III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-5630)
Resolución de 30 de marzo de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Central Hidroeléctrica Reversible-Depuradora Navaleo, de 552 MW, bombeo de 548 MW, incluida infraestructura eléctrica de evacuación".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 85
Viernes 9 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 40045
cercanas, permitiría evitar, o al menos, reducir el impacto paisajístico de los vertederos
de inertes, en especial del superior, que se localiza a mayor altitud y tiene mayor
visibilidad.
C.2.7 Bienes materiales, patrimonio cultural. En fase de construcción, se aprecia un
impacto potencial sobre yacimientos arqueológicos cercanos por los trabajos de
excavación, perforación, movimientos de tierras, cimentaciones, etc. Con objeto de
valorar dicho impacto, el promotor incluye un estudio de afecciones sobre el patrimonio
cultural (anexo II del estudio de impacto ambiental), descartando una afección directa.
No obstante, la Dirección General de Patrimonio Cultural de Castilla y León y la Junta
Vecinal de Castropodame indican que existe riesgo de afección sobre elementos
existentes en la zona de interés arqueológico de las minas romanas de «Los Valles y La
Encinal» y sobre el «Pico del Castro», elementos que se encuentran próximos al tendido
eléctrico según la alternativa 1 elegida. En consecuencia, el promotor plantea un control
arqueológico intensivo en todas las obras a ejecutar y especialmente en la zona próxima
al tendido eléctrico entre los apoyos 13 al 16 (Los Valles-La Encinal) y la reubicación del
apoyo 25 (evitando la afección sobre la zona de protección del Pico del Castro).
C.2.8 Impactos ambientales por riesgos derivados de la vulnerabilidad del proyecto
frente a accidentes graves y catástrofes naturales. El promotor incorpora en el estudio de
impacto ambiental, y de forma ampliada en el primer informe adicional presentado, una
evaluación de los potenciales impactos ambientales asociados a accidentes graves y
catástrofes naturales. Se identifican riesgos tecnológicos por accidentes derivados del
hundimiento o deslizamiento en las galerías, cavernas y vertederos de residuos, y
riesgos naturales por desbordamientos ocasionados en caso de avenida extraordinaria
en el río Tremor que afectara a los depósitos inferiores de depuración. Frente a los
riesgos de hundimiento o deslizamiento en las obras subterráneas, taludes y vertederos,
el promotor plantea desarrollar un programa de control y un protocolo de medidas de
respuesta en situaciones de emergencia. Frente al desbordamiento de los depósitos
inferiores por avenidas extraordinarias, el promotor indica que ambos depósitos se sitúan
fuera de la vía de intenso desagüe y de la zona de flujo preferente. No obstante, los
cálculos hidráulicos de la avenida de 500 años de periodo de retorno afectan al depósito
inferior en la margen izquierda. Como medida de mitigación, se proyecta la instalación de
taludes de protección en escollera en tres tramos concretos que evitarían la afección
sobre los depósitos inferiores.
Atendiendo al estudio realizado y las medidas planteadas, y a lo previsto en el Plan
de Protección Civil ante el Riesgo de Inundaciones de Castilla y León (Plan INUNCYL),
la Agencia de Protección Civil de Castilla y León considera que el riesgo frente a
inundaciones puede valorarse como bajo. No obstante, uno de los riesgos analizados en
dicho informe es el de incendios forestales, que es valorado alto en función de lo previsto
en el Plan de Protección Civil ante Emergencias por Incendios Forestales de Castilla y
León. Por ello, deberá incorporarse al proyecto constructivo un plan de autoprotección
frente a incendios forestales, que incluirá las medidas necesarias para garantizar el
mínimo impacto sobre las personas, sus bienes y el medio ambiente en situaciones de
emergencia ocasionadas por incendios forestales.
Condiciones al proyecto y medidas preventivas, correctoras y compensatorias de los
efectos adversos sobre el medio ambiente
A continuación se establecen las condiciones y medidas complementarias o
adicionales derivadas de la evaluación practicada que debe incorporar y desarrollar el
proyecto constructivo y que deberán seguirse en su construcción, funcionamiento y
seguimiento. Cada una de las medidas incluidas en el estudio de impacto ambiental o
determinadas en este apartado deberán estar definidas, desarrolladas, referenciadas
cartográficamente y presupuestadas en el proyecto constructivo, como condición para su
aprobación.
cve: BOE-A-2021-5630
Verificable en https://www.boe.es
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cercanas, permitiría evitar, o al menos, reducir el impacto paisajístico de los vertederos
de inertes, en especial del superior, que se localiza a mayor altitud y tiene mayor
visibilidad.
