III. Otras disposiciones. MINISTERIO FISCAL. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2021-6942)
Decreto de 20 de octubre de 2020, de la Fiscal General del Estado, por el que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Aragón, para la creación de la Comisión mixta de coordinación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y el Ministerio Fiscal en dicha Comunidad Autónoma.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 101

Miércoles 28 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 50877

Con arreglo a lo anterior, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio
conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del Convenio.

Mediante el presente Convenio se crea la Comisión Mixta de Coordinación de la
Comunidad Autónoma de Aragón y el Ministerio Fiscal destinado en dicha Comunidad
Autónoma, conforme a lo previsto en el artículo 11.3 del Estatuto Orgánico del Ministerio
Fiscal, como órgano de información, comunicación, coordinación, colaboración y
cooperación entre ambas instituciones en cuestiones de competencia común.
Segunda.

Funciones.

La Comisión Mixta tendrá las siguientes funciones:
Con carácter general, conocerá cuantas cuestiones afecten al ámbito competencial
de la Comunidad Autónoma de Aragón y al ejercicio de las diferentes funciones
atribuidas al Ministerio Fiscal.
Ejercerá, en particular, las siguientes funciones:
a) Conocer la planificación y actuaciones respecto del personal al servicio de la
Administración de Justicia que guarden relación con el ejercicio de las funciones del
Ministerio Fiscal.
b) Conocer las aplicaciones y tecnologías de la información y la comunicación que la
Comunidad Autónoma de Aragón implante en los órganos y servicios de la Administración
de Justicia, que guarden relación con las funciones propias del Ministerio Fiscal.
c) Conocer la planificación y contenido de las actividades formativas dirigidas al
personal al servicio de la Administración de Justicia.
d) Impulsar la puesta en funcionamiento de la Nueva Oficina Fiscal.
e) Conocer la planificación y ejecución sobre la provisión de medios materiales que
se efectúe por la Comunidad Autónoma de Aragón en lo que guarde relación con las
funciones del Ministerio Fiscal.
f) Conocer cuantas otras cuestiones se estime que puedan requerir de una
actuación coordinada entre el Ministerio Fiscal y el Gobierno de Aragón.
Tercera. Composición.

a) En representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón,
cuatro vocales nombrados por el titular del Departamento del Gobierno de Aragón
competente en materia de Justicia
b) En representación del Ministerio Fiscal:





Un Fiscal designado por la Fiscalía General del Estado.
El Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Zaragoza.
El Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Huesca.
El Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Teruel.

cve: BOE-A-2021-6942
Verificable en https://www.boe.es

1. La Comisión Mixta estará copresidida por el titular del Departamento del
Gobierno de Aragón competente en materia de Justicia y el Fiscal Superior de la
Comunidad Autónoma.
La Presidencia se ejercerá, alternando por semestres naturales, por el titular del
Departamento del Gobierno de Aragón competente en materia de Justicia y por el Fiscal
Superior de la Comunidad Autónoma, empezando por el primero de ellos, actuando el
segundo como Vicepresidente de la Comisión.
2. La Comisión Mixta estará integrada por los siguientes miembros: