III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2021-6863)
Resolución de 20 de abril de 2021, de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., por la que se publica el Convenio con la Junta Central de Regantes de la Mancha Oriental, para el seguimiento de las medidas de gestión de los regadíos en la Mancha Oriental.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 100
Martes 27 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 49687
podrá preverse, entre otras cosas, la sustitución de las captaciones de aguas
subterráneas preexistentes por captaciones comunitarias, así como el apoyo económico
y técnico del Organismo de cuenca a la comunidad de usuarios para el cumplimiento de
los términos del Convenio.
Que por Resolución de la Confederación Hidrográfica del Júcar de 13 de diciembre
de 2016 se declara a la JCRMO como la comunidad de usuarios ya constituida a efectos
de lo dispuesto por los artículo 41 del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica
del Júcar, aprobado por Real Decreto 1/2016, de 8 de enero; y ordena la obligatoria
integración en ella de los usuarios de aprovechamientos de las masas de agua
subterránea que no se encuentran en buen estado cuantitativo y de las contiguas en
buen estado con relación hidrológica directa, así como de las masas de agua superficial
asociadas a las anteriores.
Que para la materialización por parte del Organismo de cuenca de los derechos al uso
del agua es imprescindible una adecuada caracterización física y administrativa de los
distintos aprovechamientos. Con esta finalidad, se suscribieron dos convenios en 1999
y 2001 entre la Confederación Hidrográfica del Júcar y la Junta Central de Regantes de la
Mancha Oriental para la Caracterización Física y Administrativa de las Unidades de
Gestión Hídrica del Acuífero Mancha Oriental, ya concluidos. En el año 2003 se firmó un
nuevo Convenio para el seguimiento del Plan de Explotación y asistencia en los trabajos
de regularización administrativa de los regadíos del Acuífero Mancha Oriental, ampliado
en los convenios suscritos todos los años desde 2004 a 2018 a trabajos que integran
medidas de gestión de los recursos hídricos en La Mancha Oriental.
Que la experiencia en la colaboración entre la CHJ y la JCRMO en anteriores
acuerdos, aunando los esfuerzos, medios e información de ambas entidades, ha
demostrado su eficacia y garantía de los resultados, teniendo en cuenta, entre otros
aspectos, la facilidad de acceso de los interesados a la información relevante en la
resolución de su expediente.
Que con fecha 20 de marzo de 2019 se firmó el Convenio entre la Confederación
Hidrográfica del Júcar y la Junta Central de Regantes de la Mancha Oriental para el
seguimiento de las medidas de Gestión de los regadíos en la Mancha Oriental, cuya
vigencia se extendió hasta el 31 de diciembre de 2020.
Que, habiéndose cumplido los objetivos del Convenio, existe voluntad de continuar
los trabajos.
Que como paso previo a la elaboración del Plan de Explotación de la masa de agua
subterránea de la Mancha Oriental, que deberá efectuarse, según lo establecido en el
PHD, con la colaboración de los usuarios de dicha masa y vinculante para todos ellos,
resulta de especial interés continuar aplicando las Normas Provisionales de Gestión de
la JCRMO, según la denominación de la Resolución de Presidencia de la CHJ de 19 de
febrero de 1999 (Normas de gestión, coordinación y control de los aprovechamientos de
regadío de la Mancha). Y, a dicho fin, dando continuidad a las actuaciones anteriores,
ambas partes han decidido coordinar sus esfuerzos para la ejecución de las mismas y
estiman necesario continuar con dicha colaboración, y formalizar nuevo Convenio, de
conformidad con las siguientes.
CLÁUSULAS
Las partes firmantes acuerdan suscribir Convenio para continuar con la ejecución de forma
coordinada y en colaboración, de las actuaciones que se define en los siguientes puntos:
1. Trabajos de apoyo para la regularización administrativa de los aprovechamientos
de aguas subterráneas en La Mancha Oriental, con destino a regadío u otros usos.
2. Actualización de las bases de datos de características de los aprovechamientos
de aguas subterráneas con destino a riego en La Mancha Oriental.
