II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. TRIBUNAL DE CUENTAS. Funcionarios del Subgrupo A2. (BOE-A-2021-6257)
Resolución de 12 de abril de 2021, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
20 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 94

Martes 20 de abril de 2021

Sec. II.B. Pág. 44881

excepción de la valoración del mérito general de la antigüedad, que se realizará de
acuerdo con lo previsto en la Base Quinta, apartado 5.1.4 de esta convocatoria y de los
cursos realizados por los aspirantes, que se valorarán atendiendo a los acreditados por
los mismos y de acuerdo con lo previsto en el apartado 5.1.3.
Para poder obtener un puesto de trabajo en el presente concurso habrá de alcanzarse
una puntuación mínima de nueve puntos en la primera fase y de seis en la segunda. Los
participantes que en la primera fase no obtengan la puntuación mínima exigida no podrán
pasar a la segunda.
La valoración de los méritos se efectuará de acuerdo con el siguiente baremo:
5.1

Fase primera. Méritos generales.

5.1.1 Grado personal consolidado. El grado personal consolidado se valorará en
relación con el nivel de los puestos de trabajo solicitados, hasta un máximo de 4,00 puntos,
de la siguiente forma:
Grado personal del concursante respecto del nivel del puesto al que concursa

Puntos

∙ Superior en dos o más niveles.

4,00

∙ Superior en un nivel.

3,75

∙ De igual nivel.

3,50

∙ Inferior en un nivel.

3,25

∙ Inferior en dos o más niveles.

3,00

a) Por el desempeño de puestos de trabajo durante los últimos cinco años, según el
nivel del complemento de destino del puesto o de los puestos desempeñados por el
solicitante con carácter provisional o definitivo, hasta un máximo de 3,00 puntos, distribuidos
de la siguiente forma:
Puntos por mes
trabajado

∙ Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel de complemento de
destino superior en dos o más niveles al del puesto al que se concursa.

0,05

cve: BOE-A-2021-6257
Verificable en https://www.boe.es

En este apartado se valorará, en su caso, el grado personal reconocido por cualquier
Administración Pública o en la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, en el Cuerpo o
Escala desde el que participa el funcionario, cuando se halle dentro del intervalo de
niveles establecido en el artículo 71.1 del Reglamento General de Ingreso del Personal
al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo
y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del
Estado, para el subgrupo de titulación en el que se encuentre clasificado el mismo.
En el supuesto de que el grado reconocido en el ámbito de otras Administraciones
Públicas o en la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos exceda del máximo establecido en
la Administración General del Estado, de acuerdo con el artículo 71 del Reglamento
mencionado en el párrafo anterior, para el subgrupo de titulación a que pertenezca el
funcionario, deberá valorársele el grado máximo correspondiente al intervalo de niveles
asignado a su subgrupo de titulación en la Administración General del Estado.
El funcionario que considere tener un grado personal consolidado, o que pueda ser
consolidado durante el período de presentación de solicitudes, deberá recabar de las
unidades competentes en materia de recursos humanos que dicha circunstancia quede
expresamente reflejada en el anexo III.
5.1.2 Trabajo desarrollado. El trabajo desarrollado se evaluará, hasta un máximo
de 8,00 puntos, de la forma siguiente: