III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-7525)
Resolución de 15 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Fundación Bancaria Caixa d'Estalvis i Pensions de Barcelona "La Caixa".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 108

Jueves 6 de mayo de 2021

Sección 4.

Sec. III. Pág. 54391

Conciliación de la vida laboral y familiar

Artículo 27. Protección de la vida familiar.
Las partes acuerdan aplicar, como medida innovadora, que la trabajadora
embarazada cuyo puesto de trabajo lo permita pueda disponer temporalmente, durante
los dos meses previos a la fecha prevista de parto, de herramientas informáticas
facilitadas por la Fundación Bancaria «la Caixa» para poder realizar sus tareas desde su
domicilio. También acuerdan hacer extensiva esta medida a los trabajadores que
temporalmente tengan movilidad reducida y que sea compatible con el alta laboral.
Para esta medida, la Comisión Paritaria actuará como mediadora en caso de que sea
necesario.
Asimismo, aquellos trabajadores que tengan a su cargo hijos con discapacidad
podrán disfrutar de una jornada continuada presencial o, ante necesidades específicas
del hijo o hija, podrán compaginar una jornada semanal de 20 horas presenciales, con la
realización del resto de la jornada semanal a distancia. En todo caso, el cómputo total ha
de ser del 100 % de la jornada. Las 20 horas semanales presenciales se distribuirán en
los cinco días de la jornada laboral.
Estas solicitudes se acordarán previa autorización del o de la responsable, y estarán
sujetas a las necesidades derivadas del puesto de trabajo.
CAPÍTULO 4
Disposiciones varias y seguridad y salud laboral
Artículo 28. Dietas y kilometraje.
1. Como compensación por los gastos de viajes realizados por cuenta de la
Fundación Bancaria «la Caixa», los trabajadores percibirán los siguientes importes:

Sin embargo, los trabajadores podrán optar por no aplicar el punto anterior y cobrar
los gastos originados por su manutención previa presentación de factura, de acuerdo con
la normativa vigente en cada momento.
Los gastos de desplazamiento y de alojamiento se abonarán aparte.
2. Por viajes al extranjero realizados por cuenta de la Fundación Bancaria
«la Caixa» no se abonarán dietas, sino que se abonarán los gastos de manutención
previa presentación de los comprobantes. Los gastos de desplazamiento y de
alojamiento se abonarán aparte.
3. Como compensación por los gastos de viajes realizados en vehículo propio por
cuenta de la Fundación Bancaria «la Caixa», los trabajadores percibirán, en concepto de
kilometraje, el importe de 0,34 euros brutos por kilómetro para los años 2021, 2022
y 2023.
Artículo 29.

Prevención de riesgos laborales.

Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz de su integridad física y a
una adecuada política de prevención de riesgos laborales, así como tienen el deber de
observar y llevar a cabo todas las medidas de prevención que se les indiquen.

cve: BOE-A-2021-7525
Verificable en https://www.boe.es

– Para la manutención por día completo, se abonará la cantidad de 62 euros brutos
para los años 2021, 2022 y 2023. Para recibir este importe es obligatorio que los
trabajadores pernocten.
– Para la manutención por medio día, se abonará la cantidad de 35 euros brutos
para los años 2021, 2022 y 2023. En este caso no será necesaria la presentación de
comprobantes.