C.2.7 Bienes materiales, patrimonio cultural. En fase de construcción, se aprecia un
impacto potencial sobre yacimientos arqueológicos cercanos por los trabajos de
excavación, perforación, movimientos de tierras, cimentaciones, etc. Con objeto de
valorar dicho impacto, el promotor incluye un estudio de afecciones sobre el patrimonio
cultural (anexo II del estudio de impacto ambiental), descartando una afección directa.
No obstante, la Dirección General de Patrimonio Cultural de Castilla y León y la Junta
Vecinal de Castropodame indican que existe riesgo de afección sobre elementos
existentes en la zona de interés arqueológico de las minas romanas de «Los Valles y La
Encinal» y sobre el «Pico del Castro», elementos que se encuentran próximos al tendido
eléctrico según la alternativa 1 elegida. En consecuencia, el promotor plantea un control
arqueológico intensivo en todas las obras a ejecutar y especialmente en la zona próxima
al tendido eléctrico entre los apoyos 13 al 16 (Los Valles-La Encinal) y la reubicación del
apoyo 25 (evitando la afección sobre la zona de protección del Pico del Castro).
C.2.8 Impactos ambientales por riesgos derivados de la vulnerabilidad del proyecto
frente a accidentes graves y catástrofes naturales. El promotor incorpora en el estudio de
impacto ambiental, y de forma ampliada en el primer informe adicional presentado, una
evaluación de los potenciales impactos ambientales asociados a accidentes graves y
catástrofes naturales. Se identifican riesgos tecnológicos por accidentes derivados del
hundimiento o deslizamiento en las galerías, cavernas y vertederos de residuos, y
riesgos naturales por desbordamientos ocasionados en caso de avenida extraordinaria
en el río Tremor que afectara a los depósitos inferiores de depuración. Frente a los
riesgos de hundimiento o deslizamiento en las obras subterráneas, taludes y vertederos,
el promotor plantea desarrollar un programa de control y un protocolo de medidas de
respuesta en situaciones de emergencia. Frente al desbordamiento de los depósitos
inferiores por avenidas extraordinarias, el promotor indica que ambos depósitos se sitúan
fuera de la vía de intenso desagüe y de la zona de flujo preferente. No obstante, los
cálculos hidráulicos de la avenida de 500 años de periodo de retorno afectan al depósito
inferior en la margen izquierda. Como medida de mitigación, se proyecta la instalación de
taludes de protección en escollera en tres tramos concretos que evitarían la afección
sobre los depósitos inferiores.
Atendiendo al estudio realizado y las medidas planteadas, y a lo previsto en el Plan
de Protección Civil ante el Riesgo de Inundaciones de Castilla y León (Plan INUNCYL),
la Agencia de Protección Civil de Castilla y León considera que el riesgo frente a
inundaciones puede valorarse como bajo. No obstante, uno de los riesgos analizados en
dicho informe es el de incendios forestales, que es valorado alto en función de lo previsto
en el Plan de Protección Civil ante Emergencias por Incendios Forestales de Castilla y
León. Por ello, deberá incorporarse al proyecto constructivo un plan de autoprotección
frente a incendios forestales, que incluirá las medidas necesarias para garantizar el
mínimo impacto sobre las personas, sus bienes y el medio ambiente en situaciones de
emergencia ocasionadas por incendios forestales.
Condiciones al proyecto y medidas preventivas, correctoras y compensatorias de los
efectos adversos sobre el medio ambiente
A continuación se establecen las condiciones y medidas complementarias o
adicionales derivadas de la evaluación practicada que debe incorporar y desarrollar el
proyecto constructivo y que deberán seguirse en su construcción, funcionamiento y
seguimiento. Cada una de las medidas incluidas en el estudio de impacto ambiental o
determinadas en este apartado deberán estar definidas, desarrolladas, referenciadas
cartográficamente y presupuestadas en el proyecto constructivo, como condición para su
aprobación.
cve: BOE-A-2021-5630
Verificable en https://www.boe.es
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