III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-6652)
Resolución de 16 de abril de 2021, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con el Instituto de Educación Secundaria Príncipe Felipe de la Comunidad de Madrid, para la realización de prácticas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 98

Sábado 24 de abril de 2021

Segunda.

Sec. III. Pág. 48082

Configuración de las prácticas.

En función de las necesidades del INAEM y las disponibilidades de estudiantes, se
determinará de común acuerdo el número de estudiantes que pueden realizar las prácticas.
El IES Príncipe Felipe asumirá y gestionará todos los aspectos formales de la
convocatoria de prácticas objeto del presente Convenio, de acuerdo con la normativa
aplicable, así como su normativa y procedimientos internos, conforme a los principios de
transparencia, publicidad, accesibilidad universal e igualdad de oportunidades, bajo la
dirección y coordinación del responsable de prácticas externas del Instituto.
Tercera. Derechos y deberes de los estudiantes en prácticas.
Durante la realización de las prácticas externas de formación, los estudiantes tendrán
los siguientes derechos:
– A la tutela, durante todo el período de duración de las prácticas, por un profesor
del centro de estudios y por un profesional de la unidad donde realice la misma.
– A la evaluación de su desempeño de acuerdo con los criterios establecidos por el
centro.
– A la obtención de un informe de la actividad desarrollada, su duración su
rendimiento.
– A ser informado en todo momento de la normativa de seguridad y prevención de
riesgos laborales.
– A conciliar, en el caso de los estudiantes con algún tipo de discapacidad, la
realización de las prácticas con aquellas actividades y situaciones personales derivadas
o conectadas con la situación de discapacidad.
– Aquellos otros derechos previstos en la normativa vigente o en este Convenio.
Los estudiantes quedarán sujetos al cumplimiento de las siguientes obligaciones:
– Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas.
– Cumplir con diligencia el proyecto formativo de las prácticas siguiendo las
indicaciones del tutor asignado por el INAEM.
– Incorporarse a la unidad en la fecha acordada, cumplir el horario previsto en el
proyecto educativo, respetar las normas de organización y funcionamiento de la unidad y
seguir las instrucciones del responsable designado para supervisar su proceso formativo.
– Cumplir estrictamente las normas de seguridad y prevención de riesgos laborales.
– Guardar secreto sobre los datos de carácter personal a los que tenga acceso en la
realización de las prácticas, así como sobre cualquier otro tipo de información que pueda
conocer como consecuencia de las mismas, prestando, a estos efectos, su expresa
conformidad.
– Elaborar la memoria final de las prácticas, en la que se haga constar los datos
personales del estudiante, la unidad donde ha realizado las prácticas y su ubicación, la
descripción concreta y detallada de las tareas desarrolladas y departamentos de la unidad a
los que ha estado asignado, la valoración de las tareas desarrolladas con los conocimientos y
competencias adquiridas en relación con los estudios de formación profesional.

El/la alumno/a durante el periodo de realización de las prácticas a las que se refiere
el presente Convenio quedará acogido al seguro escolar o en su caso al correspondiente
seguro de accidentes y/o a cuantos puedan resultar obligatorios.
Quinta.

Duración de las prácticas.

Las prácticas tendrán la duración que establezca el plan de estudios correspondiente
y se determinará en el anexo a este Convenio.

cve: BOE-A-2021-6652
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta. Seguros.