III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-6032)
Resolución de 10 de abril de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda al Convenio entre la Secretaría de Estado de Memoria Democrática y la Sociedad Mercantil Estatal de Acción Cultural, SA, para la organización de actividades de conmemoración del 80 aniversario de la muerte de Manuel Azaña.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 90
Jueves 15 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 43420
Con base en lo anterior, las partes intervinientes formalizan la presente adenda
acordando las modificaciones oportunas al Convenio original, mediante las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
La presente adenda tiene por objeto modificar el Convenio suscrito el 11 de
noviembre de 2020, entre el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y
Memoria Democrática y la Sociedad Mercantil Estatal de Acción Cultural, S.A., para la
organización de actividades de conmemoración del 80 aniversario de la muerte de
Manuel Azaña, en aquellos aspectos que se indican en la cláusula siguiente.
Segunda.
Modificaciones.
Se modifica el contenido del Convenio suscrito el 11 de noviembre de 2020, en los
siguientes términos:
«1. La cláusula segunda del Convenio, relativa a los compromisos de las
partes, en relación con los compromisos correspondientes a la Secretaría de
Estado de Memoria Democrática, el apartado 1.A queda redactado de la manera
indicada a continuación:
"1. La Secretaría de Estado de Memoria Democrática (Ministerio de la
Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática) se compromete a
coorganizar con AC/E las actividades objeto de este Convenio, por ser su
ejecución de interés común para ambas partes, mediante la aportación máxima
de 270.000,00 euros, IVA incluido, que se financiarán con cargo a la aplicación
presupuestaria 25.02.925M.226.06 del presupuesto de gastos del Ministerio de la
Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática correspondiente
a 2020, 2021 y 2022. Dicha cantidad irá destinada a financiar las siguientes
actividades:
– Restauración previa de obras indispensables para el discurso expositivo,
obtención de imágenes y otros gastos relativos a las piezas integrantes de la
exposición.
– Producción y edición de piezas audiovisuales.
– Ejecución y producción del proyecto museográfico, montaje/desmontaje,
incluyendo gráfica y elementos audiovisuales.
– Embalaje y transporte de las piezas integrantes de la exposición origen –
sede de la exposición (Biblioteca Nacional de España)– origen.
– Diseño y producción del catálogo de la exposición para una tirada mínima
de 1.200 ejemplares.
– Honorarios (incluyendo traslados y alojamientos) de la comisaria y el
comisario adjunto, así como del responsable del diseño museográfico para la
adaptación del proyecto para una itinerancia de un máximo de cuatro sedes.
– Transporte de la museografía desde la sede de la primera itinerancia al resto
de sedes y/o al almacén correspondiente de los elementos que no se utilicen.
– Almacenaje, en caso necesario o de no disponibilidad, de los elementos
museográficos mencionados.
Por su parte, en la misma cláusula segunda, dentro de los compromisos
asumidos por AC/E, el apartado 2.A, queda redactado de la siguiente forma:
cve: BOE-A-2021-6032
Verificable en https://www.boe.es
1.A Con respecto a la exposición "Azaña: intelectual y estadista. A los 80
años de su fallecimiento en el exilio" y su catálogo:
Núm. 90
Jueves 15 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 43420
Con base en lo anterior, las partes intervinientes formalizan la presente adenda
acordando las modificaciones oportunas al Convenio original, mediante las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
La presente adenda tiene por objeto modificar el Convenio suscrito el 11 de
noviembre de 2020, entre el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y
Memoria Democrática y la Sociedad Mercantil Estatal de Acción Cultural, S.A., para la
organización de actividades de conmemoración del 80 aniversario de la muerte de
Manuel Azaña, en aquellos aspectos que se indican en la cláusula siguiente.
Segunda.
Modificaciones.
Se modifica el contenido del Convenio suscrito el 11 de noviembre de 2020, en los
siguientes términos:
«1. La cláusula segunda del Convenio, relativa a los compromisos de las
partes, en relación con los compromisos correspondientes a la Secretaría de
Estado de Memoria Democrática, el apartado 1.A queda redactado de la manera
indicada a continuación:
"1. La Secretaría de Estado de Memoria Democrática (Ministerio de la
Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática) se compromete a
coorganizar con AC/E las actividades objeto de este Convenio, por ser su
ejecución de interés común para ambas partes, mediante la aportación máxima
de 270.000,00 euros, IVA incluido, que se financiarán con cargo a la aplicación
presupuestaria 25.02.925M.226.06 del presupuesto de gastos del Ministerio de la
Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática correspondiente
a 2020, 2021 y 2022. Dicha cantidad irá destinada a financiar las siguientes
actividades:
– Restauración previa de obras indispensables para el discurso expositivo,
obtención de imágenes y otros gastos relativos a las piezas integrantes de la
exposición.
– Producción y edición de piezas audiovisuales.
– Ejecución y producción del proyecto museográfico, montaje/desmontaje,
incluyendo gráfica y elementos audiovisuales.
– Embalaje y transporte de las piezas integrantes de la exposición origen –
sede de la exposición (Biblioteca Nacional de España)– origen.
– Diseño y producción del catálogo de la exposición para una tirada mínima
de 1.200 ejemplares.
– Honorarios (incluyendo traslados y alojamientos) de la comisaria y el
comisario adjunto, así como del responsable del diseño museográfico para la
adaptación del proyecto para una itinerancia de un máximo de cuatro sedes.
– Transporte de la museografía desde la sede de la primera itinerancia al resto
de sedes y/o al almacén correspondiente de los elementos que no se utilicen.
– Almacenaje, en caso necesario o de no disponibilidad, de los elementos
museográficos mencionados.
Por su parte, en la misma cláusula segunda, dentro de los compromisos
asumidos por AC/E, el apartado 2.A, queda redactado de la siguiente forma:
cve: BOE-A-2021-6032
Verificable en https://www.boe.es
1.A Con respecto a la exposición "Azaña: intelectual y estadista. A los 80
años de su fallecimiento en el exilio" y su catálogo: