III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-6103)
Resolución de 8 de abril de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Acondicionamiento de la carretera N-260, eje pirenaico, pp.kk. 449+600 a 463+600. Tramo: túnel de Balupor-Fiscal (Huesca)".
25 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 16 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 43981

sueltos de fácil arrastre por la escorrentía. En fase de explotación se corregirán en gran
parte estas afecciones mediante la adopción de medidas correctoras (plantaciones,
drenajes).
El EsIA incluye otras medidas, como la elaboración de un programa de gestión de
residuos y de prevención de la contaminación, teniendo en cuenta la gestión de residuos
tóxicos, de aceites y lubricantes, el almacenamiento de gasóil en obra, los puntos de
recogida de residuos y la ubicación de los puntos de limpieza de cubas de hormigoneras.
En las zonas donde se ubiquen las instalaciones auxiliares, se conservará la tierra
vegetal para la posterior restauración, se impermeabilizará la superficie de ocupación y
se instalarán balsas de decantación.
El INAGA señala que, de forma previa al depósito de materiales sobre la ZDEE-1,
deberá retirarse la tierra vegetal del área afectada, de forma que pueda ser reutilizada
para la restauración de la zona una vez terminados los trabajos. Indica que la
restauración del área deberá contar con un diseño de la restauración paisajística con
criterios de restauración geomorfológica acorde con el entorno del área afectada.
Cabe destacar la presencia del Lugar de Interés Geológico «Anticlinal de Boltaña y
Foz de Jánovas», recogido como «Itinerarios, puntos de observación y otros espacios
geológicos de reconocimiento geológico» en el anexo IV del Catálogo de Lugares de
Interés Geológico de Aragón. Según recoge la documentación complementaria, la Foz
de Jánovas es un flanco del Anticlinal de Boltaña y podría verse afectada por la
actuación. Con carácter general, en los LIG, se prohíben las nuevas infraestructuras
viarias, energéticas y de telecomunicaciones, si bien, excepcionalmente, el órgano
ambiental competente podrá autorizar la ampliación y mejora de las infraestructuras
existentes, siempre que éstas se ubiquen por debajo de 1.500 m de altitud. Asimismo, en
las Áreas de Interés Geológico podrán autorizarse las infraestructuras soterradas que no
afecten a los valores de la gea objeto de protección. El promotor indica que se trata de
una mejora de una infraestructura existente, y que se ubica por debajo de los 1.500 m de
altitud, y señala que las soluciones propuestas para el acondicionamiento de la carretera
en la zona del geoparque pasan por su soterramiento.
En cuanto a los riesgos geológicos, durante el reconocimiento geológico-geotécnico
de superficie el promotor no ha observado, en la franja de trazado, zonas actualmente
inestables, pero sí algunos deslizamientos antiguos:
– PP.KK. 8+900-9+240 (25.000 m3): Existen varios deslizamientos antiguos situados
a media ladera. Aunque la traza de la carretera no interfiere directamente con ellos por
discurrir a nivel inferior, cabría la posibilidad de una reactivación de los mismos si se
efectuaran desmontes de cierta entidad o sin las adecuadas medidas de contención, en
la zona baja de este depósito de suelos.
El promotor indica que no aplica estudiar la necesidad de medidas de contención, ya
que la carretera se encuentra a más de 200 m sobre plano en la alternativa
seleccionada.
– PP.KK. 9+600-9+880: El talud de la carretera actual presenta algunos escarpes que
son reflejo de roturas superficiales ocurridas, posiblemente, durante su ejecución.
– P.K. 9+850 (25.000 m3): Deslizamiento local, sobre cuya masa deslizada descansa,
localmente, la plataforma de la carretera actual.
El promotor señala que la zona de escarpes no se verá afectada, ya que la traza se
aleja de ellos para encarar el viaducto del barranco de Santiago. Respecto al
deslizamiento local, señala que el perfil longitudinal se ha ajustado evitando los
desmontes en terreno inestable por encima de la carretera, se ha dispuesto un muro de
contención en la margen derecha que protegerá la plataforma y se han reducido los
rellenos en la margen izquierda acabándolos con un tacón de escollera.
– PP.KK. 9+940-10+260 (1.000.000 m3): Existe un gran deslizamiento antiguo que
fue provocado por la socavación del río Ara al pie de la ladera y que desplazó
lateralmente su cauce hasta su situación actual. Al deslizamiento en su conjunto se le
considera estable, pero existen deslizamientos menores y potencialmente más activos

cve: BOE-A-2021-6103
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 91