I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Transportes terrestres. (BOE-A-2021-6624)
Real Decreto 284/2021, de 20 de abril, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera y por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 98

Sábado 24 de abril de 2021

Sec. I. Pág. 47898

duración, tarjetas necesarias, emisión de duplicados, control del fraude; otras cuestiones
sobre el tacógrafo digital: Verificación de los tacógrafos, volcado e introducción manual de
datos, funcionamiento y avería del tacógrafo; el tacógrafo inteligente. Formación práctica
con simulador de tacógrafo digital.
6.

Módulo 6. Atención al cliente de transporte de viajeros.

Duración: Ocho horas, que se impartirán en aula.
Contenido: La comunicación, las relaciones con los demás, protocolo en la atención al
cliente.
7.

Módulo 7. Atención e información a los viajeros del autobús

Duración: Ocho horas, que se impartirán en aula.
Contenido: Procesos operativos de la actividad del transporte de viajeros; gestión de
la carga y descarga del vehículo; mecanismos y fundamentos de la comunicación en el
transporte de viajeros; atención al cliente en el transporte de viajeros.
8.

Módulo 8.

Protocolo de actuación para conductores ante un accidente.

Duración: Ocho horas, que se impartirán en aula.
Contenido: Normativa nacional que regula la actuación; pautas de actuación básica y
elementales de actuación en caso de accidente; breves nociones de actuación sobre
heridos.
B)

Programa de los cursos de formación continua

La formación continua, obligatoria para todos los conductores incluidos en el ámbito de
aplicación de este real decreto, deberá permitirles actualizar los conocimientos esenciales
para el ejercicio de su función, haciendo especial hincapié en la seguridad en carretera, la
salud y la seguridad en el trabajo y la reducción del impacto medioambiental en la
conducción.
Dicha función tiene por finalidad profundizar y revisar alguno de los conocimientos
adquiridos con la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la
cualificación inicial. Deberá cubrir una serie de temas diversos e incluir siempre al menos
una materia relacionada con la seguridad vial. Las materias de formación tendrán en
cuenta la evolución legislativa y tecnológica pertinente y, en la medida de lo posible, las
necesidades específicas de formación del conductor.
Sección 1.ª
Módulo 1.

Formación obligatoria para todos los permisos C, C+E, C1, C1+E; D, D+E,
D1, D1+E
Seguridad vial.

a) Objetivo 3.1: Tener conciencia de los riesgos de la carretera y los accidentes de
trabajo.
Contenido: Tipología de los accidentes de trabajo en el sector del transporte;
estadísticas de los accidentes de circulación; implicación de los vehículos pesados/
autocares; y consecuencias humanas, materiales y económicas.
b) Objetivo 3.4: Tener conciencia de la importancia de la aptitud física y mental.
Contenido: Principios de una alimentación sana y equilibrada, efectos del alcohol, los
medicamentos o cualquier otra sustancia que pueda modificar el comportamiento;
síntomas, causas y efectos de la fatiga y el estrés; papel fundamental del ciclo básico
actividad/reposo.

cve: BOE-A-2021-6624
Verificable en https://www.boe.es

Duración: Siete horas que se impartirán en aula.