V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. (BOE-B-2021-21803)
Resolución de la Dirección General de Energía por la que se concede a Naturgy Renovables, S.L.U., declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación eólica de producción eléctrica denominada Parque Eólico Camino de la Madera de 9,2 MW de potencia nominal, en los términos municipales de Santa Lucia de Tirajana e Agüimes, en Gran Canaria. ER-15/0018.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 4 de mayo de 2021

Sec. V-B. Pág. 28278

el proyecto del Parque Eólico Camino de la Madera, tiene afección sobre un
proyecto de parque fotovoltaico PFV Balos, que actualmente se tramita en la
Dirección General de Energía y para el que dispone de un contrato de derecho de
superficie con el propietario de la parcela. Las afecciones consisten en que el vial
de acceso al PE atravesaría el campo solar ocupando espacio destinado a placas
solares lo que reduciría sustancialmente la capacidad del PFV, encarecería los
costes y comprometería la viabilidad económica del proyecto, perjudicando los
intereses económicos de AG. Asimismo, e vial de acceso al PE se proyecta con
una pendiente, drenajes y taludes que alteran la orografía del terreno e impiden la
circulación de vehículos necesaria para la construcción y operación del PFV lo que
perjudica los intereses económicos de Atlantic Generación, S.L.
En fecha 13/09/2019, el promotor contesta las alegaciones de Atlantic
Generation, S.L., manifestando que ambas partes ya han llegado a un acuerdo en
virtud del cual se modifica ligeramente el vial de acceso proyectado a la altura de la
instalación fotovoltaica para que ambas instalaciones de generación renovable
sean compatibles.
Obra en el expediente acuerdo de fecha 5/02/2020 entre Naturgy, S.L.U. y
Atlantic Generation, S.L., aportado por el promotor en fecha 16/02/2021, de
servidumbre de acceso por el interior de la finca, modificando el trazado inicial y
adaptándolo al emplazamiento de PSF Balos.
Octavo. En fecha 20/06/2019, Dña María Rosa Bordón Artiles y Doña María
Cristina Bordón Artiles, en su propio nombre y en el de sus hermanas/os Dña.
María del Carmen Bordón Artiles, Dña María teresa, D. Narciso Antonio, Doña
María Graciana, D. Carlos Alberto así como en el de Doña Isabel Bordón Quintana,
Heredera de D. José Lucas Bordón Artiles, formulan las alegaciones
fundamentadas en que las plataformas y viales internos de acceso a los
aerogeneradores afectan a la finca ubicaba en la parcela 52 del polígono 4 de la
que son titulares. Manifiesta que el proyecto sometido a información pública no
cumple con los requisitos sectoriales y ambientales legalmente exigibles, así como
vulnera la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en relación al
concepto de "adecuada evaluación de impacto ambiental", siendo así que el
proyecto sometido ahora a información pública supone una modificación sustancial
de la instalación pretendida inicialmente, lo que hace necesaria una Evaluación del
Impacto Ambiental que parta de un previo Estudio de Impacto Ambiental
actualizado. En concreto solicita que se ordene la retroacción de actuaciones a fin
de que se verifique una evaluación de impacto ambiental comprensiva de todos los
posibles efectos sinérgicos que pudieran derivarse de todas las instalaciones
eólicas con sus infraestructuras asociadas comprendidas en la zona de influencia.
En fecha 11/12/2019, el promotor contesta las alegaciones de Dña María Rosa
Bordón Artiles y Doña María Cristina Bordón Artiles que ambas partes han llegado
a un acuerdo en virtud del cual, los alegantes no presentan oposición a la
construcción del parque, y que por tanto proceden a desistir de las alegaciones
presentadas al parque eólico Camino de la Madera. Al escrito adunta la
autorización para la constitución de la servidumbre de paso de la línea eléctrica
subterránea y servidumbre de acceso para la construcción del vial suscrita por Dña
María Rosa Bordón Artiles y resto de propietarios.
Noveno. En fecha 15/07/2019, D. Yeray Lorenzo García, formula alegaciones
manifestando que el proyecto del Parque Eólico Camino de la Madera, tiene
afección sobre un proyecto de parque fotovoltaico PFV Balos, que actualmente se

cve: BOE-B-2021-21803
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 106