III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-6035)
Resolución de 7 de abril de 2021, del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Universidad Carlos III de Madrid, para la realización de prácticas académicas externas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 90
Jueves 15 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 43438
académico del tutor a que se refiere el artículo 13 del Real Decreto 592/2014, de 11 de
julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes
universitarios, de modo que se impida su tratamiento para una finalidad distinta de la
prevista en el propio Real Decreto, y a su destrucción transcurridos tres años.
La Universidad se compromete a informar a los estudiantes, con ocasión de la
comunicación de los datos personales a la CDTI E.P.E., sobre la existencia de dicha
comunicación y el tratamiento a realizar por CDTI E.P.E. en los términos a que se refiere
el anexo de este Convenio.
2. Datos personales de las personas físicas firmantes y de contacto. Las Partes
autorizan la recogida y el tratamiento de los datos personales de las personas arriba
firmantes y de las personas de contacto de ambas Partes (nombre y apellidos, DNI,
correo electrónico, funciones desempeñadas, etc.), con la finalidad de gestionar la
relación contractual y favorecer la comunicación entre las Partes. Los datos serán
conservados como mínimo hasta la finalización del Convenio y, más allá de su extinción,
si existiera un interés mutuo por ambas Partes en mantener futuras relaciones
profesionales y/o comerciales. La base de legitimación para el tratamiento de los datos
es el cumplimiento de la relación contractual. Las Partes se informan que no cederán los
datos de las personas arriba firmantes y de contacto, salvo que medie consentimiento
expreso o en cumplimiento de una obligación legal. En cualquier momento, las partes
podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de los
datos, limitación u oposición a su tratamiento, así como a obtener información clara y
transparente sobre el tratamiento de sus datos, enviando un escrito acompañado de una
fotocopia del DNI o cualquier otro documento identificativo equivalente, a la dirección
postal del encabezamiento o a un correo electrónico que se hayan facilitado de común
acuerdo. Asimismo, las Partes tienen el derecho a retirar el consentimiento para
cualquier finalidad específica, sin que ello afecte a la licitud del tratamiento basado en el
consentimiento previo a su retirada.
Si alguna de las Partes, considera que los datos no son tratados correctamente por
la otra parte o que las solicitudes de ejercicio de derechos no han sido atendidas
correctamente, tiene el derecho a presentar una reclamación a la autoridad de protección
de datos que corresponda, siendo la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)
la indicada en el territorio nacional, www.agpd.es
Propiedad intelectual.
Si el contenido descrito en el proyecto formativo describe la realización del TFG,
TFM, PFC y TD su defensa ante los Tribunales Calificadores, en ningún caso, podrá ser
objeto de limitación y se estará a lo dispuesto en la normativa de la UC3M en esta
materia.
Si alguna de las Partes firmantes de este Convenio o los estudiantes desearan
utilizar los resultados parciales o finales de su actividad en el CDTI-E.P.E., en parte o en
su totalidad, para proceder a su publicación en forma de artículo, conferencia, memoria o
cualquier otra que se estime, deberá solicitar la conformidad de las Partes por escrito,
quienes deberán responder en un plazo máximo de treinta días, comunicando su
autorización, sus reservas o su disconformidad. Transcurrido dicho plazo sin obtener
respuesta se entenderá que el silencio es la tácita autorización para su difusión.
Durante la realización de las prácticas académicas externas, los estudiantes tendrán
derecho a la propiedad intelectual e industrial en los términos establecidos en la
legislación reguladora de la materia.
En todo caso se respetarán los derechos morales del autor/a o autores/as del
trabajo, tales como el reconocimiento de autoría que a efectos académicos requiere la
presentación, defensa y depósito en los repositorios de la UC3M para estos trabajos.
cve: BOE-A-2021-6035
Verificable en https://www.boe.es
Novena.
Núm. 90
Jueves 15 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 43438
académico del tutor a que se refiere el artículo 13 del Real Decreto 592/2014, de 11 de
julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes
universitarios, de modo que se impida su tratamiento para una finalidad distinta de la
prevista en el propio Real Decreto, y a su destrucción transcurridos tres años.
La Universidad se compromete a informar a los estudiantes, con ocasión de la
comunicación de los datos personales a la CDTI E.P.E., sobre la existencia de dicha
comunicación y el tratamiento a realizar por CDTI E.P.E. en los términos a que se refiere
el anexo de este Convenio.
2. Datos personales de las personas físicas firmantes y de contacto. Las Partes
autorizan la recogida y el tratamiento de los datos personales de las personas arriba
firmantes y de las personas de contacto de ambas Partes (nombre y apellidos, DNI,
correo electrónico, funciones desempeñadas, etc.), con la finalidad de gestionar la
relación contractual y favorecer la comunicación entre las Partes. Los datos serán
conservados como mínimo hasta la finalización del Convenio y, más allá de su extinción,
si existiera un interés mutuo por ambas Partes en mantener futuras relaciones
profesionales y/o comerciales. La base de legitimación para el tratamiento de los datos
es el cumplimiento de la relación contractual. Las Partes se informan que no cederán los
datos de las personas arriba firmantes y de contacto, salvo que medie consentimiento
expreso o en cumplimiento de una obligación legal. En cualquier momento, las partes
podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de los
datos, limitación u oposición a su tratamiento, así como a obtener información clara y
transparente sobre el tratamiento de sus datos, enviando un escrito acompañado de una
fotocopia del DNI o cualquier otro documento identificativo equivalente, a la dirección
postal del encabezamiento o a un correo electrónico que se hayan facilitado de común
acuerdo. Asimismo, las Partes tienen el derecho a retirar el consentimiento para
cualquier finalidad específica, sin que ello afecte a la licitud del tratamiento basado en el
consentimiento previo a su retirada.
Si alguna de las Partes, considera que los datos no son tratados correctamente por
la otra parte o que las solicitudes de ejercicio de derechos no han sido atendidas
correctamente, tiene el derecho a presentar una reclamación a la autoridad de protección
de datos que corresponda, siendo la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)
la indicada en el territorio nacional, www.agpd.es
Propiedad intelectual.
Si el contenido descrito en el proyecto formativo describe la realización del TFG,
TFM, PFC y TD su defensa ante los Tribunales Calificadores, en ningún caso, podrá ser
objeto de limitación y se estará a lo dispuesto en la normativa de la UC3M en esta
materia.
Si alguna de las Partes firmantes de este Convenio o los estudiantes desearan
utilizar los resultados parciales o finales de su actividad en el CDTI-E.P.E., en parte o en
su totalidad, para proceder a su publicación en forma de artículo, conferencia, memoria o
cualquier otra que se estime, deberá solicitar la conformidad de las Partes por escrito,
quienes deberán responder en un plazo máximo de treinta días, comunicando su
autorización, sus reservas o su disconformidad. Transcurrido dicho plazo sin obtener
respuesta se entenderá que el silencio es la tácita autorización para su difusión.
Durante la realización de las prácticas académicas externas, los estudiantes tendrán
derecho a la propiedad intelectual e industrial en los términos establecidos en la
legislación reguladora de la materia.
En todo caso se respetarán los derechos morales del autor/a o autores/as del
trabajo, tales como el reconocimiento de autoría que a efectos académicos requiere la
presentación, defensa y depósito en los repositorios de la UC3M para estos trabajos.
cve: BOE-A-2021-6035
Verificable en https://www.boe.es
Novena.