III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2021-6332)
Resolución 420/38110/2021, de 14 de abril, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Málaga, para la cooperación en materia de formación e investigación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 95

Miércoles 21 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 45266

Séptima. Financiación.
1. Las actividades a desarrollar por este Convenio no implicarán ningún
compromiso financiero ni para el MINISDEF ni para la Universidad, sin perjuicio de lo
dispuesto en el punto 2. de la presente cláusula, y no supondrán incremento del gasto
público ni generarán gasto alguno. Así mismo, no se derivan ni se asumen
contraprestaciones económicas entre las partes. No podrán suponer incremento de
dotaciones ni de retribuciones ni de otros gastos de personal. En concreto, la realización
de las mencionadas actividades, no supondrá, en ningún caso, la percepción de
emolumentos o indemnizaciones a cargo del Estado.
2. La Universidad, a través de la Cátedra de Seguridad, Emergencias y Catástrofes,
estará obligada a sufragar los seguros, de accidentes y responsabilidad civil,
correspondientes de los estudiantes y, en su caso, los equipos personales de protección
contra riesgos laborales para prácticas.
3. El gasto por parte de la Universidad y por los conceptos de alquiler de servicio de
autocar para desplazamientos ida y vuelta de alumnado y profesorado acompañante
desde la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad de Málaga al Segundo
Batallón de Intervención de Emergencias (BIEM II) de la UME, sito en la Base Aérea de
Morón (Sevilla): se estima en las siguientes cuantías: unos 650 euros, IVA incluido. A lo
que habría de añadir el material de equipo de protección individual (EPI) homologado de
carácter fungible de un solo uso en concreto gafas, guantes y mascarillas, cuya
estimación de gasto sería de unos 240 euros, IVA incluido. En todo caso, este gasto está
contemplado en el presupuesto de la Cátedra de Seguridad, Emergencias y Catástrofes
de la Universidad de Málaga.
4. De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional quinta del Real
Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones
públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo; la inclusión en
el sistema de la Seguridad Social de las personas que realicen las practicas indicadas
será en todo caso, obligación exclusiva de la Universidad, puesto que los alumnos que
realicen estas prácticas externas no remuneradas, están realizando allí sus estudios.
Octava.

Medidas de seguimiento, vigilancia y control.

Se constituirá una Comisión Mixta de Seguimiento (Comisión Mixta), para el
desarrollo y seguimiento de este Convenio que estará constituida por dos vocales de
cada una de las partes.
Integrarán la comisión:
Por parte del MINISDEF: El Director General de Reclutamiento y Enseñanza Militar o
persona en quien delegue, y el General Jefe de la UME o persona en quien delegue.
Por parte de la Universidad: El Rector Magnífico o persona en quien delegue y el
Director de la Cátedra de Seguridad, Emergencias y Catástrofes o persona en quien
delegue.

a) Promover las acciones que permitan cumplir los objetivos y condiciones
estipuladas en él así como la interpretación de sus cláusulas y posibles conflictos que
pudieran surgir de su aplicación Establecer los planes de acción anuales que desarrollen
el contenido de este Convenio.
b) Aprobar el programa de prácticas de estudiantes de la Universidad al comienzo
de cada curso académico, que incluirá el Proyecto Formativo y el detalle de las
actividades que se desarrollarán e instalaciones donde se llevarán a cabo.
c) Aprobar la programación de la organización conjunta de cursos, seminarios,
conferencias y jornadas de colaboración y prácticas.

cve: BOE-A-2021-6332
Verificable en https://www.boe.es

Las funciones de esta Comisión Mixta serán: