III. Otras disposiciones. MINISTERIO FISCAL. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2021-6942)
Decreto de 20 de octubre de 2020, de la Fiscal General del Estado, por el que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Aragón, para la creación de la Comisión mixta de coordinación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y el Ministerio Fiscal en dicha Comunidad Autónoma.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 28 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 50876

Fiscal se organiza por medio de órganos propios conforme a los principios de unidad de
actuación y dependencia jerárquica y con sujeción, en todo caso, a los de legalidad e
imparcialidad.
El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, en sus artículos 11 y 18, prevé la
colaboración del Ministerio Fiscal y Comunidades Autónomas con competencias en
Administración de Justicia, para la efectividad de las funciones que ésta tiene atribuidas
en medios personales y materiales. Ello alcanzará a la construcción y reforma de
edificios judiciales y de fiscalía, provisión de bienes muebles y materiales de
dependencias judiciales y fiscales, medios informáticos y nuevas tecnologías, así como
Cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia.
La organización territorial del Ministerio Fiscal ha experimentado una importante
modificación en virtud de la Ley 24/2007, de 9 de octubre, con la finalidad de adecuarse
al estado de las autonomías y permitir un despliegue territorial más eficiente para hacer
frente a las funciones que tiene atribuidas el Ministerio Fiscal, despliegue que lleva a
cabo el Real Decreto 1754/2007, de 28 de diciembre.
El Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por Ley orgánica 5/2007, de 20 de
abril, dedica el título IV a la Justicia y en el artículo 66 dispone que el Fiscal Jefe del
Tribunal Superior de Justicia representa al Ministerio Fiscal en Aragón, siendo sus
funciones las que establece el Estatuto orgánico del Ministerio Fiscal. La figura del Fiscal
Jefe del Tribunal Superior de Justicia fue sustituida por la de Fiscal Superior de la
Comunidad Autónoma por la Ley 24/2007 de 9 de octubre, de reforma del Estatuto
Orgánico del Ministerio Fiscal.
Asimismo, atribuye en su artículo 71.59.ª competencia exclusiva a la Comunidad
Autónoma de Aragón en lo relativo a medios personales y materiales, lo que comporta,
según dicción del mismo, la potestad legislativa, reglamentaria, ejecutiva y el
establecimiento de una política propia. Ello supondrá según su artículo 69.3 y 4, la
organización, dotación y gestión de las oficinas judiciales, órganos y servicios de apoyo a
los órganos jurisdiccionales, organización de los servicios de justicia gratuita y
orientación jurídica gratuita.
En ejecución de la previsión competencial se promulgó el Real Decreto 1702/2007,
de 14 de diciembre, por el que se produjo el traspaso de funciones y servicios de la
Administración General del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón, en materia de
provisión de medios personales, materiales y económicos para el funcionamiento de la
Administración de Justicia
Según lo expuesto, y en razón de las competencias que corresponden al Ministerio
Fiscal y a la Comunidad Autónoma de Aragón y para un mejor desarrollo de las mismas
y de la mutua cooperación, ambas partes expresan la conveniencia de crear la Comisión
Mixta de coordinación entre la Comunidad Autónoma de Aragón y el Ministerio Fiscal en
dicha Comunidad Autónoma.
Con fecha 9 de marzo de 2009 la Fiscalía General del Estado y la Comunidad
Autónoma de Aragón suscribieron un convenio para la creación de la comisión mixta de
coordinación entre la Comunidad Autónoma de Aragón y el Ministerio Fiscal en dicha
Comunidad Autónoma con un plazo de vigencia indefinido.
La disposición adicional octava punto primero de la Ley 40/2015, de 1 de octubre
antes citada, establece la obligatoriedad para los convenios suscritos con anterioridad a
su entrada en vigor de adaptarse a las nuevas prescripciones introducidas por la nueva
normativa antes citada.
Por todo ello mediante la firma del presente convenio se procede a adaptar el
convenio a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y por ende al mismo tiempo mediante la
cláusula séptima se procede a resolver el protocolo de colaboración suscrito con fecha 9
de marzo de 2009 por la Fiscalía General del Estado y la Comunidad Autónoma de
Aragón para la creación de la Comisión Mixta de Coordinación entre la Administración de
la Comunidad Autónoma de Aragón y el Ministerio Fiscal en dicha Comunidad
Autónoma.

cve: BOE-A-2021-6942
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Núm. 101