III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Convenios. (BOE-A-2021-6297)
Resolución de 9 de abril de 2021, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se publica el Convenio con la Red Española de Ciudades Inteligentes, para el impulso de la promoción del modelo de ciudad y territorio inteligente entre las entidades locales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 94
Martes 20 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 45051
tiempo máximo permitido por la legislación vigente. No obstante, lo anterior, se
reconocerá expresamente la titularidad de los productos preexistentes o aportados
expresamente por cada parte dentro de los términos establecidos en la Ley de Propiedad
Intelectual.
Ambas partes reconocen y quedan obligadas a respetar los derechos que la actual
legislación en materia de propiedad intelectual e industrial (y las limitaciones que se
recogen en dicha legislación o la que en cada momento y lugar sea aplicable) otorgan a
cada una de ellas sobre sus productos, aplicaciones y/o desarrollos tecnológicos en
general, así como sobre cualesquiera de las transformaciones o modificaciones que
pudieran sufrir ahora y en el futuro por un período de tiempo y con ámbito geográfico
ilimitado y aplicable a cualquier modalidad de explotación.
El Convenio no dará derecho a una de las partes a usar a efectos publicitarios o en
sus relaciones comerciales con terceros, ninguna marca comercial, signo distintivo,
eslogan, emblema o traducción de los mismos que sean titularidad de la otra parte, salvo
que esas relaciones deriven o traigan causa de las actividades objeto del presente
Convenio.
Las plataformas, desarrollos software y cualquier otro producto obtenido como
resultado de la ejecución del presente Convenio se pondrán a disposición de las
Administraciones Públicas para su uso y libre acceso.
Quinta. Financiación.
El importe máximo de la financiación destinada por las Partes a las actuaciones
objeto del presente Convenio es de doscientos ochenta mil euros (280.000 €), que serán
aportados por Red.es.
De este importe:
140.000 euros corresponden a la aplicación presupuestaria nominativa a favor de
Red.es 20.12.467I.443: «A Red.es para la Oficina Técnica de apoyo a la Red Española
de Ciudades Inteligentes (RECI) correspondiente al año 2019.
140.000 euros corresponden a la aplicación presupuestaria nominativa a favor de
Red.es 20.12.467I.443: «A Red.es para la Oficina Técnica de apoyo a la Red Española
de Ciudades Inteligentes (RECI)» correspondiente al año 2020.
Red.es anualmente y en el seno de la Comisión de Seguimiento, justificará las
inversiones realizadas en cada ejercicio económico mediante certificación emitida por el
Director General o el Director de Administración y Finanzas.
Sexta. Seguimiento de la ejecución e impacto de los proyectos.
Séptima. Comisión de seguimiento del presente Convenio.
Se establece una Comisión de Seguimiento del presente Convenio, constituida por
dos representantes de RECI y dos representantes de Red.es, que serán nombrados por
el Director General.
Los miembros de esta Comisión podrán ser sustituidos por las personas que éstos
designen. La sustitución, con carácter definitivo o temporal, de cualquiera de los
cve: BOE-A-2021-6297
Verificable en https://www.boe.es
A fin de que las Partes puedan evaluar el desarrollo de las actuaciones, Red.es
realizará el seguimiento de los proyectos que ejecute la entidad en el marco del presente
Convenio.
Así mismo, a la finalización del Convenio, las Partes elaborarán una memoria de las
actuaciones realizadas para su aprobación por la Comisión de Seguimiento.
La ejecución de los proyectos que se acuerden incluirá, en caso de ser necesarias, la
realización de auditorías técnicas como parte de los procesos de seguimiento y control
de Red.es.
Núm. 94
Martes 20 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 45051
tiempo máximo permitido por la legislación vigente. No obstante, lo anterior, se
reconocerá expresamente la titularidad de los productos preexistentes o aportados
expresamente por cada parte dentro de los términos establecidos en la Ley de Propiedad
Intelectual.
Ambas partes reconocen y quedan obligadas a respetar los derechos que la actual
legislación en materia de propiedad intelectual e industrial (y las limitaciones que se
recogen en dicha legislación o la que en cada momento y lugar sea aplicable) otorgan a
cada una de ellas sobre sus productos, aplicaciones y/o desarrollos tecnológicos en
general, así como sobre cualesquiera de las transformaciones o modificaciones que
pudieran sufrir ahora y en el futuro por un período de tiempo y con ámbito geográfico
ilimitado y aplicable a cualquier modalidad de explotación.
El Convenio no dará derecho a una de las partes a usar a efectos publicitarios o en
sus relaciones comerciales con terceros, ninguna marca comercial, signo distintivo,
eslogan, emblema o traducción de los mismos que sean titularidad de la otra parte, salvo
que esas relaciones deriven o traigan causa de las actividades objeto del presente
Convenio.
Las plataformas, desarrollos software y cualquier otro producto obtenido como
resultado de la ejecución del presente Convenio se pondrán a disposición de las
Administraciones Públicas para su uso y libre acceso.
Quinta. Financiación.
El importe máximo de la financiación destinada por las Partes a las actuaciones
objeto del presente Convenio es de doscientos ochenta mil euros (280.000 €), que serán
aportados por Red.es.
De este importe:
140.000 euros corresponden a la aplicación presupuestaria nominativa a favor de
Red.es 20.12.467I.443: «A Red.es para la Oficina Técnica de apoyo a la Red Española
de Ciudades Inteligentes (RECI) correspondiente al año 2019.
140.000 euros corresponden a la aplicación presupuestaria nominativa a favor de
Red.es 20.12.467I.443: «A Red.es para la Oficina Técnica de apoyo a la Red Española
de Ciudades Inteligentes (RECI)» correspondiente al año 2020.
Red.es anualmente y en el seno de la Comisión de Seguimiento, justificará las
inversiones realizadas en cada ejercicio económico mediante certificación emitida por el
Director General o el Director de Administración y Finanzas.
Sexta. Seguimiento de la ejecución e impacto de los proyectos.
Séptima. Comisión de seguimiento del presente Convenio.
Se establece una Comisión de Seguimiento del presente Convenio, constituida por
dos representantes de RECI y dos representantes de Red.es, que serán nombrados por
el Director General.
Los miembros de esta Comisión podrán ser sustituidos por las personas que éstos
designen. La sustitución, con carácter definitivo o temporal, de cualquiera de los
cve: BOE-A-2021-6297
Verificable en https://www.boe.es
A fin de que las Partes puedan evaluar el desarrollo de las actuaciones, Red.es
realizará el seguimiento de los proyectos que ejecute la entidad en el marco del presente
Convenio.
Así mismo, a la finalización del Convenio, las Partes elaborarán una memoria de las
actuaciones realizadas para su aprobación por la Comisión de Seguimiento.
La ejecución de los proyectos que se acuerden incluirá, en caso de ser necesarias, la
realización de auditorías técnicas como parte de los procesos de seguimiento y control
de Red.es.