II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. TRIBUNAL DE CUENTAS. Funcionarios del Subgrupo A2. (BOE-A-2021-6257)
Resolución de 12 de abril de 2021, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
20 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 20 de abril de 2021
Sec. II.B. Pág. 44882
Puntos por mes
trabajado
∙ Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel de complemento de
destino superior en un nivel al del puesto al que se concursa.
0,04
∙ Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel de complemento de
destino igual al del puesto al que se concursa.
0,03
∙ Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel de complemento de
destino inferior en un nivel al del puesto al que se concursa.
0,02
∙ Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel de complemento de
destino inferior en dos o más niveles al nivel del puesto al que se concursa.
0,01
En el caso de funcionarios procedentes de las situaciones de servicios especiales o
de otras situaciones administrativas con reserva de puesto, se atenderá al nivel del
puesto que tuvieran reservado, o de un puesto equivalente al que ocupaban, ya fuera
con carácter provisional o definitivo, si se encontraran en el tercer año de excedencia por
cuidado de familiares.
El tiempo de permanencia en la situación administrativa de excedencia por cuidado
de familiares, regulado en el artículo 89.4 del texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, se considerará como de prestación de servicios efectivos.
A estos efectos, en el caso de funcionarios que concursen sin nivel de complemento
de destino, se entenderá que prestan sus servicios en un puesto del nivel mínimo
correspondiente al subgrupo de su cuerpo o escala.
Al personal funcionario cesado en puestos de libre designación, removido de puestos
obtenidos por concurso o cuyo puesto haya sido suprimido, que se encuentre pendiente
de asignación de puesto de trabajo, se le valorará el nivel de complemento de destino
correspondiente a su grado personal consolidado.
A los funcionarios que se encuentren en la situación de servicio en otras
Administraciones Públicas (artículo 88 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público) se les considerará, durante el tiempo de permanencia en dicha
situación, el nivel de complemento de destino de los puestos de trabajo que hayan
desempeñado en el periodo objeto de valoración. Si el nivel de complemento de destino
de estos puestos fuera superior o inferior al intervalo de niveles correspondiente al
subgrupo de adscripción del Cuerpo o Escala desde el que participa, se les valorará el
nivel máximo o mínimo del intervalo en la Administración General del Estado. Estos
límites máximo y mínimo se aplicarán igualmente a los funcionarios destinados en la
Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos.
b) Se valorará asimismo, hasta un máximo de 5,00 puntos, la experiencia en el
desempeño de puestos de trabajo pertenecientes al área funcional o sectorial al que
corresponden los puestos convocados y a la similitud de su contenido técnico o
especialización.
Los cinco puntos de este epígrafe se distribuirán de la siguiente forma:
Puesto ocupado por el concursante
Puntos
∙ En una Subdirección o Unidad de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones, en puestos de trabajo de analista y de similar contenido
técnico o especialización al del puesto convocado (analista programador o
analista de sistemas de seguridad, según proceda).
5,00
∙ En una Subdirección o Unidad de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones y en puestos de trabajo de analista.
4,00
∙ En una Subdirección o Unidad de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones.
3,00
cve: BOE-A-2021-6257
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 94
Martes 20 de abril de 2021
Sec. II.B. Pág. 44882
Puntos por mes
trabajado
∙ Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel de complemento de
destino superior en un nivel al del puesto al que se concursa.
0,04
∙ Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel de complemento de
destino igual al del puesto al que se concursa.
0,03
∙ Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel de complemento de
destino inferior en un nivel al del puesto al que se concursa.
0,02
∙ Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel de complemento de
destino inferior en dos o más niveles al nivel del puesto al que se concursa.
0,01
En el caso de funcionarios procedentes de las situaciones de servicios especiales o
de otras situaciones administrativas con reserva de puesto, se atenderá al nivel del
puesto que tuvieran reservado, o de un puesto equivalente al que ocupaban, ya fuera
con carácter provisional o definitivo, si se encontraran en el tercer año de excedencia por
cuidado de familiares.
El tiempo de permanencia en la situación administrativa de excedencia por cuidado
de familiares, regulado en el artículo 89.4 del texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, se considerará como de prestación de servicios efectivos.
A estos efectos, en el caso de funcionarios que concursen sin nivel de complemento
de destino, se entenderá que prestan sus servicios en un puesto del nivel mínimo
correspondiente al subgrupo de su cuerpo o escala.
Al personal funcionario cesado en puestos de libre designación, removido de puestos
obtenidos por concurso o cuyo puesto haya sido suprimido, que se encuentre pendiente
de asignación de puesto de trabajo, se le valorará el nivel de complemento de destino
correspondiente a su grado personal consolidado.
A los funcionarios que se encuentren en la situación de servicio en otras
Administraciones Públicas (artículo 88 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público) se les considerará, durante el tiempo de permanencia en dicha
situación, el nivel de complemento de destino de los puestos de trabajo que hayan
desempeñado en el periodo objeto de valoración. Si el nivel de complemento de destino
de estos puestos fuera superior o inferior al intervalo de niveles correspondiente al
subgrupo de adscripción del Cuerpo o Escala desde el que participa, se les valorará el
nivel máximo o mínimo del intervalo en la Administración General del Estado. Estos
límites máximo y mínimo se aplicarán igualmente a los funcionarios destinados en la
Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos.
b) Se valorará asimismo, hasta un máximo de 5,00 puntos, la experiencia en el
desempeño de puestos de trabajo pertenecientes al área funcional o sectorial al que
corresponden los puestos convocados y a la similitud de su contenido técnico o
especialización.
Los cinco puntos de este epígrafe se distribuirán de la siguiente forma:
Puesto ocupado por el concursante
Puntos
∙ En una Subdirección o Unidad de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones, en puestos de trabajo de analista y de similar contenido
técnico o especialización al del puesto convocado (analista programador o
analista de sistemas de seguridad, según proceda).
5,00
∙ En una Subdirección o Unidad de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones y en puestos de trabajo de analista.
4,00
∙ En una Subdirección o Unidad de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones.
3,00
cve: BOE-A-2021-6257
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 94