III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2021-7441)
Resolución de 29 de abril de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Ilustre Colegio Oficial de Psicología de Andalucía Oriental, para la realización de prácticas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 107

Miércoles 5 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 53864

a) Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas establecida por el
Ilustre Colegio Oficial de Psicología de Andalucía Oriental.
b) Conocer y cumplir el Proyecto Formativo de las prácticas siguiendo las
indicaciones del tutor asignado por el Ministerio del Interior bajo la supervisión del tutor
académico del Ilustre Colegio Oficial de Psicología de Andalucía Oriental.
c) Mantener contacto con el tutor académico del Ilustre Colegio Oficial de
Psicología de Andalucía Oriental durante el desarrollo de la práctica y comunicarle
cualquier incidencia que pueda surgir en el mismo, así como hacer entrega de los
documentos e informes de seguimiento intermedio y la memoria final que le sean
requeridos.
d) Incorporarse al Ministerio del Interior en la fecha acordada, cumplir el horario
previsto en el proyecto educativo y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y
prevención de riesgos laborales de la misma.
e) Desarrollar el Proyecto Formativo y cumplir con diligencia las actividades
acordadas con el Ministerio del Interior conforme a las líneas establecidas en el mismo.
f) Elaboración de la memoria final de las prácticas y, en su caso, del informe
intermedio.
g) Guardar confidencialidad en relación con la información interna del Ministerio del
Interior y guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y
finalizada ésta.
h) Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa hacia la política del Ministerio
del Interior, salvaguardando el buen nombre del Ilustre Colegio Oficial de Psicología de
Andalucía Oriental al que pertenece.
i) Cualquier otro deber previsto en la normativa vigente y/o en los correspondientes
Convenios de Cooperación Educativa suscrito por el Ilustre Colegio Oficial de Psicología
de Andalucía Oriental y, en su caso, la entidad gestora de prácticas vinculada a la
misma, con el Ministerio del Interior.
Séptima.

Seguros.

El estudiante, bien a través del seguro escolar y/o suplemento correspondientes al
mismo, bien a través de los seguros contratados por el propio estudiante o por el Ilustre
Colegio Oficial de Psicología de Andalucía Oriental, a tal efecto, deberá estar cubierto
para la contingencia de enfermedad y accidentes, que incluya asistencia sanitaria, así
como cobertura por responsabilidad civil (o garantía financiera equivalente). Dichos
seguros extenderán su vigencia al lugar donde los estudiantes realicen las prácticas.
Octava. Duración de las prácticas.
Las prácticas curriculares tendrán la duración que establezca el plan de estudios
correspondiente.
Las prácticas extracurriculares tendrán una duración preferentemente no superior al
cincuenta por ciento del curso académico.
Financiación.

La suscripción del presente Convenio no conlleva obligaciones financieras o
contraprestación económica para ninguna de las partes.
La colaboración tendrá la consideración de programas de formación o realización de
prácticas no laborales y académicas, de carácter no remunerado, y no da lugar a la
necesidad de alta y cotización a la Seguridad Social de las personas que participen en
dichos programas o prácticas.
En relación con las obligaciones contempladas en la disposición adicional quinta del
Real Decreto ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones
públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, dado que
todavía no se ha producido el desarrollo reglamentario para su efectiva aplicación,

cve: BOE-A-2021-7441
Verificable en https://www.boe.es

Novena.