I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional. Títulos académicos. (BOE-A-2021-5948)
Real Decreto 176/2021, de 23 de marzo, por el que se establece el curso de especialización en Mantenimiento avanzado de sistemas de material rodante ferroviario y se fijan los aspectos básicos del currículo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 15 de abril de 2021

Sec. I. Pág. 42980

CAPÍTULO III
Enseñanzas del curso de especialización y parámetros básicos de contexto.
Artículo 8. Objetivos generales.
Los objetivos generales de este curso de especialización son los siguientes:
a) Aplicar técnicas de verificación de sistemas, elementos o circuitos según
protocolos establecidos, para supervisar parámetros de funcionamiento.
b) Diagnosticar la funcionalidad de los sistemas del material rodante ferroviario, para
detectar averías y evaluar las anomalías existentes.
c) Ejecutar procedimientos, operaciones y secuencias de intervención, analizando
información técnica de equipos y recursos, para planificar el mantenimiento.
d) Aplicar procedimientos normalizados de la empresa, adecuando el servicio a las
situaciones de contingencia, para organizar y gestionar las intervenciones del
mantenimiento correctivo.
e) Aplicar técnicas de mantenimiento preventivo, utilizando los instrumentos y
herramientas apropiados, para ejecutar los procesos de mantenimiento.
f) Aplicar procedimientos de control y seguimiento del material rodante ferroviario
partiendo de la información técnica de los fabricantes, análisis de informes, históricos de
averías y normativa de aplicación, para elaborar programas de mantenimiento predictivo.
g) Supervisar y analizar las intervenciones en los equipos embarcados del material
rodante ferroviario, para verificar su operatividad y/o para configurar el software y el
hardware para su puesta en funcionamiento.
h) Redactar los informes técnicos de mantenimiento, siguiendo los procedimientos
establecidos, para elaborar la documentación técnica y administrativa utilizando medios
informáticos.
i) Administrar talleres específicos o secciones de mantenimiento de material rodante
ferroviario (de motores, frenos, bogie, climatización y confortabilidad, y sistemas
electrónicos), para garantizar la disponibilidad de los recursos y el cumplimiento de los
procedimientos legales y normativos aplicables.
j) Gestionar talleres específicos o secciones de mantenimiento de material rodante
ferroviario (de motores, frenos, bogie, climatización y confortabilidad, y sistemas
electrónicos), para optimizar su funcionamiento y cumplir los objetivos establecidos.
k) Analizar y utilizar los recursos y oportunidades de aprendizaje relacionados con la
evolución científica, tecnológica y organizativa del sector y las tecnologías de la información
y la comunicación, para mantener el espíritu de actualización y adaptarse a nuevas
situaciones laborales y personales.
l) Valorar y adoptar soluciones creativas con iniciativa y autonomía en el ámbito de
su competencia, para resolver problemas y contingencias en el desarrollo de los procesos
productivos.
m) Evaluar situaciones de prevención de riesgos laborales y de protección ambiental,
proponiendo y aplicando medidas de prevención y de protección, personales y colectivas,
de acuerdo con la normativa aplicable en los procesos de trabajo, para garantizar entornos
seguros.
n) Tomar decisiones de forma fundamentada, analizando las variables implicadas,
integrando saberes de distinto ámbito y aceptando los riesgos y la posibilidad de equivocación
en las mismas, para afrontar y resolver distintas situaciones, problemas o contingencias.
ñ) Desarrollar técnicas de liderazgo, motivación, supervisión y comunicación en
contextos de trabajo en grupo, para facilitar la organización y coordinación de equipos de
trabajo.
o) Aplicar estrategias y técnicas de comunicación, adaptándose a los contenidos que
se van a transmitir, a la finalidad de los mismos y a las características de los receptores,
para asegurar la eficacia en los procesos de comunicación.
p) Identificar y proponer las acciones profesionales necesarias para dar respuesta a
la accesibilidad universal y al «diseño para todas las personas».

cve: BOE-A-2021-5948
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Núm. 90