I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE DEFENSA. Fuerzas Armadas. (BOE-A-2021-6876)
Real Decreto 296/2021, de 27 de abril, por el que se modifica el Reglamento de especialidades fundamentales de las Fuerzas Armadas, aprobado por el Real Decreto 711/2010, de 28 de mayo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 101
Miércoles 28 de abril de 2021
Sec. I. Pág. 50015
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE DEFENSA
Real Decreto 296/2021, de 27 de abril, por el que se modifica el Reglamento
de especialidades fundamentales de las Fuerzas Armadas, aprobado por el
Real Decreto 711/2010, de 28 de mayo.
Las estructuras y organizaciones de las Fuerzas Armadas deben ser flexibles para
poder adaptarse de modo oportuno al entorno de actuación donde desarrollan sus
cometidos, un entorno que se prevé impredecible, dinámico, inestable y, atendiendo al
desarrollo tecnológico, de creciente complejidad.
En este sentido, al objeto de alcanzar ese objetivo, en el Ejército de Tierra se unifican
determinadas especialidades fundamentales en la escala de suboficiales y en la escala de
tropa del Cuerpo General. Modificaciones que permitirán una mayor flexibilidad en la gestión
de personal y favorecerán la movilidad geográfica del mismo, siendo los planes de estudio
de las especialidades resultantes similares a los ya existentes en la escala de oficiales. Todo
ello reforzará la comunidad de doctrina y el acuerdo intelectual entre sus miembros.
En el caso del Ejército del Aire, los cambios en el entorno operativo y los avances
tecnológicos han afectado a su ámbito de responsabilidad tradicional, el espacio aéreo,
extendiéndolo al espacio ultraterrestre (conformando el dominio aeroespacial) y al ciberespacio,
dominios en los que debe hacer frente a nuevos retos, amenazas y oportunidades.
Por ello, resulta necesario redefinir en este Ejército los campos de actividad hasta
ahora vigentes, al haberse experimentado cambios fundamentales en las actividades
relacionadas con el empleo de los sistemas de control aéreo y de guerra electrónica, que
ahora también deben cubrir el espacio ultraterrestre. Además, las amenazas actuales han
experimentado una fuerte evolución tecnológica, afectando de manera muy significativa a
las actividades necesarias para garantizar la seguridad de instalaciones y recursos, la
defensa local de bases frente ataques, así como al funcionamiento de los servicios de
apoyo directamente relacionados con las operaciones aéreas. En este nuevo escenario,
las competencias específicas definidas en el actual currículo de la especialidad
fundamental Defensa y Control Aéreo, son insuficientes.
Del mismo modo, resulta necesario crear una especialidad fundamental que dote al
Ejército del Aire de oficiales capacitados para operar en el ciberespacio, garantizando a
nuestras fuerzas la necesaria libertad de acción, potenciándolas y protegiéndolas frente a
posibles riesgos y amenazas que han adoptado nuevas formas en el dominio del
ciberespacio y que son ejecutadas en todo tipo de conflictos.
Por otro lado, es de reseñar que el contenido de esta disposición se alinea plenamente
con los objetivos definidos en la Estrategia Nacional de Ciberseguridad y con la Estrategia
de Seguridad Aeroespacial Nacional. Estrategias que fueron aprobadas por el Consejo de
Seguridad Nacional el 12 de abril de 2019 para el desarrollo, en sus respectivos ámbitos,
de las previsiones de la Estrategia de Seguridad Nacional de 2017.
Este real decreto se adecua a los principios de buena regulación conforme a los cuales
deben actuar las Administraciones Públicas en el ejercicio de la iniciativa legislativa y la
potestad reglamentaria, como son los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad,
seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, previstos en el artículo 129 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas. En tal sentido, la norma contiene la regulación imprescindible para cumplir sus
objetivos; es coherente con el resto del ordenamiento jurídico; no contiene cargas
administrativas para personas o empresas, y se procura con el mismo la racionalización
de la gestión de los recursos públicos.
Durante su tramitación, el contenido del proyecto de este real decreto fue informado por
las asociaciones profesionales inscritas en el Registro de Asociaciones Profesionales de
cve: BOE-A-2021-6876
Verificable en https://www.boe.es
6876
Núm. 101
Miércoles 28 de abril de 2021
Sec. I. Pág. 50015
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE DEFENSA
Real Decreto 296/2021, de 27 de abril, por el que se modifica el Reglamento
de especialidades fundamentales de las Fuerzas Armadas, aprobado por el
Real Decreto 711/2010, de 28 de mayo.
Las estructuras y organizaciones de las Fuerzas Armadas deben ser flexibles para
poder adaptarse de modo oportuno al entorno de actuación donde desarrollan sus
cometidos, un entorno que se prevé impredecible, dinámico, inestable y, atendiendo al
desarrollo tecnológico, de creciente complejidad.
En este sentido, al objeto de alcanzar ese objetivo, en el Ejército de Tierra se unifican
determinadas especialidades fundamentales en la escala de suboficiales y en la escala de
tropa del Cuerpo General. Modificaciones que permitirán una mayor flexibilidad en la gestión
de personal y favorecerán la movilidad geográfica del mismo, siendo los planes de estudio
de las especialidades resultantes similares a los ya existentes en la escala de oficiales. Todo
ello reforzará la comunidad de doctrina y el acuerdo intelectual entre sus miembros.
En el caso del Ejército del Aire, los cambios en el entorno operativo y los avances
tecnológicos han afectado a su ámbito de responsabilidad tradicional, el espacio aéreo,
extendiéndolo al espacio ultraterrestre (conformando el dominio aeroespacial) y al ciberespacio,
dominios en los que debe hacer frente a nuevos retos, amenazas y oportunidades.
Por ello, resulta necesario redefinir en este Ejército los campos de actividad hasta
ahora vigentes, al haberse experimentado cambios fundamentales en las actividades
relacionadas con el empleo de los sistemas de control aéreo y de guerra electrónica, que
ahora también deben cubrir el espacio ultraterrestre. Además, las amenazas actuales han
experimentado una fuerte evolución tecnológica, afectando de manera muy significativa a
las actividades necesarias para garantizar la seguridad de instalaciones y recursos, la
defensa local de bases frente ataques, así como al funcionamiento de los servicios de
apoyo directamente relacionados con las operaciones aéreas. En este nuevo escenario,
las competencias específicas definidas en el actual currículo de la especialidad
fundamental Defensa y Control Aéreo, son insuficientes.
Del mismo modo, resulta necesario crear una especialidad fundamental que dote al
Ejército del Aire de oficiales capacitados para operar en el ciberespacio, garantizando a
nuestras fuerzas la necesaria libertad de acción, potenciándolas y protegiéndolas frente a
posibles riesgos y amenazas que han adoptado nuevas formas en el dominio del
ciberespacio y que son ejecutadas en todo tipo de conflictos.
Por otro lado, es de reseñar que el contenido de esta disposición se alinea plenamente
con los objetivos definidos en la Estrategia Nacional de Ciberseguridad y con la Estrategia
de Seguridad Aeroespacial Nacional. Estrategias que fueron aprobadas por el Consejo de
Seguridad Nacional el 12 de abril de 2019 para el desarrollo, en sus respectivos ámbitos,
de las previsiones de la Estrategia de Seguridad Nacional de 2017.
Este real decreto se adecua a los principios de buena regulación conforme a los cuales
deben actuar las Administraciones Públicas en el ejercicio de la iniciativa legislativa y la
potestad reglamentaria, como son los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad,
seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, previstos en el artículo 129 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas. En tal sentido, la norma contiene la regulación imprescindible para cumplir sus
objetivos; es coherente con el resto del ordenamiento jurídico; no contiene cargas
administrativas para personas o empresas, y se procura con el mismo la racionalización
de la gestión de los recursos públicos.
Durante su tramitación, el contenido del proyecto de este real decreto fue informado por
las asociaciones profesionales inscritas en el Registro de Asociaciones Profesionales de
cve: BOE-A-2021-6876
Verificable en https://www.boe.es
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