III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2021-6332)
Resolución 420/38110/2021, de 14 de abril, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Málaga, para la cooperación en materia de formación e investigación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 21 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 45263
6.º Designar a un Tutor de la Entidad Colaboradora, que deberá ser una persona
vinculada al MINISDEF, con experiencia profesional y con los conocimientos necesarios
para realizar una tutela efectiva. Éste organizará y supervisará las actividades a realizar
por los estudiantes con arreglo a lo establecido en el Proyecto Formativo, y orientará y
controlará el desarrollo de las prácticas, asistiéndoles en lo que fuere preciso y
evaluando su aprovechamiento.
7.º Facilitar al Tutor Académico de la Universidad y los profesores responsables de
la Universidad, el acceso a las instalaciones de adiestramiento donde los estudiantes
realizarán las prácticas.
8.º Que las prácticas se desarrollarán durante el horario de trabajo de la unidad,
durante los meses que se determinen entre ambas partes.
9.º Coordinar con el Tutor Académico de la Universidad, el desarrollo de las
actividades de la práctica establecida en este Convenio, incluyendo aquellas
modificaciones del Proyecto Formativo que puedan ser necesarias para su normal
desarrollo, así como la comunicación y resolución de posibles incidencias que pudieran
surgir en su desarrollo y el control de permisos para la realización de exámenes.
10.º Proporcionar al estudiante los medios materiales indispensables para el
desarrollo de la práctica y prestar ayuda y asistencia al estudiante, durante su estancia
en la entidad, para la resolución de aquellas cuestiones de carácter profesional que
pueda necesitar en el desempeño de las actividades que se realicen en ella.
11.º Guardar confidencialidad en relación con cualquier información que conozca
del estudiante en prácticas como consecuencia de su actividad como Tutor de la Entidad
Colaboradora.
12.º Comunicar las faltas de asistencia, disciplina y cualesquiera otras que, a
criterio del Tutor de la Entidad Colaboradora, puedan cometer los estudiantes durante el
tiempo de realización de las prácticas, lo que podría conllevar la suspensión.
13.º Emitir un informe para entrega al estudiante, con mención expresa de las
actividades desarrolladas en prácticas, su duración y, en su caso, su rendimiento.
14.º Emitir el informe final de las prácticas a remitir al Tutor Académico de la
Universidad, según modelo facilitado por la Universidad, de conformidad con los
artículos 11.1.e) y 13 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio.
Cuarta. Aportaciones de la Universidad.
a) En relación a la realización de las prácticas de los estudiantes de la Cátedra de
Seguridad, Emergencias y Catástrofes:
1.º Notificar con la antelación suficiente, el listado de estudiantes, Tutor Académico
de la Universidad y profesores responsables de la Universidad que acudirán el día de las
prácticas.
2.º
Designar un responsable que garantice el orden y la disciplina del grupo
cuando se encuentre en alguna instalación militar.
3.º Garantizar que todo el personal que visite las instalaciones del MINISDEF y
participe en las prácticas, o ambos casos (estudiantes, profesores, etc.), esté incluido en
un seguro que cubra los posibles años derivados de su realización, tanto de accidentes
como de responsabilidad civil (seguro de daños personales y materiales, tanto propios
como de terceros), de forma que el MINISDEF quede exonerado de cualquier
responsabilidad por dicho motivo. La Universidad, a través de la Cátedra de Seguridad,
Emergencias y Catástrofes, gestionará y remitirá a la unidad del MINISDEF
correspondiente, copia de las pólizas de los seguros anteriores suscritos, y asumirá
como obligación, la Universidad, el pago de sus primas durante el tiempo de vigencia del
presente Convenio y sus prórrogas.
