III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Comunidades autónomas. Convenio. (BOE-A-2021-5840)
Resolución de 5 de abril de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Junta de Andalucía y la Junta de Extremadura, para el desarrollo evolutivo de la aplicación eXeLearning en el ámbito educativo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 88
Martes 13 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 42377
2. Ejercer las funciones de director técnico de los proyectos de desarrollo derivados
de la ejecución del Convenio, en colaboración con las Partes.
3. Proponer a las Partes los documentos y los Pliegos de Prescripciones Técnicas
necesarios para las licitaciones públicas que se deriven de las acciones del Convenio.
4. Aprobar los requisitos técnicos de los desarrollos que se deriven de las acciones
del Convenio en colaboración con las Partes.
5. Coordinar los acuerdos entre las Partes en relación con los documentos y
Pliegos de Prescripciones Técnicas.
6. Mantener operativa la web oficial del proyecto durante la duración del Convenio
aportando los recursos necesarios para su mantenimiento.
7. Mantener la forja oficial del eXeLearning que se ubicará en CEDEC y aprobar y
definir las versiones oficiales de la aplicación.
8. Realizar las acciones de dinamización y difusión del proyecto y de la herramienta
eXeLearning, en colaboración con las CCAA y en el marco de sus respectivas
competencias.
9. Aportar el personal necesario para el desarrollo de las obligaciones anteriores y
que dependerán orgánica y funcionalmente del CEDEC.
2.
Obligaciones de la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía.
La Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía se obliga a:
1. Aportar la financiación necesaria para la contratación de expertos para el
desarrollo de la nueva versión de eXeLearning conforme a lo establecido en la cláusula
cuarta, «Financiación».
2. Convocar las licitaciones públicas que se deriven de las actuaciones del
Convenio incluyendo cuantas tramitaciones administrativas se deriven de las mismas.
3. Colaborar con las Partes en la definición de los requisitos técnicos de los
desarrollos que se deriven de las acciones del Convenio y aprobar los mismos en el
marco de la Comisión de Seguimiento definida en la cláusula octava.
4. Verificar, en colaboración con las Partes, los desarrollos realizados por las
empresas adjudicatarias de las licitaciones y su aprobación, en el marco de la Comisión
de Seguimiento definida en la cláusula octava.
3. Obligaciones de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura.
La Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura se obliga a:
4.
Obligaciones comunes a todas las partes.
Las partes se comprometen a mantener fielmente la filosofía y organización del
proyecto actual con respecto a los aspectos siguientes:
a) Se mantendrá la denominación actual de «eXeLearning».
b) CEDEC continuará coordinando el proyecto de eXeLearning y realizando las
acciones de difusión e implantación de la herramienta en colaboración con las CCAA y
en el ámbito de sus correspondientes competencias.
cve: BOE-A-2021-5840
Verificable en https://www.boe.es
1. Colaborar con las partes en las tareas de análisis y de necesidades en el marco
del objeto del Convenio.
2. Colaborar con las Partes en la definición de los requisitos técnicos de los
desarrollos que se deriven de las acciones del Convenio y aprobar los mismos en el
marco de la Comisión de Seguimiento definida en la cláusula octava.
3. Verificar, en colaboración con las Partes, los desarrollos realizados por las
empresas adjudicatarias de las licitaciones y su aprobación, en el marco de la Comisión
de Seguimiento definida en la cláusula octava.
4. Aportar el personal necesario para el desarrollo de las obligaciones anteriores y
que dependerán funcionalmente del CEDEC.
Núm. 88
Martes 13 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 42377
2. Ejercer las funciones de director técnico de los proyectos de desarrollo derivados
de la ejecución del Convenio, en colaboración con las Partes.
3. Proponer a las Partes los documentos y los Pliegos de Prescripciones Técnicas
necesarios para las licitaciones públicas que se deriven de las acciones del Convenio.
4. Aprobar los requisitos técnicos de los desarrollos que se deriven de las acciones
del Convenio en colaboración con las Partes.
5. Coordinar los acuerdos entre las Partes en relación con los documentos y
Pliegos de Prescripciones Técnicas.
6. Mantener operativa la web oficial del proyecto durante la duración del Convenio
aportando los recursos necesarios para su mantenimiento.
7. Mantener la forja oficial del eXeLearning que se ubicará en CEDEC y aprobar y
definir las versiones oficiales de la aplicación.
8. Realizar las acciones de dinamización y difusión del proyecto y de la herramienta
eXeLearning, en colaboración con las CCAA y en el marco de sus respectivas
competencias.
9. Aportar el personal necesario para el desarrollo de las obligaciones anteriores y
que dependerán orgánica y funcionalmente del CEDEC.
2.
Obligaciones de la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía.
La Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía se obliga a:
1. Aportar la financiación necesaria para la contratación de expertos para el
desarrollo de la nueva versión de eXeLearning conforme a lo establecido en la cláusula
cuarta, «Financiación».
2. Convocar las licitaciones públicas que se deriven de las actuaciones del
Convenio incluyendo cuantas tramitaciones administrativas se deriven de las mismas.
3. Colaborar con las Partes en la definición de los requisitos técnicos de los
desarrollos que se deriven de las acciones del Convenio y aprobar los mismos en el
marco de la Comisión de Seguimiento definida en la cláusula octava.
4. Verificar, en colaboración con las Partes, los desarrollos realizados por las
empresas adjudicatarias de las licitaciones y su aprobación, en el marco de la Comisión
de Seguimiento definida en la cláusula octava.
3. Obligaciones de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura.
La Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura se obliga a:
4.
Obligaciones comunes a todas las partes.
Las partes se comprometen a mantener fielmente la filosofía y organización del
proyecto actual con respecto a los aspectos siguientes:
a) Se mantendrá la denominación actual de «eXeLearning».
b) CEDEC continuará coordinando el proyecto de eXeLearning y realizando las
acciones de difusión e implantación de la herramienta en colaboración con las CCAA y
en el ámbito de sus correspondientes competencias.
cve: BOE-A-2021-5840
Verificable en https://www.boe.es
1. Colaborar con las partes en las tareas de análisis y de necesidades en el marco
del objeto del Convenio.
2. Colaborar con las Partes en la definición de los requisitos técnicos de los
desarrollos que se deriven de las acciones del Convenio y aprobar los mismos en el
marco de la Comisión de Seguimiento definida en la cláusula octava.
3. Verificar, en colaboración con las Partes, los desarrollos realizados por las
empresas adjudicatarias de las licitaciones y su aprobación, en el marco de la Comisión
de Seguimiento definida en la cláusula octava.
4. Aportar el personal necesario para el desarrollo de las obligaciones anteriores y
que dependerán funcionalmente del CEDEC.