria
«la Caixa», no se duplicará la cantidad a percibir por dicho concepto.
Artículo 42. Ayuda escolar desde p3 hasta los 26 años.
Los trabajadores de la Fundación Bancaria «la Caixa» en activo recibirán una
cantidad por cada hijo o hija desde P3 y hasta los 26 años. El importe será de 600 euros
brutos anuales.
Se reconocerá el mismo derecho cuando se presente declaración judicial de tutela
y/o declaración administrativa de acogida, siempre que las personas tuteladas o
acogidas convivan con el trabajador o trabajadora y estén a su cargo. El límite de edad
de 26 años deberá alcanzarse antes del 31 de diciembre de cada año de vigencia del
presente convenio.
La ayuda se abonará en un solo pago durante el mes de agosto de cada año y será
en concepto de ayuda para el próximo curso escolar. Para las nuevas incorporaciones,
esta ayuda escolar se percibirá por el primer curso escolar completo y por la parte
proporcional del curso anterior desde su incorporación, y se abonará todo en el mes de
agosto.
En caso de que tanto el padre como la madre trabajen en la empresa, se abonarán a
ambos las cantidades a percibir por este concepto.
Para aquellos trabajadores que acrediten su condición de familia monoparental, la
ayuda escolar que recibirán será de 1.200 euros brutos por cada hijo o hija. Esta
ayuda escolar solo se concederá a los trabajadores con un nivel profesional igual o
inferior a B4.
De acuerdo con la normativa aplicable, se entiende por familia monoparental aquella
que está formada por uno o más hijos menores de 21 años, o de 26 si estudian, que
conviven con una sola persona y dependen económicamente de esta.
Para los supuestos en que la condición de familia monoparental necesite
interpretación, esta se analizará y será resuelta en la Comisión Paritaria.
Ayudas familiares de carácter excepcional.

a) Los trabajadores en activo de la Fundación Bancaria «la Caixa» con una
antigüedad mínima de un año que tengan efectivamente a su cargo a padre, madre o
pareja legal con certificación oficial de discapacidad y/o gran dependencia percibirán las
siguientes ayudas por cada uno de ellos:
1. Cuando exista una certificación oficial de discapacidad en un grado
entre el 33 y el 49 %, ambos incluidos, se devengará una cantidad cuyo
de 1.150 euros brutos anuales.
2. Cuando exista una certificación oficial de discapacidad en un grado
entre el 50 y el 65 %, ambos incluidos, se devengará una cantidad cuyo
de 1.800 euros brutos anuales.

comprendido
importe será
comprendido
importe será

cve: BOE-A-2021-7525
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Artículo 43.