III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2021-6356)
Resolución de 15 de abril de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Consejo General de la Abogacía Española, para la implantación del sistema de comunicación por videoconferencia entre colegios de abogados y centros penitenciarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 95
Miércoles 21 de abril de 2021
Quinta.
Sec. III. Pág. 45824
Comisión de Seguimiento.
Al objeto de conseguir una mayor eficacia y operatividad en las relaciones entre las
partes, se constituirá una Comisión de Seguimiento, de carácter paritario, con tres
personas representantes de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y con
tres personas representantes del Consejo General de la Abogacía Española, que se
reunirán periódicamente y, facultativamente, cuando se considere necesario a petición de
alguna de las partes.
Además, a esta Comisión de Seguimiento se irán incorporando, con voz y sin voto,
las entidades que, con arreglo a lo dispuesto en la cláusula cuarta, se adhieran de
manera efectiva al Convenio.
La Comisión de Seguimiento tendrá la principal función de velar por el cumplimiento
del Convenio, principalmente en lo que se refiere a la adhesión progresiva al sistema por
parte de los Colegios de Abogados y los Centros Penitenciarios dependientes de la
Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, hasta la incorporación de todos ellos.
Además, tendrá las siguientes funciones:
a) Aprobar, por la regla de la unanimidad de las partes, posibles modificaciones en
el contenido y la forma de ejecución de las actuaciones que no supongan una alteración
sustancial de lo pactado en el Convenio.
b) Realizar el seguimiento y la valoración de las actuaciones.
c) Resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran
plantearse.
Serán de aplicación a la actuación de esta Comisión las normas de constitución y
actuación de los órganos colegiados establecidos en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Sexta. Financiación.
El presente Convenio no comportará ningún tipo de contraprestación económica para
la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias ni para el Consejo General de la
Abogacía Española. Los gastos que pudieran derivarse de las actuaciones que se lleven
a cabo en cumplimiento del objeto de este Convenio se financiarán con cargos a los
presupuestos ordinarios de cada institución, en función de sus disponibilidades
presupuestarias.
En concreto, por parte de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, estos
gastos ordinarios para facilitar el sistema de comunicación por videoconferencia con los
Colegios de Abogados se estima que ascenderían a 503.438,00 euros en los años 2021
y 2022, de acuerdo con el siguiente desglose:
Aplicación
2021
2022
16.05.133A.227 116.500,00 233.000,00
Total.
76.969,00
76.969,00
193.469,00 309.969,00
A partir del ejercicio 2023 solo habría que atender los 233.000,00 euros anuales de
gastos corrientes (Capítulo 2). Se hace constar que existe crédito adecuado y suficiente
para sufragar los gastos ordinarios.
Por parte del Consejo General de la Abogacía Española, el presente Convenio
supone para un gasto de actualización de su aplicación informática «Pases a prisión»
estimado en 26.334 euros.
cve: BOE-A-2021-6356
Verificable en https://www.boe.es
16.05.133A.630
Núm. 95
Miércoles 21 de abril de 2021
Quinta.
Sec. III. Pág. 45824
Comisión de Seguimiento.
Al objeto de conseguir una mayor eficacia y operatividad en las relaciones entre las
partes, se constituirá una Comisión de Seguimiento, de carácter paritario, con tres
personas representantes de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y con
tres personas representantes del Consejo General de la Abogacía Española, que se
reunirán periódicamente y, facultativamente, cuando se considere necesario a petición de
alguna de las partes.
Además, a esta Comisión de Seguimiento se irán incorporando, con voz y sin voto,
las entidades que, con arreglo a lo dispuesto en la cláusula cuarta, se adhieran de
manera efectiva al Convenio.
La Comisión de Seguimiento tendrá la principal función de velar por el cumplimiento
del Convenio, principalmente en lo que se refiere a la adhesión progresiva al sistema por
parte de los Colegios de Abogados y los Centros Penitenciarios dependientes de la
Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, hasta la incorporación de todos ellos.
Además, tendrá las siguientes funciones:
a) Aprobar, por la regla de la unanimidad de las partes, posibles modificaciones en
el contenido y la forma de ejecución de las actuaciones que no supongan una alteración
sustancial de lo pactado en el Convenio.
b) Realizar el seguimiento y la valoración de las actuaciones.
c) Resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran
plantearse.
Serán de aplicación a la actuación de esta Comisión las normas de constitución y
actuación de los órganos colegiados establecidos en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Sexta. Financiación.
El presente Convenio no comportará ningún tipo de contraprestación económica para
la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias ni para el Consejo General de la
Abogacía Española. Los gastos que pudieran derivarse de las actuaciones que se lleven
a cabo en cumplimiento del objeto de este Convenio se financiarán con cargos a los
presupuestos ordinarios de cada institución, en función de sus disponibilidades
presupuestarias.
En concreto, por parte de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, estos
gastos ordinarios para facilitar el sistema de comunicación por videoconferencia con los
Colegios de Abogados se estima que ascenderían a 503.438,00 euros en los años 2021
y 2022, de acuerdo con el siguiente desglose:
Aplicación
2021
2022
16.05.133A.227 116.500,00 233.000,00
Total.
76.969,00
76.969,00
193.469,00 309.969,00
A partir del ejercicio 2023 solo habría que atender los 233.000,00 euros anuales de
gastos corrientes (Capítulo 2). Se hace constar que existe crédito adecuado y suficiente
para sufragar los gastos ordinarios.
Por parte del Consejo General de la Abogacía Española, el presente Convenio
supone para un gasto de actualización de su aplicación informática «Pases a prisión»
estimado en 26.334 euros.
cve: BOE-A-2021-6356
Verificable en https://www.boe.es
16.05.133A.630