III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-6100)
Resolución de 8 de abril de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Defensa y la Autoridad Portuaria de Cartagena, sobre definición de actuaciones en la zona de "El Espalmador" y el "Muelle del Carbón" en la dársena de Cartagena.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 91
Viernes 16 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 43962
como reposición de los servicios afectados por el cambio de titularidad jurídica a través
de la mutación demanial:
a) Sistema de vigilancia y vallado perimetral, para mantener la seguridad física de
la zona del muelle del Carbón que seguirá estando asignada a la Armada, una vez
segregada de la zona cuya mutación se efectúe.
b) Construcción de un nuevo control de acceso a la zona que permanecerá
asignada a la Armada.
c) Ejecución de canalizaciones e instalaciones destinadas a la reposición de
servicios en la zona que seguirá estando asignada a la Armada (reposición de la red de
abastecimiento de agua, alumbrado, suministro de energía eléctrica, red de datos, etc.).
d) Asfaltado del muelle del Carbón en toda su longitud, en una franja de 25 m de
ancho paralela al cantil que continuará asignado a la Armada, incluyendo la franja de
terreno hasta llegar al nuevo vial de acceso, para reponer el firme una vez ejecutadas las
reposiciones de servicios (anexo II).
e) Otras actuaciones sobrevenidas que se consideren necesarias para dicha
reposición de servicios, hasta agotar el importe máximo fijado (incluidas las economías
que se produzcan en las adjudicaciones de las obras).
La Autoridad Portuaria asumirá, caso de ser necesario, el coste de la posible
descontaminación o adecuación de los terrenos objeto de este convenio
La Armada permite a la Autoridad Portuaria el uso de los terrenos objeto de este
convenio a los únicos efectos de poder iniciar, una vez resulte eficaz, las obras
relacionadas en la cláusula tercera, apartado 1.
Asimismo, la Autoridad Portuaria asumirá la contratación, adjudicación y financiación
de la reposición del acceso al Muelle del «Carbón», con unas dimensiones y
características que permitan el acceso de peatones y de vehículos, garantizando la
maniobra de los vehículos pesados habitualmente necesarios para las actividades
portuarias, ya que el acceso actual se vería afectado por el cambio de titularidad, si se
aprobase la mutación demanial, la Autoridad Portuaria también se compromete a
garantizar el acceso temporal de la Armada al Laboratorio de Combustibles, en tanto se
mantenga su actual ubicación y no se lleve a cabo su traslado o desmantelamiento.
El importe máximo de ejecución de todas las obras, incluida la consiguiente
demolición y descontaminación de la Casa de Bombas, es de 795.000 euros, IVA
excluido.
2.
Por el Ministerio de Defensa:
a) Filtrado/depuración de combustible.
b) Unidades medioambientales, del sistema de tratamiento de aguas oleaginosas.
c) Bidones de aceite y lubricante almacenados.
d) Equipos y material, del Laboratorio de Combustibles.
Al completar el traslado, la Autoridad Portuaria será informada por la Armada.
La Armada asumirá la dirección de la redacción de los proyectos constructivos
relativos a las obras citadas en el párrafo 1 de esta cláusula, y su aprobación, que
habrán de ejecutarse dentro del plazo de vigencia de este convenio, así como la
dirección facultativa de las obras.
cve: BOE-A-2021-6100
Verificable en https://www.boe.es
El Ministerio de Defensa se compromete a impulsar e informar favorablemente la
mutación demanial de los terrenos delimitados en la cláusula segunda, en favor de la
Autoridad Portuaria.
El Ministerio de Defensa se compromete a realizar el traslado al Muelle de la «Curra»
de las instalaciones operativas y de las actividades del Muelle del «Carbón», que a
continuación se indican:
Núm. 91
Viernes 16 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 43962
como reposición de los servicios afectados por el cambio de titularidad jurídica a través
de la mutación demanial:
a) Sistema de vigilancia y vallado perimetral, para mantener la seguridad física de
la zona del muelle del Carbón que seguirá estando asignada a la Armada, una vez
segregada de la zona cuya mutación se efectúe.
b) Construcción de un nuevo control de acceso a la zona que permanecerá
asignada a la Armada.
c) Ejecución de canalizaciones e instalaciones destinadas a la reposición de
servicios en la zona que seguirá estando asignada a la Armada (reposición de la red de
abastecimiento de agua, alumbrado, suministro de energía eléctrica, red de datos, etc.).
d) Asfaltado del muelle del Carbón en toda su longitud, en una franja de 25 m de
ancho paralela al cantil que continuará asignado a la Armada, incluyendo la franja de
terreno hasta llegar al nuevo vial de acceso, para reponer el firme una vez ejecutadas las
reposiciones de servicios (anexo II).
e) Otras actuaciones sobrevenidas que se consideren necesarias para dicha
reposición de servicios, hasta agotar el importe máximo fijado (incluidas las economías
que se produzcan en las adjudicaciones de las obras).
La Autoridad Portuaria asumirá, caso de ser necesario, el coste de la posible
descontaminación o adecuación de los terrenos objeto de este convenio
La Armada permite a la Autoridad Portuaria el uso de los terrenos objeto de este
convenio a los únicos efectos de poder iniciar, una vez resulte eficaz, las obras
relacionadas en la cláusula tercera, apartado 1.
Asimismo, la Autoridad Portuaria asumirá la contratación, adjudicación y financiación
de la reposición del acceso al Muelle del «Carbón», con unas dimensiones y
características que permitan el acceso de peatones y de vehículos, garantizando la
maniobra de los vehículos pesados habitualmente necesarios para las actividades
portuarias, ya que el acceso actual se vería afectado por el cambio de titularidad, si se
aprobase la mutación demanial, la Autoridad Portuaria también se compromete a
garantizar el acceso temporal de la Armada al Laboratorio de Combustibles, en tanto se
mantenga su actual ubicación y no se lleve a cabo su traslado o desmantelamiento.
El importe máximo de ejecución de todas las obras, incluida la consiguiente
demolición y descontaminación de la Casa de Bombas, es de 795.000 euros, IVA
excluido.
2.
Por el Ministerio de Defensa:
a) Filtrado/depuración de combustible.
b) Unidades medioambientales, del sistema de tratamiento de aguas oleaginosas.
c) Bidones de aceite y lubricante almacenados.
d) Equipos y material, del Laboratorio de Combustibles.
Al completar el traslado, la Autoridad Portuaria será informada por la Armada.
La Armada asumirá la dirección de la redacción de los proyectos constructivos
relativos a las obras citadas en el párrafo 1 de esta cláusula, y su aprobación, que
habrán de ejecutarse dentro del plazo de vigencia de este convenio, así como la
dirección facultativa de las obras.
cve: BOE-A-2021-6100
Verificable en https://www.boe.es
El Ministerio de Defensa se compromete a impulsar e informar favorablemente la
mutación demanial de los terrenos delimitados en la cláusula segunda, en favor de la
Autoridad Portuaria.
El Ministerio de Defensa se compromete a realizar el traslado al Muelle de la «Curra»
de las instalaciones operativas y de las actividades del Muelle del «Carbón», que a
continuación se indican: