III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-5630)
Resolución de 30 de marzo de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Central Hidroeléctrica Reversible-Depuradora Navaleo, de 552 MW, bombeo de 548 MW, incluida infraestructura eléctrica de evacuación".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 9 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 40048
– Los caudales sobrantes de la bocamina que viertan al arroyo del Rial sin poder ser
dirigidos a las instalaciones de pretratamiento deberán ser previamente depurados,
teniendo en cuenta lo dispuesto en el Real Decreto 817/2015, de 11 de septiembre, por
el que se establecen los criterios de seguimiento y evaluación del estado de las aguas
superficiales y las normas de calidad ambiental.
– Se instalarán los dispositivos de medida de los distintos caudales y sus variaciones
que permitan una rápida comprobación. Estarán accesibles permanentemente para su
inspección y control por el Organismo de cuenca. Se presentará un plan de seguimiento
de dichos caudales que deberá entregarse a dicho Organismo con una frecuencia al
menos trimestral.
– Los canales, cámaras de carga y depósitos de la CDR deberán disponer de
cerramientos de protección que eviten riesgos de caída para las personas y la fauna
terrestre. Se instalarán asimismo dispositivos que faciliten el escape ante posibles caídas
accidentales.
– Aunque se ha previsto la impermeabilización de los depósitos, las posibles
filtraciones de aguas se recogerán en un sistema de drenaje inferior y pozo de bombeo
que las reincorporará al sistema de depuración, con una arqueta de control y un aforador
que mida las pérdidas.
– El proyecto constructivo deberá especificar el diseño final y la ubicación de la red
de cunetas perimetrales, balsas de decantación y filtros de sedimentos. Estas medidas
deberán estar ejecutadas y operativas con anterioridad al inicio de movimientos de
tierras y excavaciones. Las cunetas y balsas proyectadas en los vertederos deberán
estar igualmente construidas y operativas con anterioridad al comienzo de la deposición
de excedentes estériles. Estas cunetas perimetrales y balsas deberán mantenerse
operativas al menos hasta que la revegetación de las zonas alteradas y en los
vertederos se asiente y se garantice la fijación del suelo, extendiéndose su
funcionamiento en caso necesario, según los resultados del programa de seguimiento
sobre la estabilidad de los taludes. Se fijará en estas balsas una cota máxima de
colmatación y un calendario de limpieza, con el fin de prevenir desbordamientos,
filtraciones o derrames accidentales, especialmente tras periodos de lluvias intensas.
– En los emplazamientos de los apoyos se habilitarán zanjas perimetrales
impermeabilizadas junto a las cimentaciones con el fin de evitar vertidos y derrames de
hormigón y otros residuos durante la construcción.
– Para el tratamiento de lodos acumulados en los depósitos de la CDR, se instalarán
equipos móviles succionadores en camiones cisterna que trasladarán los lodos
acumulados en los depósitos a la instalación de tratamiento, con una periodicidad
mínima anual. La solera de los depósitos se calculará para que soporte el peso de los
camiones cisterna, debiéndose demostrar que no existe riesgo de rotura.
– Todos los vertidos del proyecto deberán reunir las condiciones precisas para que,
considerados en particular y conjuntamente con los restantes vertidos autorizados al
mismo cauce, se cumplan en todos los puntos los objetivos de calidad señalados para
sus aguas, según lo preceptuado en el vigente Plan Hidrológico del Miño-Sil.
– En el proyecto constructivo deberá desarrollar de manera más detallada el
programa de control y seguimiento monitorizado de calidad físico-química y biológica de
aguas previsto en el estudio de impacto ambiental y descrito resumidamente en el
segundo informe adicional presentado. Se realizará en fases de construcción y
explotación una analítica trimestral de las aguas del cauce receptor en el río Tremor, en
puntos de muestreo seleccionados aguas arriba y aguas abajo del vertido, dentro de los
límites de la masa de agua Río Boeza III, cuya ubicación se definirá en coordinación con
el Organismo de cuenca. Previamente al inicio de las obras se efectuará una analítica
físico-química de las aguas en el punto previsto para el vertido, en la que se analicen al
menos los parámetros más sensibles para la instalación (sólidos en suspensión y
contenido en sulfatos y metales disueltos) que servirán de referencia para las fases
posteriores del proyecto. Este programa de control y seguimiento estará dirigido a
cve: BOE-A-2021-5630
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 85
Viernes 9 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 40048
– Los caudales sobrantes de la bocamina que viertan al arroyo del Rial sin poder ser
dirigidos a las instalaciones de pretratamiento deberán ser previamente depurados,
teniendo en cuenta lo dispuesto en el Real Decreto 817/2015, de 11 de septiembre, por
el que se establecen los criterios de seguimiento y evaluación del estado de las aguas
superficiales y las normas de calidad ambiental.
– Se instalarán los dispositivos de medida de los distintos caudales y sus variaciones
que permitan una rápida comprobación. Estarán accesibles permanentemente para su
inspección y control por el Organismo de cuenca. Se presentará un plan de seguimiento
de dichos caudales que deberá entregarse a dicho Organismo con una frecuencia al
menos trimestral.
– Los canales, cámaras de carga y depósitos de la CDR deberán disponer de
cerramientos de protección que eviten riesgos de caída para las personas y la fauna
terrestre. Se instalarán asimismo dispositivos que faciliten el escape ante posibles caídas
accidentales.
– Aunque se ha previsto la impermeabilización de los depósitos, las posibles
filtraciones de aguas se recogerán en un sistema de drenaje inferior y pozo de bombeo
que las reincorporará al sistema de depuración, con una arqueta de control y un aforador
que mida las pérdidas.
– El proyecto constructivo deberá especificar el diseño final y la ubicación de la red
de cunetas perimetrales, balsas de decantación y filtros de sedimentos. Estas medidas
deberán estar ejecutadas y operativas con anterioridad al inicio de movimientos de
tierras y excavaciones. Las cunetas y balsas proyectadas en los vertederos deberán
estar igualmente construidas y operativas con anterioridad al comienzo de la deposición
de excedentes estériles. Estas cunetas perimetrales y balsas deberán mantenerse
operativas al menos hasta que la revegetación de las zonas alteradas y en los
vertederos se asiente y se garantice la fijación del suelo, extendiéndose su
funcionamiento en caso necesario, según los resultados del programa de seguimiento
sobre la estabilidad de los taludes. Se fijará en estas balsas una cota máxima de
colmatación y un calendario de limpieza, con el fin de prevenir desbordamientos,
filtraciones o derrames accidentales, especialmente tras periodos de lluvias intensas.
– En los emplazamientos de los apoyos se habilitarán zanjas perimetrales
impermeabilizadas junto a las cimentaciones con el fin de evitar vertidos y derrames de
hormigón y otros residuos durante la construcción.
– Para el tratamiento de lodos acumulados en los depósitos de la CDR, se instalarán
equipos móviles succionadores en camiones cisterna que trasladarán los lodos
acumulados en los depósitos a la instalación de tratamiento, con una periodicidad
mínima anual. La solera de los depósitos se calculará para que soporte el peso de los
camiones cisterna, debiéndose demostrar que no existe riesgo de rotura.
– Todos los vertidos del proyecto deberán reunir las condiciones precisas para que,
considerados en particular y conjuntamente con los restantes vertidos autorizados al
mismo cauce, se cumplan en todos los puntos los objetivos de calidad señalados para
sus aguas, según lo preceptuado en el vigente Plan Hidrológico del Miño-Sil.
– En el proyecto constructivo deberá desarrollar de manera más detallada el
programa de control y seguimiento monitorizado de calidad físico-química y biológica de
aguas previsto en el estudio de impacto ambiental y descrito resumidamente en el
segundo informe adicional presentado. Se realizará en fases de construcción y
explotación una analítica trimestral de las aguas del cauce receptor en el río Tremor, en
puntos de muestreo seleccionados aguas arriba y aguas abajo del vertido, dentro de los
límites de la masa de agua Río Boeza III, cuya ubicación se definirá en coordinación con
el Organismo de cuenca. Previamente al inicio de las obras se efectuará una analítica
físico-química de las aguas en el punto previsto para el vertido, en la que se analicen al
menos los parámetros más sensibles para la instalación (sólidos en suspensión y
contenido en sulfatos y metales disueltos) que servirán de referencia para las fases
posteriores del proyecto. Este programa de control y seguimiento estará dirigido a
cve: BOE-A-2021-5630
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 85