I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Sociedades de capital. (BOE-A-2021-5773)
Ley 5/2021, de 12 de abril, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y otras normas financieras, en lo que respecta al fomento de la implicación a largo plazo de los accionistas en las sociedades cotizadas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 13 de abril de 2021
Sec. I. Pág. 40930
reconocen el fomento de las inversiones a largo plazo como uno de los objetivos del
gobierno corporativo, o la Organización de Naciones Unidas a través de los citados
Principios para la Inversión Responsable, que afirman que un sistema económicamente
eficiente y financieramente sostenible a escala global, recompensará a largo plazo la
inversión responsable y beneficiará al medio ambiente y a la sociedad en su conjunto.
Asimismo, un informe reciente de la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA)
ha destacado la relación que existe entre las inversiones a largo plazo y la sostenibilidad
social y medioambiental de las empresas. Según este «Informe sobre las presiones
cortoplacistas indebidas sobre las empresas» (Undue short-term pressure on corporations),
de 18 de diciembre de 2019, la inversión a largo plazo suele tener más en cuenta
elementos y objetivos relacionados con la sostenibilidad. En efecto, según ESMA, los
objetivos de sostenibilidad social y medioambiental están muy relacionados con las
inversiones a largo plazo. En consecuencia, la gestión adecuada de los riesgos sociales y
medioambientales está alineada con los objetivos de los inversores a largo plazo. Por esta
razón, ESMA opina que la política de implicación a largo plazo de las sociedades gestoras
y las empresas de servicios de inversión debería también contemplar indicadores
medioambientales, sostenibles y de gobernanza.
Igualmente el Foro Económico de Davos en su quincuagésima celebración, aprobó en
sus conclusiones finales un conjunto de principios éticos para guiar a las empresas en la
era de la Cuarta Revolución Industrial, para avanzar hacia un capitalismo donde el objetivo
de las empresas vaya más allá del beneficio y genere valor para todos sus grupos de
interés. Sobre la base de que una empresa es algo más que una unidad económica
generadora de riqueza, y atiende a las aspiraciones humanas y sociales en el marco del
sistema social en su conjunto, destaca que el rendimiento no debe medirse tan solo como
los beneficios de los accionistas, sino también en relación con el cumplimiento de los
objetivos ambientales y sociales.
Por tanto, los efectos de la Directiva para el fomento de la implicación a largo plazo de
los accionistas claramente trascienden el ámbito propio del gobierno corporativo y la
rentabilidad empresarial, y pueden tener un impacto positivo en la economía y la sociedad
en su conjunto.
II
La transposición de la Directiva al ordenamiento jurídico español aportará mejoras en
el ámbito del gobierno corporativo de las sociedades cotizadas en España. Hay que tener
en cuenta que nuestro modelo es, en la actualidad, uno de los más reconocidos a nivel
internacional. Estas mejoras giran en torno a dos ejes: por una parte, mejorar la financiación
a largo plazo que reciben las sociedades cotizadas a través de los mercados de capitales;
y por otra parte, aumentar la transparencia en la actuación de los agentes del mercado
de capitales y en relación con las remuneraciones de los consejeros o la realización de
operaciones entre la sociedad y sus partes vinculadas.
Para ello, se toman como punto de partida las recientes reformas que se han llevado
a cabo en los últimos años en esta materia en España y que han situado los estándares
nacionales al más alto nivel de cumplimiento de los Principios Internacionales de Buen
Gobierno, en comparación con otros países. Estas reformas fueron propuestas por la
Comisión de expertos en materia de gobierno corporativo y se plasmaron fundamentalmente
en la Ley 31/2014, de 3 de diciembre, por la que se modifica la Ley de Sociedades de
Capital para la mejora del gobierno corporativo. La aplicación de la antedicha Ley ha sido,
con carácter general, satisfactoria, por lo que la transposición de la Directiva parte de este
marco jurídico en la medida de lo posible. Además, la seguridad jurídica y la estabilidad de
la normativa mercantil son principios y valores que deben preservarse, evitando
modificaciones legislativas innecesarias y frecuentes, para aumentar la certidumbre
jurídica, reforzar la confianza de todos los agentes y facilitar así inversiones productivas a
largo plazo en las sociedades cotizadas españolas. Asimismo, algunas de las soluciones
recogidas en la Directiva, como es la aprobación de la política de remuneraciones de los
cve: BOE-A-2021-5773
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 88
Martes 13 de abril de 2021
Sec. I. Pág. 40930
reconocen el fomento de las inversiones a largo plazo como uno de los objetivos del
gobierno corporativo, o la Organización de Naciones Unidas a través de los citados
Principios para la Inversión Responsable, que afirman que un sistema económicamente
eficiente y financieramente sostenible a escala global, recompensará a largo plazo la
inversión responsable y beneficiará al medio ambiente y a la sociedad en su conjunto.
Asimismo, un informe reciente de la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA)
ha destacado la relación que existe entre las inversiones a largo plazo y la sostenibilidad
social y medioambiental de las empresas. Según este «Informe sobre las presiones
cortoplacistas indebidas sobre las empresas» (Undue short-term pressure on corporations),
de 18 de diciembre de 2019, la inversión a largo plazo suele tener más en cuenta
elementos y objetivos relacionados con la sostenibilidad. En efecto, según ESMA, los
objetivos de sostenibilidad social y medioambiental están muy relacionados con las
inversiones a largo plazo. En consecuencia, la gestión adecuada de los riesgos sociales y
medioambientales está alineada con los objetivos de los inversores a largo plazo. Por esta
razón, ESMA opina que la política de implicación a largo plazo de las sociedades gestoras
y las empresas de servicios de inversión debería también contemplar indicadores
medioambientales, sostenibles y de gobernanza.
Igualmente el Foro Económico de Davos en su quincuagésima celebración, aprobó en
sus conclusiones finales un conjunto de principios éticos para guiar a las empresas en la
era de la Cuarta Revolución Industrial, para avanzar hacia un capitalismo donde el objetivo
de las empresas vaya más allá del beneficio y genere valor para todos sus grupos de
interés. Sobre la base de que una empresa es algo más que una unidad económica
generadora de riqueza, y atiende a las aspiraciones humanas y sociales en el marco del
sistema social en su conjunto, destaca que el rendimiento no debe medirse tan solo como
los beneficios de los accionistas, sino también en relación con el cumplimiento de los
objetivos ambientales y sociales.
Por tanto, los efectos de la Directiva para el fomento de la implicación a largo plazo de
los accionistas claramente trascienden el ámbito propio del gobierno corporativo y la
rentabilidad empresarial, y pueden tener un impacto positivo en la economía y la sociedad
en su conjunto.
II
La transposición de la Directiva al ordenamiento jurídico español aportará mejoras en
el ámbito del gobierno corporativo de las sociedades cotizadas en España. Hay que tener
en cuenta que nuestro modelo es, en la actualidad, uno de los más reconocidos a nivel
internacional. Estas mejoras giran en torno a dos ejes: por una parte, mejorar la financiación
a largo plazo que reciben las sociedades cotizadas a través de los mercados de capitales;
y por otra parte, aumentar la transparencia en la actuación de los agentes del mercado
de capitales y en relación con las remuneraciones de los consejeros o la realización de
operaciones entre la sociedad y sus partes vinculadas.
Para ello, se toman como punto de partida las recientes reformas que se han llevado
a cabo en los últimos años en esta materia en España y que han situado los estándares
nacionales al más alto nivel de cumplimiento de los Principios Internacionales de Buen
Gobierno, en comparación con otros países. Estas reformas fueron propuestas por la
Comisión de expertos en materia de gobierno corporativo y se plasmaron fundamentalmente
en la Ley 31/2014, de 3 de diciembre, por la que se modifica la Ley de Sociedades de
Capital para la mejora del gobierno corporativo. La aplicación de la antedicha Ley ha sido,
con carácter general, satisfactoria, por lo que la transposición de la Directiva parte de este
marco jurídico en la medida de lo posible. Además, la seguridad jurídica y la estabilidad de
la normativa mercantil son principios y valores que deben preservarse, evitando
modificaciones legislativas innecesarias y frecuentes, para aumentar la certidumbre
jurídica, reforzar la confianza de todos los agentes y facilitar así inversiones productivas a
largo plazo en las sociedades cotizadas españolas. Asimismo, algunas de las soluciones
recogidas en la Directiva, como es la aprobación de la política de remuneraciones de los
cve: BOE-A-2021-5773
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 88