III. Otras disposiciones. ADMINISTRACIÓN LOCAL. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2021-6044)
Resolución de 24 de marzo de 2021, de la Comisión Insular de Patrimonio Histórico de Mallorca, referente a la incoación del expediente de declaración de bien de interés cultural, con la categoría de zona arqueológica, del conjunto talayótico de Can Vidalet (Pollença).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 90
Jueves 15 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 43482
Bienes muebles vinculados:
Son todos aquellos citados en el apartado anterior, más los que se puedan aportar de
antiguas prospecciones, excavaciones o colecciones.
Memoria histórica:
La zona ha sido afectada por labores agrícolas, por la instalación de redes de
servicios, pero especialmente para la construcción de viviendas a partir de los años
ochenta. Es imposible definir la evolución histórica del conjunto hasta que no se realicen
excavaciones arqueológicas.
Planimetría:
La que obra en el expediente. Anexo 1.
Documentación gráfica:
La que obra en el expediente. Anexo 2.
Por todo lo expuesto y por el alto valor científico e histórico del conjunto, se propone
a la Comisión Insular de Patrimonio Histórico, la incoación del Expediente de Declaración
del Yacimiento Arqueológico Can Vidalet del término municipal de Pollença, como a Bien
de Interés Cultural, con la categoría de zona arqueológica.
ANEXO II
Informe jurídico del servicio de Patrimonio Histórico de fecha 26 de enero de 2021
El Servicio de Patrimonio Histórico ha iniciado de oficio, de acuerdo con el
artículo 7.1 de la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del patrimonio histórico de las Islas
Baleares (LPHIB), la incoación del expediente de declaración de BIC, con categoría de
zona arqueológica del conjunto talayótico de Can Vidalet en el término municipal de
Pollença.
El yacimiento arqueológico «Can Vidalet - El puentecillo» se encuentra incluido en el
Catálogo de Protección de Edificios y Elementos de Interés Histórico, Artístico,
Arquitectónico y Paisajístico del término municipal de Pollença con el número de
identificación JA-176 (con aprobación provisional 20/02/2015). Mascaró Pasarius define
en las inmediaciones otro yacimiento, al que clasifica como de difícil adscripción por su
estado de conservación, con el nombre del Pontarró.
En el expediente consta el informe emitido por el jefe de la sección de arqueología
del Servicio de Patrimonio Histórico, con fecha 22 de enero de 2021 proponiendo que se
incoe el expediente de declaración de BIC, con categoría de zona arqueológica del
conjunto talayótico de Can Vidalet en el término municipal de Pollença con la delimitación
del Bien y de su entorno de protección según la descripción literal y gráfica que figuran
en el informe mencionado y en la planimetría que adjunta.
La propuesta del informe técnico fundamenta su declaración en que es sin duda un
conjunto, que a pesar de la fuerte urbanización que ha sufrido presenta elementos de
gran monumentalidad y altísimo valor científico y patrimonial que hay que preservar es
en este sentido que se hace la propuesta de Incoación de un expediente de declaración
de Bien de Interés Cultural.
En el informe consta la descripción del yacimiento, la delimitación del bien y de su
entorno de protección, la memoria histórica y descriptiva, pertenencias y accesorios del
bien.
cve: BOE-A-2021-6044
Verificable en https://www.boe.es
Informe jurídico en relación con la incoación del expediente de declaración de BIC
con categoría de zona arqueológica del conjunto talayótico de Can Vidalet en el término
municipal de Pollença.
Núm. 90
Jueves 15 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 43482
Bienes muebles vinculados:
Son todos aquellos citados en el apartado anterior, más los que se puedan aportar de
antiguas prospecciones, excavaciones o colecciones.
Memoria histórica:
La zona ha sido afectada por labores agrícolas, por la instalación de redes de
servicios, pero especialmente para la construcción de viviendas a partir de los años
ochenta. Es imposible definir la evolución histórica del conjunto hasta que no se realicen
excavaciones arqueológicas.
Planimetría:
La que obra en el expediente. Anexo 1.
Documentación gráfica:
La que obra en el expediente. Anexo 2.
Por todo lo expuesto y por el alto valor científico e histórico del conjunto, se propone
a la Comisión Insular de Patrimonio Histórico, la incoación del Expediente de Declaración
del Yacimiento Arqueológico Can Vidalet del término municipal de Pollença, como a Bien
de Interés Cultural, con la categoría de zona arqueológica.
ANEXO II
Informe jurídico del servicio de Patrimonio Histórico de fecha 26 de enero de 2021
El Servicio de Patrimonio Histórico ha iniciado de oficio, de acuerdo con el
artículo 7.1 de la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del patrimonio histórico de las Islas
Baleares (LPHIB), la incoación del expediente de declaración de BIC, con categoría de
zona arqueológica del conjunto talayótico de Can Vidalet en el término municipal de
Pollença.
El yacimiento arqueológico «Can Vidalet - El puentecillo» se encuentra incluido en el
Catálogo de Protección de Edificios y Elementos de Interés Histórico, Artístico,
Arquitectónico y Paisajístico del término municipal de Pollença con el número de
identificación JA-176 (con aprobación provisional 20/02/2015). Mascaró Pasarius define
en las inmediaciones otro yacimiento, al que clasifica como de difícil adscripción por su
estado de conservación, con el nombre del Pontarró.
En el expediente consta el informe emitido por el jefe de la sección de arqueología
del Servicio de Patrimonio Histórico, con fecha 22 de enero de 2021 proponiendo que se
incoe el expediente de declaración de BIC, con categoría de zona arqueológica del
conjunto talayótico de Can Vidalet en el término municipal de Pollença con la delimitación
del Bien y de su entorno de protección según la descripción literal y gráfica que figuran
en el informe mencionado y en la planimetría que adjunta.
La propuesta del informe técnico fundamenta su declaración en que es sin duda un
conjunto, que a pesar de la fuerte urbanización que ha sufrido presenta elementos de
gran monumentalidad y altísimo valor científico y patrimonial que hay que preservar es
en este sentido que se hace la propuesta de Incoación de un expediente de declaración
de Bien de Interés Cultural.
En el informe consta la descripción del yacimiento, la delimitación del bien y de su
entorno de protección, la memoria histórica y descriptiva, pertenencias y accesorios del
bien.
cve: BOE-A-2021-6044
Verificable en https://www.boe.es
Informe jurídico en relación con la incoación del expediente de declaración de BIC
con categoría de zona arqueológica del conjunto talayótico de Can Vidalet en el término
municipal de Pollença.