III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2021-6332)
Resolución 420/38110/2021, de 14 de abril, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Málaga, para la cooperación en materia de formación e investigación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 95
Miércoles 21 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 45262
Universitarios y Centros de Investigación de la Universidad relacionados con ámbitos de
actuación compartidos.
2.
Para el perfeccionamiento de la formación del personal del MINISDEF:
La Universidad comunicará al MINISDEF aquellas actividades formativas y proyectos
de investigación de cualquier naturaleza que, en el ámbito de las Emergencias y
Catástrofes tenga programados realizar en su contexto y que sean de interés para
MINISDEF, invitándole a asistir o participar en ellas.
3. Para la realización de las prácticas por parte de los estudiantes de la
Universidad:
a) El MINISDEF ofrecerá las instalaciones que tiene acondicionadas con objeto de
realizar ejercicios de instrucción y adiestramiento, para el desarrollo de las prácticas de
los estudiantes de acuerdo a un calendario anticipado que permita la correspondiente
programación y simultaneidad de otras actividades.
b) Para cada una de las prácticas se elaborará un documento de trabajo específico
elaborado en la Comisión de Mixta de Seguimiento con arreglo a lo previsto en la
cláusula octava de este Convenio, que recoja los detalles concretos de coordinación,
teniendo en consideración:
– Los horarios de realización de las prácticas se establecerán de acuerdo con las
características de estas y las disponibilidades del MINISDEF.
– Los estudiantes deberán cumplir las normas de régimen interno del MINISDEF y
seguir las instrucciones que reciban de su responsable. La Unidad informará y hará
cumplir y respetar al alumnado las medidas de seguridad e higiene establecidas en el
centro.
– El MINISDEF no se responsabiliza de cualquier daño que afecte a un estudiante
por desobediencia o negligencia por parte de éste último.
c) La participación del MINISDEF en el programa de prácticas no supondrá la
adquisición de más compromisos que los estipulados en el presente Convenio.
Tercera. Aportaciones del MINISDEF.
1.º Ceder las instalaciones que tiene acondicionadas como escenarios de su
preparación para su realización.
2.º Facilitar el acceso a las instalaciones militares de acuerdo con el protocolo
operativo de la unidad.
3.º Recibir a los estudiantes, atendiendo a la organización grupal y en las fechas
que previamente se determinen.
4.º No cubrir con los estudiantes ningún puesto de trabajo ni tener ningún tipo de
vinculación o relación laboral, contractual o estatutaria. Por tanto, no adquiere la
obligación de remunerarles por los trabajos efectuados durante la realización de las
referidas prácticas.
5.º Informar a los estudiantes en prácticas de la organización y funcionamiento de
la entidad colaboradora y de la normativa de interés, especialmente las relativas a la
Seguridad y a la Prevención de Riesgos Laborales y velar por su cumplimiento.
cve: BOE-A-2021-6332
Verificable en https://www.boe.es
a) En relación a la ejecución de proyectos y programas de investigación, desarrollo
e innovación, colaborar con la Universidad en aquellos proyectos con intereses
convergentes, en especial los proyectos de la Cátedra de Seguridad, Emergencias y
Catástrofes en coordinación con el Grupo de Investigación de Robótica, en el ámbito de
su aplicación a drones y robots en emergencias.
b) Colaborar en la organización conjunta de cursos, seminarios, conferencias y
jornadas relacionadas con el ámbito de las emergencias y su atención a las personas.
c) En relación a la realización de las prácticas de los estudiantes de la Universidad:
Núm. 95
Miércoles 21 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 45262
Universitarios y Centros de Investigación de la Universidad relacionados con ámbitos de
actuación compartidos.
2.
Para el perfeccionamiento de la formación del personal del MINISDEF:
La Universidad comunicará al MINISDEF aquellas actividades formativas y proyectos
de investigación de cualquier naturaleza que, en el ámbito de las Emergencias y
Catástrofes tenga programados realizar en su contexto y que sean de interés para
MINISDEF, invitándole a asistir o participar en ellas.
3. Para la realización de las prácticas por parte de los estudiantes de la
Universidad:
a) El MINISDEF ofrecerá las instalaciones que tiene acondicionadas con objeto de
realizar ejercicios de instrucción y adiestramiento, para el desarrollo de las prácticas de
los estudiantes de acuerdo a un calendario anticipado que permita la correspondiente
programación y simultaneidad de otras actividades.
b) Para cada una de las prácticas se elaborará un documento de trabajo específico
elaborado en la Comisión de Mixta de Seguimiento con arreglo a lo previsto en la
cláusula octava de este Convenio, que recoja los detalles concretos de coordinación,
teniendo en consideración:
– Los horarios de realización de las prácticas se establecerán de acuerdo con las
características de estas y las disponibilidades del MINISDEF.
– Los estudiantes deberán cumplir las normas de régimen interno del MINISDEF y
seguir las instrucciones que reciban de su responsable. La Unidad informará y hará
cumplir y respetar al alumnado las medidas de seguridad e higiene establecidas en el
centro.
– El MINISDEF no se responsabiliza de cualquier daño que afecte a un estudiante
por desobediencia o negligencia por parte de éste último.
c) La participación del MINISDEF en el programa de prácticas no supondrá la
adquisición de más compromisos que los estipulados en el presente Convenio.
Tercera. Aportaciones del MINISDEF.
1.º Ceder las instalaciones que tiene acondicionadas como escenarios de su
preparación para su realización.
2.º Facilitar el acceso a las instalaciones militares de acuerdo con el protocolo
operativo de la unidad.
3.º Recibir a los estudiantes, atendiendo a la organización grupal y en las fechas
que previamente se determinen.
4.º No cubrir con los estudiantes ningún puesto de trabajo ni tener ningún tipo de
vinculación o relación laboral, contractual o estatutaria. Por tanto, no adquiere la
obligación de remunerarles por los trabajos efectuados durante la realización de las
referidas prácticas.
5.º Informar a los estudiantes en prácticas de la organización y funcionamiento de
la entidad colaboradora y de la normativa de interés, especialmente las relativas a la
Seguridad y a la Prevención de Riesgos Laborales y velar por su cumplimiento.
cve: BOE-A-2021-6332
Verificable en https://www.boe.es
a) En relación a la ejecución de proyectos y programas de investigación, desarrollo
e innovación, colaborar con la Universidad en aquellos proyectos con intereses
convergentes, en especial los proyectos de la Cátedra de Seguridad, Emergencias y
Catástrofes en coordinación con el Grupo de Investigación de Robótica, en el ámbito de
su aplicación a drones y robots en emergencias.
b) Colaborar en la organización conjunta de cursos, seminarios, conferencias y
jornadas relacionadas con el ámbito de las emergencias y su atención a las personas.
c) En relación a la realización de las prácticas de los estudiantes de la Universidad: