III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-5768)
Resolución de 25 de marzo de 2021, del Instituto de Astrofísica de Canarias, por la que se publica el Convenio con el Cabildo Insular de La Palma y el Ayuntamiento de Garafía, para la gestión y el desarrollo del Centro de Visitantes del Roque de los Muchachos en La Palma.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 87
Lunes 12 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 40888
La convocatoria de las sesiones deberá realizarse con dos días hábiles de
antelación, debiendo contener el Orden del Día, indicando fecha, hora y lugar de la
reunión de la Comisión de Seguimiento, en primera y segunda convocatoria. Esta
segunda convocatoria tendrá lugar media hora después de la prevista para la reunión en
primera convocatoria.
De cada sesión que celebre la Comisión de Seguimiento, el/la Secretario/a levantará
un acta que especificará los asistentes, el orden del día de la reunión, las circunstancias
del lugar y tiempo en que se celebró, los puntos principales de las deliberaciones, y el
contenido de los acuerdos adoptados.
Octava.
El equipo directivo del Centro de Visitantes, que en su caso se establezca,
dependiente del Cabildo Insular de La Palma, estará integrado por el Director,
Responsable o Coordinador del Centro y, en su caso, un equipo de gestión y
administración a determinar, y tendrán la responsabilidad directa sobre los contenidos
expuestos y la gestión del mismo. Una vez se defina la fórmula de gestión administrativa
del mismo, se determinará por la Corporación Insular su composición y funcionamiento.
Novena.
Es voluntad de los firmantes de este Convenio solicitar la colaboración del
Organismo Autónomo Parques Nacionales, que aunque sin participar en la ejecución de
este Convenio como parte firmante del mismo, pueda contribuir desde su experiencia y
las labores que llevan a cabo para poner en valor la protección de la naturaleza y los
valores que llevaron a su declaración como Parque Nacional, dentro de la filosofía y
modelo de gestión que se concibe para el Centro de Visitantes.
Décima.
Es voluntad de los firmantes de este Convenio que el Centro de Visitantes se
convierta en un elemento potenciador del desarrollo de la comarca norte y de la isla de
La Palma. El Centro es un ente con un potencial importante para el desarrollo de ideas,
proyectos, iniciativas que puedan ayudar al avance de la sociedad y la creación de
entidades que puedan proporcionar los productos de alta calidad tecnológica que
necesitara el Centro.
Undécima.
a) El Cabildo de la Palma facilitará todas aquellas acciones que sean de su
competencia y que se encaminen al funcionamiento del Centro de Visitantes, y buscará
fondos para la financiación de su funcionamiento, mantenimiento y plan de mejora.
b) El Cabildo estudiará su colaboración directa en alguna de las actividades que
puedan programarse de la mano de este Convenio: subvención a los centros de
enseñanza para que visiten el Observatorio, subvención para actividades en los
Municipios de la Isla ligadas a la labor divulgativa, etc.
c) El IAC pondrá en marcha acciones encaminadas a conseguir financiación
complementaria para el Centro de Visitantes mediante acciones públicas o de
mecenazgo facilitando la implicación de capital privado en el mismo.
d) En estas iniciativas el IAC hará un esfuerzo específico para invitar a profesionales
locales y escuelas a participar en las propuestas impulsando cuando sea posible, que sean
estas entidades las que las lideren. El IAC entiende que la actualización y modernización de
cve: BOE-A-2021-5768
Verificable en https://www.boe.es
En el ámbito de la cooperación definida en este documento, se explicitan las
responsabilidades de cada uno de los entes promotores, con el fin de convertirlo en un
documento operativo para asegurar el desarrollo presente y futuro del Centro de
Visitantes del Roque de los Muchachos.
Núm. 87
Lunes 12 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 40888
La convocatoria de las sesiones deberá realizarse con dos días hábiles de
antelación, debiendo contener el Orden del Día, indicando fecha, hora y lugar de la
reunión de la Comisión de Seguimiento, en primera y segunda convocatoria. Esta
segunda convocatoria tendrá lugar media hora después de la prevista para la reunión en
primera convocatoria.
De cada sesión que celebre la Comisión de Seguimiento, el/la Secretario/a levantará
un acta que especificará los asistentes, el orden del día de la reunión, las circunstancias
del lugar y tiempo en que se celebró, los puntos principales de las deliberaciones, y el
contenido de los acuerdos adoptados.
Octava.
El equipo directivo del Centro de Visitantes, que en su caso se establezca,
dependiente del Cabildo Insular de La Palma, estará integrado por el Director,
Responsable o Coordinador del Centro y, en su caso, un equipo de gestión y
administración a determinar, y tendrán la responsabilidad directa sobre los contenidos
expuestos y la gestión del mismo. Una vez se defina la fórmula de gestión administrativa
del mismo, se determinará por la Corporación Insular su composición y funcionamiento.
Novena.
Es voluntad de los firmantes de este Convenio solicitar la colaboración del
Organismo Autónomo Parques Nacionales, que aunque sin participar en la ejecución de
este Convenio como parte firmante del mismo, pueda contribuir desde su experiencia y
las labores que llevan a cabo para poner en valor la protección de la naturaleza y los
valores que llevaron a su declaración como Parque Nacional, dentro de la filosofía y
modelo de gestión que se concibe para el Centro de Visitantes.
Décima.
Es voluntad de los firmantes de este Convenio que el Centro de Visitantes se
convierta en un elemento potenciador del desarrollo de la comarca norte y de la isla de
La Palma. El Centro es un ente con un potencial importante para el desarrollo de ideas,
proyectos, iniciativas que puedan ayudar al avance de la sociedad y la creación de
entidades que puedan proporcionar los productos de alta calidad tecnológica que
necesitara el Centro.
Undécima.
a) El Cabildo de la Palma facilitará todas aquellas acciones que sean de su
competencia y que se encaminen al funcionamiento del Centro de Visitantes, y buscará
fondos para la financiación de su funcionamiento, mantenimiento y plan de mejora.
b) El Cabildo estudiará su colaboración directa en alguna de las actividades que
puedan programarse de la mano de este Convenio: subvención a los centros de
enseñanza para que visiten el Observatorio, subvención para actividades en los
Municipios de la Isla ligadas a la labor divulgativa, etc.
c) El IAC pondrá en marcha acciones encaminadas a conseguir financiación
complementaria para el Centro de Visitantes mediante acciones públicas o de
mecenazgo facilitando la implicación de capital privado en el mismo.
d) En estas iniciativas el IAC hará un esfuerzo específico para invitar a profesionales
locales y escuelas a participar en las propuestas impulsando cuando sea posible, que sean
estas entidades las que las lideren. El IAC entiende que la actualización y modernización de
cve: BOE-A-2021-5768
Verificable en https://www.boe.es
En el ámbito de la cooperación definida en este documento, se explicitan las
responsabilidades de cada uno de los entes promotores, con el fin de convertirlo en un
documento operativo para asegurar el desarrollo presente y futuro del Centro de
Visitantes del Roque de los Muchachos.