III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2021-7441)
Resolución de 29 de abril de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Ilustre Colegio Oficial de Psicología de Andalucía Oriental, para la realización de prácticas.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 107
Miércoles 5 de mayo de 2021
Quinta.
Sec. III. Pág. 53863
Relación del estudiante con el Ministerio del Interior.
1. El estudiante no tendrá, durante la realización de estas prácticas, ningún vínculo
laboral con el Ministerio del Interior ni se integrará dentro de la estructura del mismo.
2. Durante su estancia en prácticas en el Ministerio del Interior, el estudiante
respetará las normas fijadas por éste relativas a horarios, normas de funcionamiento,
seguridad y prevención de riesgos laborales y realizará con diligencia las actividades
contenidas en su Proyecto Formativo de prácticas siguiendo las indicaciones del tutor
asignado por el Ministerio del Interior bajo la supervisión del tutor del Ilustre Colegio
Oficial de Psicología de Andalucía Oriental.
3. Igualmente, el estudiante deberá guardar con absoluto rigor deber de
confidencialidad y no utilizar en ningún caso las informaciones recogidas en el Ministerio
del Interior con el objeto de dar publicidad o comunicación a terceros. Este compromiso
será válido no sólo durante la práctica, sino una vez finalizada ésta. Esta circunstancia
se recogerá en el mencionado anejo del estudiante. La notificación al Ilustre Colegio
Oficial de Psicología de Andalucía Oriental por parte del Ministerio del Interior de que el
estudiante no ha respetado las normas, directrices e indicaciones dejará sin efecto el
correspondiente anejo de manera inmediata y cesará, en consecuencia, la práctica
acordada.
4. El estudiante, a la conclusión de las prácticas, elaborará y entregará al tutor
académico una memoria final de las citadas prácticas.
5. El Ministerio del Interior facilitará, en todo caso, que el estudiante pueda
comparecer a los exámenes oficiales convocados por el Ilustre Colegio Oficial de
Psicología de Andalucía Oriental.
Sexta. Derechos y deberes de los estudiantes en prácticas.
a) A la tutela, durante el período de duración de la correspondiente práctica, por un
profesor del Ilustre Colegio Oficial de Psicología de Andalucía Oriental y por un
profesional que preste servicios en el Ministerio del Interior.
b) A la evaluación de acuerdo con los criterios establecidos por el Ilustre Colegio
Oficial de Psicología de Andalucía Oriental.
c) A la obtención de un informe por parte del Ministerio del Interior, con mención
expresa de la actividad desarrollada, su duración y, en su caso, su rendimiento.
d) A la propiedad intelectual e industrial en los términos establecidos en la
legislación reguladora de la materia.
e) A recibir, por parte del Ministerio del Interior, información de la normativa de
seguridad y prevención de riesgos laborales.
f) A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y
participación, previa comunicación con antelación suficiente del Ministerio del Interior.
g) A disponer de los recursos necesarios para el acceso de los estudiantes con
discapacidad a la tutela, a la información, a la evaluación y al propio desempeño de las
prácticas en igualdad de condiciones.
h) A conciliar, en el caso de los estudiantes con discapacidad, la realización de las
prácticas con aquellas actividades y situaciones personales derivadas o conectadas con
la situación de discapacidad.
i) Aquellos otros derechos previstos en la normativa vigente y/o en los
correspondientes Convenios de Cooperación Educativa suscritos por el Ilustre Colegio
Oficial de Psicología de Andalucía Oriental y, en su caso, la entidad gestora de prácticas
vinculada a la mima, con el Ministerio del Interior.
2. Asimismo y, durante la realización de las prácticas académicas externas los
estudiantes deberán atender al cumplimiento de los siguientes deberes:
cve: BOE-A-2021-7441
Verificable en https://www.boe.es
1. Durante la realización de las prácticas académicas externas, los estudiantes
tendrán los siguientes derechos:
Núm. 107
Miércoles 5 de mayo de 2021
Quinta.
Sec. III. Pág. 53863
Relación del estudiante con el Ministerio del Interior.
1. El estudiante no tendrá, durante la realización de estas prácticas, ningún vínculo
laboral con el Ministerio del Interior ni se integrará dentro de la estructura del mismo.
2. Durante su estancia en prácticas en el Ministerio del Interior, el estudiante
respetará las normas fijadas por éste relativas a horarios, normas de funcionamiento,
seguridad y prevención de riesgos laborales y realizará con diligencia las actividades
contenidas en su Proyecto Formativo de prácticas siguiendo las indicaciones del tutor
asignado por el Ministerio del Interior bajo la supervisión del tutor del Ilustre Colegio
Oficial de Psicología de Andalucía Oriental.
3. Igualmente, el estudiante deberá guardar con absoluto rigor deber de
confidencialidad y no utilizar en ningún caso las informaciones recogidas en el Ministerio
del Interior con el objeto de dar publicidad o comunicación a terceros. Este compromiso
será válido no sólo durante la práctica, sino una vez finalizada ésta. Esta circunstancia
se recogerá en el mencionado anejo del estudiante. La notificación al Ilustre Colegio
Oficial de Psicología de Andalucía Oriental por parte del Ministerio del Interior de que el
estudiante no ha respetado las normas, directrices e indicaciones dejará sin efecto el
correspondiente anejo de manera inmediata y cesará, en consecuencia, la práctica
acordada.
4. El estudiante, a la conclusión de las prácticas, elaborará y entregará al tutor
académico una memoria final de las citadas prácticas.
5. El Ministerio del Interior facilitará, en todo caso, que el estudiante pueda
comparecer a los exámenes oficiales convocados por el Ilustre Colegio Oficial de
Psicología de Andalucía Oriental.
Sexta. Derechos y deberes de los estudiantes en prácticas.
a) A la tutela, durante el período de duración de la correspondiente práctica, por un
profesor del Ilustre Colegio Oficial de Psicología de Andalucía Oriental y por un
profesional que preste servicios en el Ministerio del Interior.
b) A la evaluación de acuerdo con los criterios establecidos por el Ilustre Colegio
Oficial de Psicología de Andalucía Oriental.
c) A la obtención de un informe por parte del Ministerio del Interior, con mención
expresa de la actividad desarrollada, su duración y, en su caso, su rendimiento.
d) A la propiedad intelectual e industrial en los términos establecidos en la
legislación reguladora de la materia.
e) A recibir, por parte del Ministerio del Interior, información de la normativa de
seguridad y prevención de riesgos laborales.
f) A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y
participación, previa comunicación con antelación suficiente del Ministerio del Interior.
g) A disponer de los recursos necesarios para el acceso de los estudiantes con
discapacidad a la tutela, a la información, a la evaluación y al propio desempeño de las
prácticas en igualdad de condiciones.
h) A conciliar, en el caso de los estudiantes con discapacidad, la realización de las
prácticas con aquellas actividades y situaciones personales derivadas o conectadas con
la situación de discapacidad.
i) Aquellos otros derechos previstos en la normativa vigente y/o en los
correspondientes Convenios de Cooperación Educativa suscritos por el Ilustre Colegio
Oficial de Psicología de Andalucía Oriental y, en su caso, la entidad gestora de prácticas
vinculada a la mima, con el Ministerio del Interior.
2. Asimismo y, durante la realización de las prácticas académicas externas los
estudiantes deberán atender al cumplimiento de los siguientes deberes:
cve: BOE-A-2021-7441
Verificable en https://www.boe.es
1. Durante la realización de las prácticas académicas externas, los estudiantes
tendrán los siguientes derechos: