III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2021-6238)
Resolución de 13 de abril de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Generalitat de Catalunya, para el control de la incapacidad temporal durante el periodo 2021 a 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 93

Lunes 19 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 44812

B.2 Indicador sobre prevalencia: 8 %. Este indicador refleja el número de procesos
en vigor por cada 1000 afiliados. Con él se pone de manifiesto la permanencia de los
procesos de IT en el momento analizado.
A y B. Valoración de objetivos de racionalización del gasto. La valoración de estos
objetivos se llevará a cabo poniendo su comportamiento en comparación con su propia
trayectoria y alternativamente con el comportamiento de los valores alcanzados por las
demás CC.AA. e INGESA.
El cumplimiento de estos objetivos exigirá la adecuación del valor alcanzado en este
ejercicio, comparado con el obtenido en igual periodo del año anterior y en su defecto
comparándolo con el valor alcanzado por la media nacional. Todo ello según se
desprende del contenido de las bases de cotización del INSS.
En el ejercicio 2021 la comparación con igual periodo del año anterior no se
efectuará, sino que se tomará en consideración el ejercicio 2019, esto es debido a la
crisis sanitaria habida en el año 2020 como consecuencia de la pandemia del COVID-19.
Se considerarán plenamente alcanzados los objetivos, cuando se consiga la
reducción del 2 % del valor de partida del periodo analizado (excepto para el objetivo
coste/afiliado/mes, que requerirá tan sólo una reducción del 1 %). La valoración se hará
comparando los datos del periodo analizado con los de igual periodo del año anterior, en
términos de homogeneidad, excepto en el ejercicio 2021.
Si la Administración de la Generalitat de Catalunya no ha alcanzado la reducción
establecida anteriormente, podrá considerarse cumplido el objetivo en las circunstancias
que a continuación se especifican (para el objetivo coste/afiliado/mes, esta segunda
comparación se refiere al valor corregido).
Si el resultado se sitúa entre el 100 % y el 90 % del valor de la media nacional
(v.m.n.): Se considera cumplido 1/3 del objetivo.
Si el resultado se sitúa en valores inferiores al 90 % e iguales o superiores al 80 %
del v.m.n.: Se consideran cumplidos 2/3 del objetivo.
Si el resultado se sitúa por debajo del 80 % del v.m.n.: Se considera plenamente
cumplido el objetivo.
Si no se ha alcanzado la reducción establecida en el coste afiliado real y tampoco se
está por debajo de la media nacional en el coste corregido, podrá obtenerse el 25 % del
crédito del objetivo cuando el porcentaje de variación del coste/afiliado de la Comunidad
se sitúe en 5 puntos por debajo del porcentaje de variación de la media nacional,
reduciendo por tanto la desviación respecto de esa media.
El INSS facilitará a la Administración de la Generalitat de Catalunya el valor
alcanzado al final de cada ejercicio, en estos indicadores:
Coste/afiliado/mes valor real.
Coste /afiliado/mes valor corregido.
N.º de procesos iniciados/1.000 afiliados.
N.º de procesos en vigor/1.000 afiliados.

Asimismo, el INSS comunicará el valor de la media nacional de dichos indicadores,
alcanzado para cada año.
C. Indicador procesos de corta duración: 4 %. Del análisis de los procesos de IT se
desprende que un número elevado de ellos corresponde a procesos de corta duración,
que provocan además una merma importante para la organización del sistema
productivo. Por ello se establece este objetivo, consistente en la puesta en marcha de un
plan que someta a un seguimiento más riguroso a los procesos de IT cuyo diagnóstico
tenga establecida una duración estándar no superior a 30 días. En este objetivo se
contemplan los procesos de IT por contingencias comunes de INSS y de mutuas.
Con su aplicación se pretende ajustar el número de procesos de IT de esta
modalidad que se inicien, y establecer una cultura de utilización racional de la prestación
en procesos de corta duración, sensibilizando para ello, tanto al médico prescriptor de la

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