3. Seguimiento de las normas de gestión de las campañas 2021 y 2022.
cve: BOE-A-2021-6863
Verificable en https://www.boe.es
Primera. Objeto.
Núm. 100
Martes 27 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 49687
podrá preverse, entre otras cosas, la sustitución de las captaciones de aguas
subterráneas preexistentes por captaciones comunitarias, así como el apoyo económico
y técnico del Organismo de cuenca a la comunidad de usuarios para el cumplimiento de
los términos del Convenio.
Que por Resolución de la Confederación Hidrográfica del Júcar de 13 de diciembre
de 2016 se declara a la JCRMO como la comunidad de usuarios ya constituida a efectos
de lo dispuesto por los artículo 41 del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica
del Júcar, aprobado por Real Decreto 1/2016, de 8 de enero; y ordena la obligatoria
integración en ella de los usuarios de aprovechamientos de las masas de agua
subterránea que no se encuentran en buen estado cuantitativo y de las contiguas en
buen estado con relación hidrológica directa, así como de las masas de agua superficial
asociadas a las anteriores.
Que para la materialización por parte del Organismo de cuenca de los derechos al uso
del agua es imprescindible una adecuada caracterización física y administrativa de los
distintos aprovechamientos. Con esta finalidad, se suscribieron dos convenios en 1999
y 2001 entre la Confederación Hidrográfica del Júcar y la Junta Central de Regantes de la
Mancha Oriental para la Caracterización Física y Administrativa de las Unidades de
Gestión Hídrica del Acuífero Mancha Oriental, ya concluidos. En el año 2003 se firmó un
nuevo Convenio para el seguimiento del Plan de Explotación y asistencia en los trabajos
de regularización administrativa de los regadíos del Acuífero Mancha Oriental, ampliado
en los convenios suscritos todos los años desde 2004 a 2018 a trabajos que integran
medidas de gestión de los recursos hídricos en La Mancha Oriental.
Que la experiencia en la colaboración entre la CHJ y la JCRMO en anteriores
acuerdos, aunando los esfuerzos, medios e información de ambas entidades, ha
demostrado su eficacia y garantía de los resultados, teniendo en cuenta, entre otros
aspectos, la facilidad de acceso de los interesados a la información relevante en la
resolución de su expediente.
Que con fecha 20 de marzo de 2019 se firmó el Convenio entre la Confederación
Hidrográfica del Júcar y la Junta Central de Regantes de la Mancha Oriental para el
seguimiento de las medidas de Gestión de los regadíos en la Mancha Oriental, cuya
vigencia se extendió hasta el 31 de diciembre de 2020.
Que, habiéndose cumplido los objetivos del Convenio, existe voluntad de continuar
los trabajos.
Que como paso previo a la elaboración del Plan de Explotación de la masa de agua
subterránea de la Mancha Oriental, que deberá efectuarse, según lo establecido en el
PHD, con la colaboración de los usuarios de dicha masa y vinculante para todos ellos,
resulta de especial interés continuar aplicando las Normas Provisionales de Gestión de
la JCRMO, según la denominación de la Resolución de Presidencia de la CHJ de 19 de
febrero de 1999 (Normas de gestión, coordinación y control de los aprovechamientos de
regadío de la Mancha). Y, a dicho fin, dando continuidad a las actuaciones anteriores,
ambas partes han decidido coordinar sus esfuerzos para la ejecución de las mismas y
estiman necesario continuar con dicha colaboración, y formalizar nuevo Convenio, de
conformidad con las siguientes.
CLÁUSULAS
Las partes firmantes acuerdan suscribir Convenio para continuar con la ejecución de forma
coordinada y en colaboración, de las actuaciones que se define en los siguientes puntos:
1. Trabajos de apoyo para la regularización administrativa de los aprovechamientos
de aguas subterráneas en La Mancha Oriental, con destino a regadío u otros usos.
2. Actualización de las bases de datos de características de los aprovechamientos
de aguas subterráneas con destino a riego en La Mancha Oriental.
3. Seguimiento de las normas de gestión de las campañas 2021 y 2022.
cve: BOE-A-2021-6863
Verificable en https://www.boe.es
Primera. Objeto.