III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2021-6846)
Resolución de 19 de abril de 2021, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Ronda, para la supresión del paso a nivel 70/696 de la línea Bobadilla-Algeciras y la demolición y construcción de un nuevo paso superior en el p.k. 70/872.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 100
Martes 27 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 49613
las reclamaciones de responsabilidad patrimonial derivadas del uso de ese paso superior
también serán de cuenta y cargo del ayuntamiento de Ronda.
g) El Ayuntamiento de Ronda renuncia expresamente a exigir a ADIF
indemnización por las mejoras introducidas o por cualquier otro concepto.
h) El Ayuntamiento de Ronda asume, por su cuenta y cargo, la totalidad de los
tributos que en la actualidad gravan, o puedan gravar en el futuro, el inmueble, o que
recaigan o puedan recaer sobre él, aunque se hubiera liquidado a ADIF.
i) El Ayuntamiento de Ronda comunicará cualquier defecto detectado en algún
punto del cerramiento afectado por el presente Convenio, sea cual fuere su causa, a la
mayor brevedad y de forma fehaciente a ADIF, con el fin de lograr que no existan o se
minimicen las afectaciones indeseables a la prestación del servicio público ferroviario.
j) El Ayuntamiento de Ronda facilitará las actuaciones correspondientes a las
preceptivas autorizaciones que, en su caso, fueren procedentes.
Obligaciones conjuntas de ADIF y el Ayuntamiento de Ronda:
a) ADIF y el Ayuntamiento de Ronda se obligan a redactar los proyectos y licitar,
dirigir y financiar las obras correspondientes a las actuaciones que se han obligado a
llevar a cabo en los puntos anteriores.
b) ADIF y el Ayuntamiento de Ronda se comprometen a coordinar la ejecución de
las actuaciones que les corresponden con el objetivo de la puesta en servicio de las
mismas y el cierre definitivo del paso a nivel del p.k. 70/696.
c) En el caso de que ADIF hubiera llevado a cabo las actuaciones que se ha
obligado a acometer según el presente Convenio, y no así el Ayuntamiento de Ronda,
ADIF podrá proceder a la clausura definitiva del paso a nivel del p.k. 70/696, teniendo en
cuenta lo indicado en el apartado b) de las obligaciones del Ayuntamiento de Ronda.
Tercera. Financiación de las actuaciones.
La financiación de estas actuaciones, cuyo coste se estima en 1.965.000 euros (sin
IVA), será asumida por las partes de acuerdo a las obligaciones de cada una de ellas
descritas en el punto anterior, con la siguiente distribución temporal:
Organismo
ADIF.
Ayuntamiento de Ronda.
Totales.
Totales
–
Euros
2021
–
Euros
2022
–
Euros
1.500.000
775.000 725.000
465.000
232.500 232.500
1.965.000 1.007.500 957.500
Nota: Cantidades sin IVA.
Forma de abono.
ADIF y el Ayuntamiento de Ronda se comprometen a incluir estas aportaciones en sus
respectivos presupuestos (la partida presupuestaria del Ayuntamiento de Ronda: 134 60901
Convenio ADIF paso a nivel). En el caso de que se prevea un sobrecoste de las
actuaciones consideradas en el presente Convenio, y con carácter previo a la ejecución de
los trabajos, se tratará dicha cuestión en el seno de la Comisión de Seguimiento y, si
procede, se establecerá una adenda modificativa al presente Convenio, entre las
Administraciones implicadas, en la que se acuerde la financiación de los sobrecostes.
Quinta. Seguimiento y gestión del Convenio.
Para la interpretación del presente Convenio, así como para el impulso, vigilancia y
control de las actuaciones de él derivadas se creará, en la primera reunión que se
cve: BOE-A-2021-6846
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.
Núm. 100
Martes 27 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 49613
las reclamaciones de responsabilidad patrimonial derivadas del uso de ese paso superior
también serán de cuenta y cargo del ayuntamiento de Ronda.
g) El Ayuntamiento de Ronda renuncia expresamente a exigir a ADIF
indemnización por las mejoras introducidas o por cualquier otro concepto.
h) El Ayuntamiento de Ronda asume, por su cuenta y cargo, la totalidad de los
tributos que en la actualidad gravan, o puedan gravar en el futuro, el inmueble, o que
recaigan o puedan recaer sobre él, aunque se hubiera liquidado a ADIF.
i) El Ayuntamiento de Ronda comunicará cualquier defecto detectado en algún
punto del cerramiento afectado por el presente Convenio, sea cual fuere su causa, a la
mayor brevedad y de forma fehaciente a ADIF, con el fin de lograr que no existan o se
minimicen las afectaciones indeseables a la prestación del servicio público ferroviario.
j) El Ayuntamiento de Ronda facilitará las actuaciones correspondientes a las
preceptivas autorizaciones que, en su caso, fueren procedentes.
Obligaciones conjuntas de ADIF y el Ayuntamiento de Ronda:
a) ADIF y el Ayuntamiento de Ronda se obligan a redactar los proyectos y licitar,
dirigir y financiar las obras correspondientes a las actuaciones que se han obligado a
llevar a cabo en los puntos anteriores.
b) ADIF y el Ayuntamiento de Ronda se comprometen a coordinar la ejecución de
las actuaciones que les corresponden con el objetivo de la puesta en servicio de las
mismas y el cierre definitivo del paso a nivel del p.k. 70/696.
c) En el caso de que ADIF hubiera llevado a cabo las actuaciones que se ha
obligado a acometer según el presente Convenio, y no así el Ayuntamiento de Ronda,
ADIF podrá proceder a la clausura definitiva del paso a nivel del p.k. 70/696, teniendo en
cuenta lo indicado en el apartado b) de las obligaciones del Ayuntamiento de Ronda.
Tercera. Financiación de las actuaciones.
La financiación de estas actuaciones, cuyo coste se estima en 1.965.000 euros (sin
IVA), será asumida por las partes de acuerdo a las obligaciones de cada una de ellas
descritas en el punto anterior, con la siguiente distribución temporal:
Organismo
ADIF.
Ayuntamiento de Ronda.
Totales.
Totales
–
Euros
2021
–
Euros
2022
–
Euros
1.500.000
775.000 725.000
465.000
232.500 232.500
1.965.000 1.007.500 957.500
Nota: Cantidades sin IVA.
Forma de abono.
ADIF y el Ayuntamiento de Ronda se comprometen a incluir estas aportaciones en sus
respectivos presupuestos (la partida presupuestaria del Ayuntamiento de Ronda: 134 60901
Convenio ADIF paso a nivel). En el caso de que se prevea un sobrecoste de las
actuaciones consideradas en el presente Convenio, y con carácter previo a la ejecución de
los trabajos, se tratará dicha cuestión en el seno de la Comisión de Seguimiento y, si
procede, se establecerá una adenda modificativa al presente Convenio, entre las
Administraciones implicadas, en la que se acuerde la financiación de los sobrecostes.
Quinta. Seguimiento y gestión del Convenio.
Para la interpretación del presente Convenio, así como para el impulso, vigilancia y
control de las actuaciones de él derivadas se creará, en la primera reunión que se
cve: BOE-A-2021-6846
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.