III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2021-6238)
Resolución de 13 de abril de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Generalitat de Catalunya, para el control de la incapacidad temporal durante el periodo 2021 a 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 19 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 44811

función de las necesidades de gestión o control existentes en cada momento, bien a
instancia del INSS o sugeridos por la Administración de la Generalitat de Catalunya.
Se pretende potenciar objetivos orientados hacia la modernización de procesos
informáticos, a la implantación de técnicas sanitarias tales como telemedicina,
interconsultas, diagnósticos de alta resolución, consultas on-line, control de
determinados colectivos concretos con una casuística elevada, etc.
Podría acoger, por otra parte, acciones de coordinación necesarias y urgentes y
estrategias de gestión del conocimiento. Así como pilotar, en fase experimental,
determinados proyectos que una vez consolidados puedan generalizarse en el sistema.
II. Objetivos de racionalización del gasto
El 40 % del crédito asignado a la Administración de la Generalitat de Catalunya
queda condicionado al cumplimiento de los objetivos de racionalización del gasto que a
continuación se especifican.
A los efectos del presente Convenio, se tendrá en cuenta el coste, la prevalencia, la
incidencia y el seguimiento de los procesos de corta duración de la prestación de IT
derivada de contingencias comunes de todo el Sistema de la Seguridad Social,
quedando excluidos expresamente los procesos cubiertos por las empresas que
colaboran voluntariamente en la gestión de la Seguridad Social.
A. Indicador: Coste/afiliado/mes: 20 %. El objetivo de adecuación del gasto de IT
por contingencias comunes en la Administración de la Generalitat de Catalunya, se dirige
a propiciar que, durante el año 2021, en su territorio se alcance un gasto de la prestación
económica señalada, medido en términos de coste/afiliado/mes, según se fija en este
anexo.
Puede alcanzarse este objetivo adecuando su coste real en la cantidad que más
adelante se establece. Alternativamente, puede cumplirse el objetivo, total o
parcialmente, dependiendo de la posición en que se encuentre su valor coste/
afiliado/mes, en comparación con la media nacional (esta segunda comparación se
llevará a cabo relacionando valores homogéneos de coste corregido).
En el caso de que no se reduzca el indicador del coste real y el coste corregido se
sitúe en valor igual o por encima de la media nacional, se podrá participar de una parte
del crédito, teniendo en cuenta el grado de convergencia de la Comunidad, con respecto
al coste afiliado medio nacional sin aplicación de coeficientes correctores.
Para la fijación del objetivo de racionalización del gasto de IT, se toma como
situación de partida la media del indicador coste/afiliado/mes de IT, (coste real)
registrado en esta Comunidad durante el año 2019, ello debido a las circunstancias
excepcionales ocasionadas por la crisis del COVID-19, que hace que el ejercicio 2020 no
pueda servir como referente a efectos comparativos.
Coste corregido: Para medir la racionalización del gasto en términos comparativos
equivalentes, se establece un coeficiente corrector que neutraliza la parte del coste en IT
proveniente del distinto peso que tienen las bases reguladoras de IT por contingencias
comunes (derivado éste de salarios/cotizaciones) en cada CCAA e INGESA. Con la
elaboración de estos datos se calcula un «índice agregado» homogeneizador del gasto,
obteniendo para la Comunidad Autónoma un indicador coste/afiliado/mes corregido del
«efecto bases reguladoras de IT» comparable, por tanto, con las restantes CCAA e
INGESA. A partir de este indicador homogéneo, se fija el coste medio/afiliado/mes de la
Comunidad y se calcula el correspondiente a la media nacional.
Durante la vigencia del presente Convenio se analizará la posibilidad de implantar
otros factores correctores.
B. Otros indicadores: 16 %.
B.1 Indicador sobre incidencia: 8 %. Este indicador refleja el número de procesos
de IT iniciados por cada 1000 afiliados. Con él se analiza el comportamiento de los
servicios de atención primaria de la Administración de la Generalitat de Catalunya.

cve: BOE-A-2021-6238
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Núm. 93