III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2021-7133)
Decreto 41/2021, de 25 de febrero, por el que se declara bien de interés cultural el colegio de Nuestra Señora de la Antigua en Monforte de Lemos (Lugo).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 103
Viernes 30 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 52194
Se estima beneficioso para la percepción del monumento en su contorno la previsión
y diseño de actuaciones de mejora ambiental en el aparcamiento, en los depósitos de
combustible del propio edificio, en las Casitas y en el polideportivo.
En el espacio público del Campo de la Compañía se procurará la eliminación de
cableados vistos de la red eléctrica y de telefonía y, alo menos, su ordenación, evitando
en cualquiera caso, los trazados por la fachadas del monumento.
6.3
Plan de conservación.
Dada la complejidad y singularidad del edificio se estima cómo aconsejable la
redacción de un plan director que establezca las líneas de intervención y prioridades y
regule sus usos. De todas las actuaciones necesarias para la conservación del bien se
consideran prioritarias y urgentes las siguientes:
De conservación de las cubiertas.
De reestructuración en el pasadizo de comunicación tras la iglesia.
7.
7.1
Usos.
Uso original.
El uso original es el mismo que el actual: docente, religioso y residencial. A lo largo
de la historia fue cambiando el destino de algunos espacios para adaptarse a las
necesidades de cada momento. La tendencia fue de expansión de la superficie
destinada a usos docentes en detrimento de la destinada a uso residenciales, al ir
disminuyendo el número de religiosos y al aumentar los requerimientos de espacios
docentes especializados.
7.2
Uso actual.
El uso principal del edificio es el docente, que fue el uso para lo cual fue concebido.
Vinculados a este uso principal, y también desde lo origen del edificio, conviven en él el
uso religioso, museístico y el residencial de las órdenes encargadas de impartir la
docencia.
A partir de los años 60 se acondicionaron los sótanos del ala izquierda para albergar
en régimen de cesión las instalaciones deportivas del Club Deportivo Calasancio, entidad
independiente, ligada tradicionalmente al colegio escolapio.
7.3
Otros usos
En la actualidad y, de forma estacional, se instala una carpa en el claustro principal
para celebraciones y eventos. Este uso, durante el período de vacaciones de las clases,
contribuye a sufragar los gastos de mantenimiento del edificio y no produce, con este
carácter esporádico, la idónea integración en el conjunto.
Régimen de usos y limitaciones.
Se mantendrán y se protegerán los usos principales –docente, religioso, museístico y
residencial–, que son los originales y que se mantuvieron desde la fundación del edificio.
Se considera que son uno de los valores singulares del Colegio.
En cuanto a la posibilidad de usos diferentes de los originales, en concreto a la
instalación temporal de la carpa en el claustro derecho para celebración de eventos, se
considera compatible con el mantenimiento y preservación de los valores culturales del
edificio, si bien el plan director podrá regular los períodos para el funcionamiento, las
características constructivas y su forma de instalación.
En relación a otros posibles usos, fuera de los descritos, estos serán autorizables
siempre que no sean incompatibles o perjudiciales para su protección, ni interfieran en
los usos existentes.
cve: BOE-A-2021-7133
Verificable en https://www.boe.es
7.4
Núm. 103
Viernes 30 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 52194
Se estima beneficioso para la percepción del monumento en su contorno la previsión
y diseño de actuaciones de mejora ambiental en el aparcamiento, en los depósitos de
combustible del propio edificio, en las Casitas y en el polideportivo.
En el espacio público del Campo de la Compañía se procurará la eliminación de
cableados vistos de la red eléctrica y de telefonía y, alo menos, su ordenación, evitando
en cualquiera caso, los trazados por la fachadas del monumento.
6.3
Plan de conservación.
Dada la complejidad y singularidad del edificio se estima cómo aconsejable la
redacción de un plan director que establezca las líneas de intervención y prioridades y
regule sus usos. De todas las actuaciones necesarias para la conservación del bien se
consideran prioritarias y urgentes las siguientes:
De conservación de las cubiertas.
De reestructuración en el pasadizo de comunicación tras la iglesia.
7.
7.1
Usos.
Uso original.
El uso original es el mismo que el actual: docente, religioso y residencial. A lo largo
de la historia fue cambiando el destino de algunos espacios para adaptarse a las
necesidades de cada momento. La tendencia fue de expansión de la superficie
destinada a usos docentes en detrimento de la destinada a uso residenciales, al ir
disminuyendo el número de religiosos y al aumentar los requerimientos de espacios
docentes especializados.
7.2
Uso actual.
El uso principal del edificio es el docente, que fue el uso para lo cual fue concebido.
Vinculados a este uso principal, y también desde lo origen del edificio, conviven en él el
uso religioso, museístico y el residencial de las órdenes encargadas de impartir la
docencia.
A partir de los años 60 se acondicionaron los sótanos del ala izquierda para albergar
en régimen de cesión las instalaciones deportivas del Club Deportivo Calasancio, entidad
independiente, ligada tradicionalmente al colegio escolapio.
7.3
Otros usos
En la actualidad y, de forma estacional, se instala una carpa en el claustro principal
para celebraciones y eventos. Este uso, durante el período de vacaciones de las clases,
contribuye a sufragar los gastos de mantenimiento del edificio y no produce, con este
carácter esporádico, la idónea integración en el conjunto.
Régimen de usos y limitaciones.
Se mantendrán y se protegerán los usos principales –docente, religioso, museístico y
residencial–, que son los originales y que se mantuvieron desde la fundación del edificio.
Se considera que son uno de los valores singulares del Colegio.
En cuanto a la posibilidad de usos diferentes de los originales, en concreto a la
instalación temporal de la carpa en el claustro derecho para celebración de eventos, se
considera compatible con el mantenimiento y preservación de los valores culturales del
edificio, si bien el plan director podrá regular los períodos para el funcionamiento, las
características constructivas y su forma de instalación.
En relación a otros posibles usos, fuera de los descritos, estos serán autorizables
siempre que no sean incompatibles o perjudiciales para su protección, ni interfieran en
los usos existentes.
cve: BOE-A-2021-7133
Verificable en https://www.boe.es
7.4