III. Otras disposiciones. ADMINISTRACIÓN LOCAL. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2021-6044)
Resolución de 24 de marzo de 2021, de la Comisión Insular de Patrimonio Histórico de Mallorca, referente a la incoación del expediente de declaración de bien de interés cultural, con la categoría de zona arqueológica, del conjunto talayótico de Can Vidalet (Pollença).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 90

Jueves 15 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 43481

Antecedentes:
El yacimiento arqueológico «Can Vidalet - El pontarró» se encuentra incluido en el
Catálogo de Protección de Edificios y Elementos de Interés Histórico, Artístico,
Arquitectónico y Paisajístico del término municipal de Pollença con el número de
identificación JA-176 (con aprobación provisional 02/20/2015). Mascaró Pasarius define
en las inmediaciones otro yacimiento, al que clasifica como de difícil adscripción por su
estado de conservación, con el nombre de El Pontarró. Es Javier Aramburu quien a su
ficha 35175 de «Mallorca Arqueológica» que recoge como otros nombres el de El
Pontarró, aunque como nombre principal lo identifica con el de Can Vidalet. Para no
crear confusiones aquí identificaremos la Zona Arqueológica con el topónimo de Can
Vidalet exclusivamente.
Es sin duda un conjunto, que a pesar de la fuerte urbanización que ha sufrido
presenta elementos de gran monumentalidad y altísimo valor científico y patrimonial que
hay que preservar es en este sentido que se hace la propuesta de Incoación de un
expediente de declaración de Bien de Interés cultural.
Descripción del yacimiento:
El yacimiento se encuentra en el norte de las casas de Can Vidalet y al sur del
torrente de Sitges, entre el Puig de María y el de la Almadrava.
Conforman este conjunto cinco construcciones turriformes que responderían a
talayots cuadrados y circulares, además de un tumulto escalonado. Todos ellos de época
talayótica. La cerámica en superficie no es especialmente abundante, pero suficiente
para poder afirmar que la utilización o frecuentación del sitio va más allá de la conquista
romana de la isla. El arqueólogo Javier Aramburu en el inventario de materiales
correspondiente a la ficha 35175 de «Mallorca Arqueológica» ya apunta en este sentido.
Recoge un borde de ánfora Laietana una base de Terra sigillata itálica y un borde de
vajilla T.S.A. Hayes 93 que nos lleva a momentos inmediatamente posteriores a la caída
del imperio romano.
Se encuentra en zona de afloramientos de roca, pero también con amplias zonas de
buenas tierras de cultivo. La proximidad del torrente que discurre por el lado
septentrional del conjunto lo hacen un lugar bastante idóneo en cuanto a recursos
hídricos. No podemos dejar de lado mencionar que este conjunto se encuentra en línea
recta a poco más de 800 metros del poblado de Can Daniel con el que seguramente hay
que relacionar.
Delimitación del Bien y el entorno:

Pertenencias y accesorios del bien:
Se incluye dentro del ámbito del bien todos los materiales cerámicos, faunísticos,
sedimentarios o de cualquier otra naturaleza y cronología obtenidos a raíz de cualquier
intervención arqueológica realizada en el pasado y que se pueda hacer en el futuro. En
el caso de que se documenten nuevas estructuras, también quedan incluidas en la
declaración del bien, y se incluirá su planimetría adecuada en este expediente.

cve: BOE-A-2021-6044
Verificable en https://www.boe.es

El área delimitada para el Bien de Interés Cultural es la que se grafía en el plano
adjunto y responde al cálculo de un radio mínimo de 40 m. a partir del centro de cada
una de las construcciones prehistóricas, que nos permite definir el conjunto en su estado
actual. En cualquier caso y con la medida de lo posible, para facilitar la identificación de
la delimitación se han priorizado los límites de las parcelas, los caminos y el torrente
como límites físicos. Extensión Zona Arqueológica 2,89 ha.
La dispersión cerámica y la necesidad de preservar las visuales del conjunto, ya en
muy mal estado, justifican el entorno de protección que se define en el plano de
referencia. Extensión entorno de protección 4,92 ha.