III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-5755)
Resolución de 26 de marzo de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el X Convenio colectivo nacional para las industrias de pastas alimenticias.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 87
Lunes 12 de abril de 2021
2.
Sec. III. Pág. 40801
Administrativos:
Jefe de administración de primera, jefe de administración de segunda, oficial de
primera, oficial de segunda, auxiliar.
3.
Mercantiles:
Jefe de ventas, supervisor de ventas, promotor de ventas de propaganda y/o
publicidad, vendedor con auto venta, viajante, corredor de plaza, degustador-promotor,
monitor dependiente mayor de 18 años o más años, dependiente, ayudante, repartidor.
4.
Obreros:
Personal de producción-mantenimiento: Oficial de primera, oficial de segunda,
ayudante y aprendices.
5.
Subalternos:
Almacenero, conserje, guarda, cobrador, basculero, portero y mozo de almacén.
Definiciones:
1.
1.1
Técnicos.
Titulados:
a) Técnico titulado de grado superior. Es quien en posesión de un título
académico superior desempeña en la empresa funciones, con mando o sin él, propias de
su titulación.
b) De grado medio. Es quien en posesión de título académico de grado medio
desempeña en la empresa funciones de su titulación.
No titulados:
a) Encargado general. Es quien, bajo las órdenes inmediatas de la dirección,
coordina y controla las distintas secciones, desarrollando los correspondientes planes,
programas y actividades, ordenando la ejecución de los trabajos, respondiendo ante la
empresa de su gestión.
b) Maestro de fabricación. Es quien, procediendo de categorías inferiores, posee
los conocimientos técnicos de la fabricación en sus respectivas fases, teniendo por
misión conocer e interpretar las fórmulas y análisis de productos, facilitar los datos de
gastos de mano de obra, materias primas, avances y presupuestos, especificando con
todo detalle los ciclos de elaboración. Deberá poseer iniciativa y sentido artístico, en su
caso, para la buena presentación de los artículos que elabore, profundo conocimiento de
las máquinas empleadas, siendo responsable ante la empresa de toda anomalía, tanto
en la maquinaria como en la producción.
c) Jefe de Sección. Es quien, con conocimientos técnicos y prácticos acreditados,
dirige el trabajo de los Oficiales siguiendo instrucciones de su superior inmediato y es
responsable de la forma de ordenarse aquél y de su disciplina.
d) Auxiliar de Laboratorio. Es quien, bajo la supervisión de su superior, realiza
análisis, dosificación de fórmulas y determinaciones de laboratorio, cuida del buen
estado de los aparatos y de su homologación, se ocupa de la obtención de determinadas
muestras de forma conveniente y de extender los certificados de calidad y boletines de
análisis.
2.
Administrativos.
a) Jefe de administración de primera. Es el trabajador que con conocimientos
completos del funcionamiento de todos los servicios administrativos lleva la
responsabilidad y dirección total de la marcha administrativa de la empresa.
cve: BOE-A-2021-5755
Verificable en https://www.boe.es
1.2
Núm. 87
Lunes 12 de abril de 2021
2.
Sec. III. Pág. 40801
Administrativos:
Jefe de administración de primera, jefe de administración de segunda, oficial de
primera, oficial de segunda, auxiliar.
3.
Mercantiles:
Jefe de ventas, supervisor de ventas, promotor de ventas de propaganda y/o
publicidad, vendedor con auto venta, viajante, corredor de plaza, degustador-promotor,
monitor dependiente mayor de 18 años o más años, dependiente, ayudante, repartidor.
4.
Obreros:
Personal de producción-mantenimiento: Oficial de primera, oficial de segunda,
ayudante y aprendices.
5.
Subalternos:
Almacenero, conserje, guarda, cobrador, basculero, portero y mozo de almacén.
Definiciones:
1.
1.1
Técnicos.
Titulados:
a) Técnico titulado de grado superior. Es quien en posesión de un título
académico superior desempeña en la empresa funciones, con mando o sin él, propias de
su titulación.
b) De grado medio. Es quien en posesión de título académico de grado medio
desempeña en la empresa funciones de su titulación.
No titulados:
a) Encargado general. Es quien, bajo las órdenes inmediatas de la dirección,
coordina y controla las distintas secciones, desarrollando los correspondientes planes,
programas y actividades, ordenando la ejecución de los trabajos, respondiendo ante la
empresa de su gestión.
b) Maestro de fabricación. Es quien, procediendo de categorías inferiores, posee
los conocimientos técnicos de la fabricación en sus respectivas fases, teniendo por
misión conocer e interpretar las fórmulas y análisis de productos, facilitar los datos de
gastos de mano de obra, materias primas, avances y presupuestos, especificando con
todo detalle los ciclos de elaboración. Deberá poseer iniciativa y sentido artístico, en su
caso, para la buena presentación de los artículos que elabore, profundo conocimiento de
las máquinas empleadas, siendo responsable ante la empresa de toda anomalía, tanto
en la maquinaria como en la producción.
c) Jefe de Sección. Es quien, con conocimientos técnicos y prácticos acreditados,
dirige el trabajo de los Oficiales siguiendo instrucciones de su superior inmediato y es
responsable de la forma de ordenarse aquél y de su disciplina.
d) Auxiliar de Laboratorio. Es quien, bajo la supervisión de su superior, realiza
análisis, dosificación de fórmulas y determinaciones de laboratorio, cuida del buen
estado de los aparatos y de su homologación, se ocupa de la obtención de determinadas
muestras de forma conveniente y de extender los certificados de calidad y boletines de
análisis.
2.
Administrativos.
a) Jefe de administración de primera. Es el trabajador que con conocimientos
completos del funcionamiento de todos los servicios administrativos lleva la
responsabilidad y dirección total de la marcha administrativa de la empresa.
cve: BOE-A-2021-5755
Verificable en https://www.boe.es
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