4.º Proporcionar el Proyecto Formativo correspondiente al MINISDEF, para que la
unidad correspondiente realice la oferta de prácticas, documento que se remitirá a la
Facultad que corresponda de la Universidad.
cve: BOE-A-2021-6332
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 95
Miércoles 21 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 45263
6.º Designar a un Tutor de la Entidad Colaboradora, que deberá ser una persona
vinculada al MINISDEF, con experiencia profesional y con los conocimientos necesarios
para realizar una tutela efectiva. Éste organizará y supervisará las actividades a realizar
por los estudiantes con arreglo a lo establecido en el Proyecto Formativo, y orientará y
controlará el desarrollo de las prácticas, asistiéndoles en lo que fuere preciso y
evaluando su aprovechamiento.
7.º Facilitar al Tutor Académico de la Universidad y los profesores responsables de
la Universidad, el acceso a las instalaciones de adiestramiento donde los estudiantes
realizarán las prácticas.
8.º Que las prácticas se desarrollarán durante el horario de trabajo de la unidad,
durante los meses que se determinen entre ambas partes.
9.º Coordinar con el Tutor Académico de la Universidad, el desarrollo de las
actividades de la práctica establecida en este Convenio, incluyendo aquellas
modificaciones del Proyecto Formativo que puedan ser necesarias para su normal
desarrollo, así como la comunicación y resolución de posibles incidencias que pudieran
surgir en su desarrollo y el control de permisos para la realización de exámenes.
10.º Proporcionar al estudiante los medios materiales indispensables para el
desarrollo de la práctica y prestar ayuda y asistencia al estudiante, durante su estancia
en la entidad, para la resolución de aquellas cuestiones de carácter profesional que
pueda necesitar en el desempeño de las actividades que se realicen en ella.
11.º Guardar confidencialidad en relación con cualquier información que conozca
del estudiante en prácticas como consecuencia de su actividad como Tutor de la Entidad
Colaboradora.
12.º Comunicar las faltas de asistencia, disciplina y cualesquiera otras que, a
criterio del Tutor de la Entidad Colaboradora, puedan cometer los estudiantes durante el
tiempo de realización de las prácticas, lo que podría conllevar la suspensión.
13.º Emitir un informe para entrega al estudiante, con mención expresa de las
actividades desarrolladas en prácticas, su duración y, en su caso, su rendimiento.
14.º Emitir el informe final de las prácticas a remitir al Tutor Académico de la
Universidad, según modelo facilitado por la Universidad, de conformidad con los
artículos 11.1.e) y 13 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio.
Cuarta. Aportaciones de la Universidad.
a) En relación a la realización de las prácticas de los estudiantes de la Cátedra de
Seguridad, Emergencias y Catástrofes:
1.º Notificar con la antelación suficiente, el listado de estudiantes, Tutor Académico
de la Universidad y profesores responsables de la Universidad que acudirán el día de las
prácticas.
2.º
Designar un responsable que garantice el orden y la disciplina del grupo
cuando se encuentre en alguna instalación militar.
3.º Garantizar que todo el personal que visite las instalaciones del MINISDEF y
participe en las prácticas, o ambos casos (estudiantes, profesores, etc.), esté incluido en
un seguro que cubra los posibles años derivados de su realización, tanto de accidentes
como de responsabilidad civil (seguro de daños personales y materiales, tanto propios
como de terceros), de forma que el MINISDEF quede exonerado de cualquier
responsabilidad por dicho motivo. La Universidad, a través de la Cátedra de Seguridad,
Emergencias y Catástrofes, gestionará y remitirá a la unidad del MINISDEF
correspondiente, copia de las pólizas de los seguros anteriores suscritos, y asumirá
como obligación, la Universidad, el pago de sus primas durante el tiempo de vigencia del
presente Convenio y sus prórrogas.
4.º Proporcionar el Proyecto Formativo correspondiente al MINISDEF, para que la
unidad correspondiente realice la oferta de prácticas, documento que se remitirá a la
Facultad que corresponda de la Universidad.
cve: BOE-A-2021-6332
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 95