I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Seguros privados. Seguros agrarios combinados. (BOE-A-2021-6310)
Real Decreto 288/2021, de 20 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras; se da nueva redacción al artículo 34 del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por el Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre; y se modifica el Reglamento para la aplicación de la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, sobre Seguros Agrarios Combinados, aprobado por el Real Decreto 2329/1979, de 14 de septiembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 95

Miércoles 21 de abril de 2021

Sec. I. Pág. 45144

La disposición final segunda da una nueva redacción al artículo 34 del Reglamento de
Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por el Real Decreto 2486/1998,
de 20 de noviembre.
La disposición final tercera regula los títulos competenciales.
La disposición final cuarta hace referencia a la incorporación del Derecho de la Unión
Europea.
La disposición final quinta recoge la habilitación para el desarrollo normativo, y la sexta
y última fija la fecha de entrada en vigor.
Este real decreto es coherente con los principios de buena regulación establecidos en
el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. Atiende al principio de necesidad y eficacia al desarrollar
normativa por imperativo legal, debido a la obligación de transponer directivas europeas,
o en el caso de las modificaciones en determinados aspectos de las tablas biométricas,
por su necesaria actualización. Asimismo, este real decreto es el instrumento más
adecuado para la consecución de dichos objetivos.
El proyecto es conforme con el principio de proporcionalidad, al contener la regulación
imprescindible para la consecución de los objetivos previamente mencionados; se ajusta
al principio de seguridad jurídica, ya que se realiza con el ánimo de mantener el marco
normativo estable, predecible, integrado y claro, e igualmente, cumple el principio de
eficiencia, al evitar cargas administrativas innecesarias o accesorias.
En cuanto al principio de transparencia, se ha dado cumplimiento al trámite de consulta
pública previa, audiencia e información públicas, incluyendo la audiencia a las comunidades
autónomas.
Durante el proceso de elaboración del proyecto han sido consultados, entre otros, el
Ministerio de Justicia, el Ministerio de Consumo, el Ministerio de Educación y Formación
Profesional, el Ministerio de Universidades, el Instituto de Contabilidad y Auditoría de
Cuentas y ha sido sometido a la consideración de la Junta Consultiva de Seguros y Fondos
de Pensiones.
Este real decreto está incluido en el Plan Anual Normativo de 2020.
Las disposiciones contenidas en este real decreto tienen, en general, la consideración
de ordenación básica de la banca y los seguros y de bases de la planificación general de
la actividad económica, con arreglo al artículo 149.1.11.ª y 13.ª de la Constitución
Española.
En su virtud, a propuesta de la Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de
Asuntos Económicos y Transformación Digital, con la aprobación previa del Ministro de
Política Territorial y Función Pública, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de abril de 2021,
DISPONGO:
Artículo único. Modificación del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de
ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.

Uno.
manera:

Se modifica el apartado 1 del artículo 20, que queda redactado de la siguiente

«1. Son actos sujetos a inscripción en el registro administrativo al que se
refiere el artículo 40 de la Ley 20/2015, de 14 de julio:
a) La autorización inicial y la ampliación de la autorización.
b) Los relativos al establecimiento de sucursales o al ejercicio de la actividad
en libre prestación de servicios previstos en la referida ley y en este real decreto.

cve: BOE-A-2021-6310
Verificable en https://www.boe.es

Se modifica el Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación,
supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, que queda
redactado como sigue: