III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Encomienda de gestión. (BOE-A-2021-6293)
Resolución de 9 de abril de 2021, de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, O.A., por la que se publica la Encomienda de Gestión con la Comunidad de Usuarios de la masa de agua subterránea "Campo de Calatrava".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 20 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 45007
en el momento del precintado. Ello se acompañará de fotografías generales y de detalle,
concretamente:
a) Estado final del contador instalado en el que se aprecie la lectura con la que
queda instalado.
b) Localización de los precintos colocados en los que se aprecie su identificación.
c) Estado final de las instalaciones.
4.4 En caso de ser negativo, por no reunir alguna de las condiciones o no tener la
documentación técnica correspondiente, se levantará acta haciendo constar las
operaciones realizadas de la cual se remitirá una copia al Organismo de cuenca.
4.5 En caso de existir algún equipo de medida precintado previamente, por
personal de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, O.A., no se podrán romper los
mismos sin la autorización expresa del Organismo, a cuyos efectos se comunicará al
personal del Organismo responsable de la zona.
4.6 Para el funcionamiento efectivo de los equipos de medida instalados, y a los
efectos de las labores a realizar dentro de las verificaciones periódicas a las que están
obligados a pasar los aparatos de medidas, se deberá operar de la siguiente manera:
4.6.1 Se deberán personar en las instalaciones a los efectos de proceder al
desprecintado autorizado previamente, con anotación de la lectura del contador,
levantándose la correspondiente Acta donde se recojan las operaciones realizadas y
acompañada de fotografías generales y de detalle en el que se aprecie el estado de las
instalaciones, uniones inmediatas aguas arriba y abajo, y tornillos del cuerpo del
contador. Todo ello antes de proceder al desprecintado.
Rotos los precintos y desinstalado el contador volumétrico, se fotografiará el interior
del mismo al objeto de visualizar y conocer el estado de los álabes del rodete integrante
de la mecánica del contabilizador.
4.6.2 Previo a la nueva puesta en servicio de las instalaciones, personarse en el
aprovechamiento para proceder al precintado del contador, recogiendo así mismo la
documentación de la prueba de verificación superada entregada por la entidad
acreditada para realizar esta función. De estas labores se levantará la correspondiente
Acta, de la cual se remitirá copia al Organismo de cuenca con la correspondiente
documentación, e igualmente se acompañará de fotografías generales y de detalle del
estado en el que quedan las instalaciones tras la actuación; concretamente:
a) Estado final del contador instalado en el que se aprecie la lectura con la que
queda instalado.
b) Localización de los precintos colocados en los que se aprecie su identificación.
c) Estado final de las instalaciones.
4.7 Las precintos a utilizar por la CUCCva en las actuaciones en las que se precise
su uso, deberán cumplir las normas de calidad vigentes y se ajustarán a algunas de las
siguientes tipologías, o similares:
cve: BOE-A-2021-6293
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 94
Martes 20 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 45007
en el momento del precintado. Ello se acompañará de fotografías generales y de detalle,
concretamente:
a) Estado final del contador instalado en el que se aprecie la lectura con la que
queda instalado.
b) Localización de los precintos colocados en los que se aprecie su identificación.
c) Estado final de las instalaciones.
4.4 En caso de ser negativo, por no reunir alguna de las condiciones o no tener la
documentación técnica correspondiente, se levantará acta haciendo constar las
operaciones realizadas de la cual se remitirá una copia al Organismo de cuenca.
4.5 En caso de existir algún equipo de medida precintado previamente, por
personal de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, O.A., no se podrán romper los
mismos sin la autorización expresa del Organismo, a cuyos efectos se comunicará al
personal del Organismo responsable de la zona.
4.6 Para el funcionamiento efectivo de los equipos de medida instalados, y a los
efectos de las labores a realizar dentro de las verificaciones periódicas a las que están
obligados a pasar los aparatos de medidas, se deberá operar de la siguiente manera:
4.6.1 Se deberán personar en las instalaciones a los efectos de proceder al
desprecintado autorizado previamente, con anotación de la lectura del contador,
levantándose la correspondiente Acta donde se recojan las operaciones realizadas y
acompañada de fotografías generales y de detalle en el que se aprecie el estado de las
instalaciones, uniones inmediatas aguas arriba y abajo, y tornillos del cuerpo del
contador. Todo ello antes de proceder al desprecintado.
Rotos los precintos y desinstalado el contador volumétrico, se fotografiará el interior
del mismo al objeto de visualizar y conocer el estado de los álabes del rodete integrante
de la mecánica del contabilizador.
4.6.2 Previo a la nueva puesta en servicio de las instalaciones, personarse en el
aprovechamiento para proceder al precintado del contador, recogiendo así mismo la
documentación de la prueba de verificación superada entregada por la entidad
acreditada para realizar esta función. De estas labores se levantará la correspondiente
Acta, de la cual se remitirá copia al Organismo de cuenca con la correspondiente
documentación, e igualmente se acompañará de fotografías generales y de detalle del
estado en el que quedan las instalaciones tras la actuación; concretamente:
a) Estado final del contador instalado en el que se aprecie la lectura con la que
queda instalado.
b) Localización de los precintos colocados en los que se aprecie su identificación.
c) Estado final de las instalaciones.
4.7 Las precintos a utilizar por la CUCCva en las actuaciones en las que se precise
su uso, deberán cumplir las normas de calidad vigentes y se ajustarán a algunas de las
siguientes tipologías, o similares:
cve: BOE-A-2021-6293
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 94