III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2021-6537)
Resolución de 3 de marzo de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Madrid n.º 8, por la que se suspende la inscripción de una escritura de compraventa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 97

Viernes 23 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 46743

por tanto también de la plaza de garaje, y no es probable y debe ser prescindible el
consentimiento del titular que hurto ya en su momento la plaza de garaje al comprador
de la vivienda para intentar otro negocio con ella, o de sus sucesores si fuera el caso.
Sexta. En el titulo constitutivo de la Comunidad, finca 12182, la pág. 44 del
libro 286 tomo 1894 viene expresamente recogido “–Artículo Décimo Tercero–. De
conformidad con la calificación de VPO, expediente 28-1-0229/82, las plazas de garaje
número (…), quedan expresamente vinculadas a las viviendas que en sus respectivas
inscripciones se determinan”.
En la nota de la vivienda adquirida se dice “A esta finca le ha quedado vinculada la
plaza de garaje número (…). según el art. 13 de los estatutos de la comunidad”.
En la nota simples [sic] de la citada plaza de garaje se dice “Esta finca queda
vinculada a la vivienda (…), según el artículo 130 de los estatutos de la comunidad”.
En ambos casos “ha quedado vinculada” y “queda vinculada” en letras mayúsculas.
No se tiene constancia o por acceso al Registro de la Propiedad N.º 8. Alguna
modificación en los Estatutos de la Comunidad de propietarios que debiera ser por
unanimidad, ni tampoco se tiene constancia de que se hubiera aprobado algún acuerdo
de comunidad de propietarios en cuanto al cambio de los Estatutos o de que el
propietario hubiera intentado o llevado a cabo la desvinculación entre la plaza de garaje
y la vivienda con la intención de proceder a su trasmisión por separado de ambas,
acuerdo que debería en todo caso haber accedido al registro de la propiedad.
En derecho no es discutido el principio de que la norma especial prevalece a la
general y en este caso es claro que la norma especial vinculo esta plaza de garaje a esa
vivienda».
IV
La registradora suscribió informe el día 21 de diciembre de 2020 y elevó el
expediente a este Centro Directivo.
Fundamentos de Derecho
Vistos los artículos 21, 40, 82 y 220 de la Ley Hipotecaria; las Sentencias del Tribunal
Supremo de 26 de mayo de 1994 y 24 de febrero y 6 de octubre de 2014, y las
Resoluciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 23 de
noviembre de 1999, 7 de octubre de 2002, 2 de abril de 2014, 6, 8 y 20 de febrero, 21 de
marzo, 6 de septiembre, 14 de octubre, 21 y 28 de noviembre y 20 de diciembre de 2019
y 9 de enero de 2020.
Son hechos relevantes para la resolución de este expediente los siguientes:

– La finca registral 13.210 tiene, según Registro, la siguiente descripción: «Urbana,
Vivienda dos -está situada en (…) Cuota: uno entero setecientas quince milésimas por
ciento. -A esta finca ha quedado vinculada la plaza de garaje número (…) según el
artículo 13 de los estatutos de comunidad».
– La finca registral 13.103 tiene, según Registro, la siguiente descripción: «Urbana.–
Plaza de garaje (…) situada en la plaza sótano del mismo edificio (…) Cuota: cero
enteros quinientas veintisiete milésimas por ciento.–esta finca queda vinculada a la
vivienda número (…), según el artículo 13 de los estatutos de comunidad».
– Se presenta copia autorizada de la escritura autorizada el día 4 de agosto de 1994
por el notario de Madrid, don Ramón Corral Beneyto, número de protocolo 3.111, por la
que los cónyuges don V. G. T. y doña M. A. P. P. venden a los cónyuges don A. G. P. y
doña C. H. G., la vivienda, finca registral 13.210. Dicha escritura figuraba inscrita en el
Registro de la Propiedad de Madrid número 8, donde causó la inscripción 5.ª de la citada
finca 13.210, al folio 158 del Libro 325 de la sección Segunda; presentándose
nuevamente en ese Registro a los efectos de que se inscriba la compraventa también

cve: BOE-A-2021-6537
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