III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2021-6445)
Resolución de 25 de marzo de 2021, de la Autoridad Portuaria de Barcelona, por la que se publica el Convenio con la Generalitat de Cataluña, para la renovación de su adhesión a la red RESCAT de radiocomunicaciones de emergencias y seguridad de Cataluña.
18 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 96

Jueves 22 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 46279

Aceptar que todos los equipos y accesorios de la red Rescat adquiridos solo serán
mantenidos por el COR, el cual gestionará directamente con las empresas
suministradoras la reparación de los equipos averiados y se encargará de todas las
gestiones necesarias para resolver las incidencias que afecten a los equipos terminales
(excepto material fungible). Con tal de facilitar esta gestión y poder ofrecer un servicio
ágil y eficiente con unos tiempos de respuesta adecuados, el COR, cuando reciba un
equipo averiado de la APB, facilitará otro operativo de la misma marca y modelo con la
misma configuración, la misma programación y la misma identidad, pero que no siempre
será el mismo equipo que se ha enviado a reparar. Por tanto, de cara a gestionar un
inventario, la APB tendrá que utilizar el número de identidad del equipo (ISSI) y no el
número de serie.
Asumir el coste del mantenimiento que realizará el COR sobre los terminales
adquiridos por la APB, tal como se establece en el acuerdo sexto.
Adquirir directamente el material fungible cuando éste se agote, se pierda o se
averíe, y los kits de instalación de terminales móviles cuando sean necesarios por
cambio de vehículo.
Cuarto.

Participación en los costes de explotación de la red Rescat.

El importe que el Departamento de Interior aplicará a la APB en concepto de alta del
servicio será de 155,00 euros (sin IVA) por alta nueva, y el importe de participación en
los costes de operación y mantenimiento de la red Rescat será de 30,27 euros (sin IVA),
mensuales por terminal a partir del momento que el convenio sea eficaz durante el
ejercicio 2021, que corresponde al precio fijado por el Consejo Rector de la red Rescat
en la sesión de 19 de julio de 2017, según los criterios establecidos en la misma sesión.
Este importe estará gravado con el IVA que corresponda.
Cualquier otro cambio futuro de este importe tendrá que ser definido y aprobado
previamente por el Consejo Rector de la red RESCAT, siendo necesario al suponer una
modificación del convenio que se tramite una adenda modificativa de acuerdo con lo
establecido en la ley 40/2015, de 1 de octubre, la propia cláusula doceava del convenio.
Quinto.

Adquisición de terminales.

En el caso que la APB tenga que adquirir nuevos terminales, la adquisición del nuevo
equipamiento se efectuará según el procedimiento de contratación que se establezca,
garantizando la compatibilidad de los equipos con los estándares de la tecnología Tetra y
las especificaciones de la red Rescat, y tendrá que contractar su mantenimiento con las
mismas condiciones de homologación y compatibilidad tecnológica con la red exigidas
por el Departamento de Interior.
Las nuevas adquisiciones de terminales por parte de la APB se tendrán que
comunicar al Departamento de Interior, que las incorporará al expediente del convenio.

A partir del momento que el convenio sea eficaz durante el ejercicio 2021, la APB
asume que el Departamento de Interior le aplicará un importe de 5,66 euros (sin IVA)
mensuales por terminal por el servicio integral de gestión de incidencias del COR, que
corresponde al precio fijado por el Consejo Rector de la red Rescat en la sesión de 19 de
julio de 2017, según los criterios establecidos en la misma sesión. Este importe estará
gravado con el IVA que corresponda.
Cualquier otro cambio futuro de este importe tendrá que ser definido y aprobado
previamente por el Consejo Rector de la red RESCAT y requerirá una adenda al
presente convenio para la actualización de los importes económicos establecidos por los
conceptos mencionados

cve: BOE-A-2021-6445
Verificable en https://www.boe.es

Sexto. Gastos correspondientes al servicio integral del COR.