I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE DEFENSA. Fuerzas Armadas. (BOE-A-2021-6876)
Real Decreto 296/2021, de 27 de abril, por el que se modifica el Reglamento de especialidades fundamentales de las Fuerzas Armadas, aprobado por el Real Decreto 711/2010, de 28 de mayo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 101

Miércoles 28 de abril de 2021

Sec. I. Pág. 50016

miembros de las Fuerzas Armadas, conforme al artículo 40.2.b) de la Ley Orgánica 9/2011,
de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas. Finalmente,
con arreglo a lo establecido en el artículo 49.1.c) de la citada ley orgánica, ha sido informado
por el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Defensa, con la aprobación previa del
Ministro de Política Territorial y Función Pública, de acuerdo con el Consejo de Estado, y
previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de abril de 2021,
DISPONGO:
Artículo único. Modificación del Reglamento de especialidades fundamentales de las
Fuerzas Armadas, aprobado por el Real Decreto 711/2010, de 28 de mayo.
El Reglamento de especialidades fundamentales de las Fuerzas Armadas, aprobado
por el Real Decreto 711/2010, de 28 de mayo, queda modificado de la siguiente manera:
Uno.

El artículo 6 queda redactado del siguiente modo:

«Artículo 6.

Escala de suboficiales.

En la escala de suboficiales del Cuerpo General del Ejército de Tierra existirán
las siguientes especialidades fundamentales:
a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
h)
i)
j)
k)
l)
Dos.

Infantería.
Caballería.
Artillería.
Ingenieros.
Transmisiones.
Aviación del Ejército de Tierra.
Electrónica y Telecomunicaciones.
Mantenimiento y Montaje de Equipos.
Informática.
Automoción.
Mantenimiento de Aeronaves.
Mantenimiento de Armamento y Material.»

El artículo 7 queda redactado del siguiente modo:

«Artículo 7.

Escala de tropa.

a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
h)
i)
j)
k)
l)
m)
n)

Infantería.
Caballería.
Artillería.
Ingenieros.
Transmisiones.
Apoyo Sanitario.
Mantenimiento de Vehículos.
Mantenimiento de Armamento y Material.
Mantenimiento de Aeronaves.
Mantenimiento Electrónico y de Telecomunicaciones.
Chapa y Soldadura.
Hostelería.
Montador de Equipos.
Música.»

cve: BOE-A-2021-6876
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En la escala de tropa del Cuerpo General del Ejército de Tierra existirán las
siguientes especialidades fundamentales: