I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2021-6308)
Real Decreto 286/2021, de 20 de abril, por el que se modifican el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y el Real Decreto 497/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 95

Miércoles 21 de abril de 2021

Tres.

Sec. I. Pág. 45120

El artículo 7 queda redactado del siguiente modo:

«Artículo 7. Dirección General de Programas de Protección Internacional y
Atención Humanitaria.

a) La planificación, desarrollo y gestión del sistema nacional de acogida
integral e inclusión de solicitantes de asilo, refugiados y otros beneficiarios de
protección internacional y, en su caso, apátridas y personas acogidas al régimen
de protección temporal, en coordinación con la Secretaría General de Objetivos y
Políticas de Inclusión y Previsión Social.
b) La gestión de subvenciones y otros instrumentos financiación y gestión
para la colaboración con entidades públicas y privadas cuyas actividades se
relacionen con la acogida e inclusión de solicitantes de asilo, refugiados y otros
beneficiarios de protección internacional y, en su caso, apátridas y personas
acogidas al régimen de protección temporal.
c) La planificación, desarrollo y gestión de programas de atención
humanitaria a personas migrantes.
d) La gestión de subvenciones y otros instrumentos de financiación y gestión
para la colaboración con entidades públicas y privadas en materia de defensa de
los derechos humanos de las personas migrantes, y la colaboración con entidades
públicas y privadas cuyas actividades se relacionen con dicha materia.
e) El desarrollo y gestión de programas vinculados al retorno voluntario de
personas migrantes, la reagrupación familiar, y la acogida e inclusión de personas
migrantes con visado de búsqueda de empleo, en coordinación con la Secretaría
General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social.
f) La coordinación y planificación de actuaciones de intervención urgente
para situaciones de carácter excepcional y emergencia humanitaria, en
colaboración, en su caso, con las comunidades autónomas, Delegaciones y
Subdelegaciones del Gobierno, corporaciones locales, así como con entidades
públicas y privadas.
g) La concertación con otros departamentos ministeriales, comunidades
autónomas, entidades locales y entidades públicas y privadas de actuaciones de
acogida e inclusión de personas migrantes, de solicitantes de asilo, refugiados y
otros beneficiarios de protección internacional y, en su caso, apátridas y personas
acogidas al régimen de protección temporal, en coordinación con la Secretaría
General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social.
h) La planificación, gestión y seguimiento de los centros de migraciones, así
como de las derivaciones desde estos centros a otros recursos o programas.
i) La gestión patrimonial de los recursos muebles e inmuebles en lo que
afecta a los centros de migraciones, su inventario; la gestión de arrendamientos y,
en su caso, los procedimientos de mutación demanial, la adecuación y
conservación de los centros para la acogida de migrantes y el mantenimiento de
sus instalaciones; así como la planificación, coordinación, elaboración y dirección
de los proyectos de obras que afecten a los centros de migraciones.
j) La propuesta de contratación de obras, servicios y suministros necesarios
para el funcionamiento de dichos centros.
2. De la Dirección General de Programas de Protección Internacional y
Atención Humanitaria dependen, con nivel orgánico de subdirección general:
a) La Subdirección General de Programas, a la que corresponde el ejercicio
de las funciones enumeradas en los párrafos a), b), c), d), e) del apartado 1.

cve: BOE-A-2021-6308
Verificable en https://www.boe.es

1. Corresponden a la Dirección General de Programas de Protección
Internacional y Atención Humanitaria las siguientes funciones: